Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 25/09/2006 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

B OLETÍN O FICIAL

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VIENE DE TAPA
DECRETO Nº 1130

estará a cargo de la Nación Argentina, mediante un préstamo recibido del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento BIRF, y de acuerdo con lo establecido en el Anexo 1 a la Ampliación del Acuerdo de participación en el proyecto de energías renovables en mercados eléctricos rurales - PERMER aprobado por Ley Nº 9229.
ARTÍCULO 5º.- FACÚLTASE a la Dirección de Infraestructura y Programas del Ministerio de Obras y Servicios Públicos para que proceda a fijar la fecha de la Licitación Pública, en los términos que técnicamente estime conveniente, debiendo asimismo determinar lugar y hora de apertura de sobres y publicar los avisos de licitación correspondientes.

conforme lo indica la Dirección General de Administración y Recursos Humanos de la Secretaría de Información Pública y Programas Especiales, en su Documento de Contabilidad Afectación Preventiva Nº 16058/06, con cargo a Jurisdicción 1.10 - Programa 119 Partidas: Principal 03 - Parcial 10 - del P.V.
ARTÍCULO 7º.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención a la Dirección General de Administración y Recursos Humanos de la Secretaría de Información Pública y Programas Especiales, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, pase a la Dirección de Infraestructura y Programas del Ministerio de Obras y Servicios Públicos a sus efectos y archívese.
DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR

ARTÍCULO 6º.- IMPÚTANSE los gastos que demande la publicidad , por la suma de Pesos Dos Mil Novecientos Veintinueve Con Sesenta y Siete Centavos $ 2.929,67

ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS

VIENE DE TAPA
DECRETO Nº 1097

de la difícil situación económica y social que atraviesa el país, la cual repercute en la Provincia, y que ocasiona que distintos sectores de usuarios no puedan hacer frente a sus deudas con
documentos vencidos derivados de planes de pago que se hallan en situación de mora, alcanzando a las deudas que se encuentran en Gestión Judicial de Cobro, excepto los importes devengados en concepto de honorarios y costas judiciales, conforme a las condiciones indicadas en el mencionado acto administrativo, a la vez que dispone la posibilidad de autorizar el pago, a valores históricos, de aquellas deudas de titulares del servicio, ocasionadas por el usufructo del mismo por parte de terceros que no efectuaron el cambio de titularidad, y de deudores incluidos en la Tarifa Social, pudiéndose también limitar a cuatro 4 períodos de consumo la responsabilidad de quienes deban asumir deudas de terceros en carácter de fiador o garante, según lo previsto en el punto 2.1.1.- segundo párrafo del Reglamento de Comercialización de la Energía Eléctrica.
Que tal decisión se adoptó en razón
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO

VIENE DE TAPA
DECRETO Nº 1161

Que la propuesta se fundamenta en el hecho de que los cargos que ostentaba el personal de que se trata no se hallaban presupuestados en el ámbito del Ministerio de Educación, resultando necesario, en consecuencia, establecer una analogía con los del orden preexistente para la docencia media, especial y superior, a los efectos de poseer un referente que permita efectuar las actualizaciones que pudieren disponerse en sus haberes jubilatorios.
Que la Gerencia de Recursos Humanos ha confeccionado un cuadro comparativo de cargos, basándose en el valor remunerativo del índice punto de cada uno de ellos y su similitud en cuanto a las bonificaciones que les
EPEC, perdiendo en muchos casos su condición de clientes de ésta.
Que esta circunstancia trae aparejado, en muchos casos, que los clientes apelen a las conexiones clandestinas, todo lo cual torna sumamente difícil para EPEC el recupero tanto de las deudas cuanto de los usuarios.
Que teniendo en cuenta que la situación que llevó al dictado de la mencionada Resolución no se ha superado, la empresa provincial estimó oportuno extender la vigencia del plan en cuestión, cuyo plazo original era hasta el 30 de marzo de 2002, en sucesivas oportunidades, por ciento ochenta días cada vez, la última de ellas mediante Resolución Nº 71.570/05, sin perjuicio de que subsistan, luego de esa prórroga, las facultades establecidas en el Artículos 4º, 5º, 6º y 8º de la Resolución Nº 69.794/01.
Que por lo expuesto y teniéndose en cuenta de fecha de vencimiento de la última ampliación, el ente provincial dispuso una nueva prórroga por otros ciento ochenta días, a cuyo fin dictó la Resolución Nº 71.892, procediendo en esta instancia aprobarla.
Que por otra parte EPEC deja establecido que durante la vigencia del
corresponden, teniendo en cuenta la escala salarial vigente.
Que la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba ha tomado debida intervención, señalando que nada tiene que observar en relación con el trámite de autos y las razones que lo impulsan, considerando adecuadas las equivalencias sugeridas, como así también los criterios que se han tenido en cuenta para ello.
Que la medida gestionada procura garantizar la movilidad, irreductibilidad y proporcionalidad del beneficio, con respecto a las remuneraciones de los trabajadores en actividad, al amparo de lo establecido por el artículo 57 de la Constitución Provincial.
Por ello, los informes producidos y los
Córdoba, 25 de septiembre de 2006

plan de que se trata, se podrán modificar las tasas de interés a que hace alusión al Artículo 1º de la Resolución Nº 69.794/
01, en sus incisos b y c , así como la tasa de interés por financiación a que hace referencia el Artículo 2º del mencionado acto administrativo, todo ello mediante el mecanismo previsto en el Artículo 3º inciso b de su Resolución Nº 65.189/94.
Por ello, de acuerdo con lo expresado oportunamente por el Departamento Asesoría y Gestión Legal de EPEC en caso similar, lo dictaminado por el Departamento Jurídico del Ministerio de Obras y Servicios Públicos bajo el Nº 90/06 y por Fiscalía de Estado al Nº 534/06;
EL GOBERNADOR
DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- APRUEBASE en todos sus términos la Resolución Nº 71.892 de fecha 6 de marzo de 2006, dictada por la Empresa Provincial de Energía de Córdoba, cuya copia, compuesta por una 1 foja forma parte integrante del presente Decreto como Anexo Único, mediante la cual el ente provincial extiende por el término de ciento ochenta 180 días, la vigencia del Plan Especial de Regularización de Deudas establecido por Resolución
Nº 69.794/01, aprobada por Decreto Provincial Nº 37/02, y sus prórrogas.ARTÍCULO 2º.- ESTABLECESE que durante la vigencia del Plan a que hace alusión en el Artículo precedente, EPEC
podrá modificar las tasas de interés fijadas en el Artículo 1º de la Resolución Nº 69.794/01, en sus incisos b y c, así como la tasa de interés por financiación a que hace referencia el Artículo 2º del mencionado acto administrativo, todo ello mediante el mecanismo previsto en el Artículo 3º inciso b de la Resolución Nº 65.189/
94.ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro de Obras y Servicios Públicos y Fiscal de Estado.ARTÍCULO 4º.- PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, pase a la Empresa Provincia de Energía de Córdoba a sus efectos y archívese.DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO

Dictámenes Nros. 252/06 del Departamento Jurídico del Ministerio de Educación y 541/06 de Fiscalía de Estado,
ARTÍCULO 2º. El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Educación y el señor Fiscal de Estado.

EL GOBERNADOR
DE LA PROVINCIA
DECRETA:

ARTÍCULO 3º. PROTOCOLICESE, dése a la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba, a la Dirección General de Personal, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

ARTÍCULO 1º. EQUIPARANSE los cargos docentes en que revistaba el personal actualmente jubilado que fuera transferido por Decreto Nº 481/03 del ex Consejo de Protección al Menor al Ministerio de Educación, con los cargos docentes pertenecientes a los Escalafones de la Educación Media, Especial y Superior, en los términos y condiciones que se especifican en el Anexo I a este instrumento legal, compuesto de una 1 foja.

DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
DR. EDUARDO R. MUNDET
MINISTRO DE EDUCACIÓN
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO

RESOLUCIONES SINTETIZADAS
MINISTERIO DE OBRAS Y
SERVICIOS PUBLICOS
DIRECCIÓN GENERAL DE
TRANSPORTE
RESOLUCION Nº 184 - 11/07/06 Autorizar la incorporación de la unidad al servicio que presta la señora Ana Lucía BAIMA, cuyos datos identificatorios se detallan:- Marca El Detalle, modelo del año 1992, chasis Nº OA-D-20470, motor Nº SL
703230, de 41 asientos, Tacógrafo Digitac 10699, Dominio Nº TDE 513, adjudicándole la chapa MOP Nº ER 1834, s/ Expte. Nº 004829139/06.RESOLUCION Nº 185 - 11/07/06 Autorizar la incorporación de la unidad al
servicio que presta la empresa El Porvenir S.R.L., cuyos datos identificatorios se detallan: - Marca Scania, modelo del año 2001, chasis Nº +9BSK6X2BF++Y3521013, motor Nº 8001225, de 56 asientos, Tacógrafo VDO 213502, Dominio Nº DQM
008, adjudicándole la chapa MOP Nº R 260, s/ Expte. Nº 0048-29071/05.RESOLUCION Nº 186 - 11/07/06 Autorizar la incorporación de las unidades al servicio que presta la empresa Emprendimientos S.R.L., cuyos datos identificatorios -en cada casose detallan:aMarca Mercedes Benz, modelo del año 2006, chasis Nº 9BM6882766B441732, motor Nº 904924648370, de 25 asientos, Tacó-

grafo Digitac 12676, Dominio Nº FJT 565, adjudicándole la chapa MOP Nº RD 2795.
bMarca Mercedes Benz, modelo del año 2006, chasis Nº 9BM6882766B442196, motor Nº 904924648735, de 25 asientos, Tacógrafo Digitac 12675, Dominio Nº FJT 571, adjudicándole la chapa MOP
Nº RD 2796. cMarca Mercedes Benz, modelo del año 2006, chasis Nº 9BM6882766B442515, motor Nº 904924648951, de 25 asientos, Tacógrafo Digitac 12677, Dominio Nº FJT 567, adjudicándole la chapa MOP Nº RD 2797, s/ Expte. Nº 0048-29132/06.RESOLUCION Nº 187 - 11/07/06 Autorizar la incorporación de la unidad al servicio que presta la empresa Em-

prendimientos S.R.L., cuyos datos identificatorios se detallan: - Marca Mercedes Benz, modelo del año 2006, chasis Nº 9BM6882765B428427, motor Nº 904924636509, de 25 asientos, Tacógrafo Digitac 12185, Dominio Nº FKM 949, adjudicándole la chapa MOP Nº RD 2557, s/ Expte. Nº 0048-29157/06.RESOLUCION Nº 188 - 11/07/06 Autorizar la incorporación de la unidad al servicio que presta la empresa Intercordoba S.R.L., cuyos datos identificatorios se detallan: - Marca Mercedes Benz, modelo del año 2006, chasis Nº 9BM3840676B461551, motor Nº 904920U0665857, de 39 asientos, Tacógrafo Digitac 12708, Dominio Nº FMH

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 25/09/2006 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date25/09/2006

Page count3

Edition count4177

First edition01/02/2006

Last issue12/07/2024

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