Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 4/7/2011

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

AÑO XX cuperar, en las condiciones y plazos que acuerde con dicha Comisión, los valores efectivamente invertidos en la tierra y demás infraestructura y/o mejoras permanentes que no pudiese conservar para sí.
ARTICULO 13º- No podrán ser destinatarios de la tierra y demás beneficios previstos en la presente ley quienes sean titulares de otros emprendimientos productivos o comerciales, ni quienes sean propietarios de más de un bien inmueble en la provincia.
ARTICULO 14º-Autorízase al Poder Ejecutivo para que a través del Ministerio de Economía, afecte a la presente ley los recursos económicos necesarios, provenientes del Fondo Federal Solidario establecido por el Decreto Nacional de Necesidad y Urgencia Nº 206/2009.
ARTICULO 15º- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN SESION ESPECIAL
DEL DIA 28 DE MAYO DE
2011.MARINELLO
---0--DECRETO Nº 1543

28-06-11

POR TANTO:
Téngase por Ley Nº 848, Comuníquese, dése al Boletín Oficial de la Provincia y archívese.
RIOS
Hiram C. J. RUIZ
DECRETO Nº 1539

28-06-11

ARTICULO 1º- Dejar sin efecto la Comisión del Señor Ministro de Obras y Servicios Públicos M.M.O. Manuel Fernando BENEGAS, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a partir del día 10 de junio de 2011, en virtud a las condiciones climáticas por la erupción del Volcán Peyehuen Chile, ocasionando la suspensión de los vuelos de la Provincia.
ARTICULO 2º- Dejar sin efecto la reserva presupuestaria en concepto de liquidación de viáticos del ejercicio económico y financiero en vigencia.
ARTICULO 3º- De forma.
RIOS
Hiram C. J. RUIZ

Ushuaia, Lunes 04 de Julio de 2011 - Nº 2883

28-06-11 Que la suscripta se encuentra facultada para dictar el presente acto ARTICULO 1º- Designar como administrativo en virtud de lo disAspirantes a Agentes Penitenciapuesto por el Artículo 135º de la rios a los ciudadanos que se detaConstitución Provincial.
llan en el Anexo I del presente, a partir del día 22 de Abril de 2011, Por ello:
de acuerdo a lo expuesto en el exorLA GOBERNADORA DE LA
dio.
PROVINCIA DE TIERRA DEL
ARTÍCULO 2º- Establecer una reFUEGO, ANTARTIDA E ISLAS
tribución de haber mensual corresDEL ATLANTICO SUR
pondiente aAgente del Servicio PeD E C R ETA:
nitenciario Provincial con las retenciones que establece el Decreto ARTICULO 1º- Ratificar en todos Provincial Nº 819/98 mientras dure sus términos el Contrato de Locael curso.
ción de Obra suscripto con fecha ARTICULO 3º- El gasto que de- 23 de Junio de 2011, entre la Promande el cumplimiento del presenvincia de Tierra del Fuego, Antárte será imputado a la Unidad de tida e Islas del Atlántico Sur, reGestión de Gasto Nº 7102 correspresentada en este acto por el Sr.
pondiente al ejercicio económico y Ministro de Economía C.P. Hiram financiero en vigencia Christian Javier RUIZ, D.N.I. Nº ARTICULO 3º- Notificar a los in- 23.845.180 y por otra parte el Seteresados, comunicar a la Dirección ñor Alberto Carlos CASCARINI
General de Presupuesto y a quieL.E. Nº 7.608.430, registrado bajo nes corresponda. Dar al Boletín el Nº 15151, cuya copia autenticaOficial de la Provincia y archivar. da forma parte integrante del presente, por lo motivos expuestos en RIOS los considerandos.
Guillermo H. ARAMBURU ARTICULO 2º- Imputar el gasto que demande el cumplimiento de DECRETO Nº 1541 28-06-11 la presente a la UGG 7300 Inciso 3 del ejercicio económico y finanVISTO el Expediente Nº 7421-EC/ ciero en vigencia.
11 del registro de esta GobernaARTICULO 3º- Notificar al inteción; y resado, comunicar, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo tramita la RIOS
celebración del Contrato de LocaHiram C. J. RUIZ
ción de Obra, entre la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas DECRETO Nº 1544 28-06-11
del Atlántico Sur, representada en este acto por el Señor Ministro de ARTÍCULO 1º- ACEPTAR la reEconomía, C.P. Hiram Christian nuncia presentada por el agente Javier RUIZ, D.N.I. Nº 23.845.180 Isaías Nicolás JARA, legajo N
y por otra parte el Señor Alberto 28008457/00, categoría 10 P.O.M.
Carlos CASCARINI L.E. Nº y S., a partir del día diez 10 de 7.608.430.
mayo de 2011.
Que el mismo fue celebrado en feARTÍCULO 2º- Notificar al intecha 23 de Junio de 2011 y se enresado, comunicar a quienes correscuentra registrado bajo el Nº ponda, dar al Boletín Oficial de la 15151, resultando procedente su Provincia y archivar.
ratificación.
Que el citado se fundamenta en la RIOS
realización de Propuesta de PagoManuel F. BENEGAS
Deuda Histórica con el Instituto ProvincialAutárquico Unificado de DECRETO Nº 1545 28-06-11
Seguridad Social I.P.A.U.S.S., afectado al Ministerio de EconoVISTO el proceso electoral promía del Gobierno de la Provincia vincial realizado el día 26 de junio de Tierra del Fuego, Antártida e de 2011 y la segunda vuelta conIslas del Atlántico Sur.
vocada para el día 3 de julio de Que cuenta con la correspondiente 2011; y reserva presupuestaria para afrontar el gasto.
CONSIDERANDO:
DECRETO Nº 1540

3

Que en el marco del mismo, se hace aconsejable conceder un día de licencia especial al personal de la administración central, entes descentralizados o autárquicos que fuera designado como autoridad de mesa en los días de los comicios.
Que tal circunstancia se encuentra prevista en el Artículo 72º de la Ley Provincial 201 y en el Anexo I del Decreto Nº 1139/95, reglamentario de la misma.
Que la suscripta entiende razonable y justo incluir en el beneficio que se otorga por el presente, al personal dependiente de las distintas áreas que fueran afectados para realizar tareas de apoyo operativo y/o logístico durante el acto eleccionario.
Que la suscripta se encuentra facultada para el dictado del presente acto administrativo en virtud de lo prescripto 135º de la Constitución Provincial.
Por ello:
LA GOBERNADORA DE LA
PROVINCIA DE TIERRA DEL
FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS
DEL ATLÁNTICO SUR
D E C R E TA:
ARTICULO 1º- Otorgar UN 1
día de licencia especial a los agentes dependientes de la Administración Central, entes descentralizados o autárquicos designados como Autoridad de Mesa en el acto eleccionario realizado el día 26 de Junio de 2011, y la segunda vuelta convocada para el 3 de Julio de 2011, incluyendo a los que fueran afectados o debieran concurrir para realizar tareas de apoyo operativo y/o logístico durante el acto eleccionario.
ARTÍCULO 2º- El día de licencia especial indicado en el artículo precedente que le corresponda a cada agente, deberá ser usufructuado indefectiblemente antes del día 31
de octubre del año 2011 y cuando las necesidades de servicio así lo permitan.
ARTÍCULO 3º- Para acceder al beneficio, el interesado deberá acreditar la designación por la autoridad electoral competente ante su superior jerárquico, y en los restantes casos mediante informe del superior del área donde presta servicios habitualmente el agente que acredite las tareas realizadas.
ARTÍCULO 4º- Comunicar a quienes corresponda, dar al Boletín

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Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 4/7/2011

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

CountryArgentina

Date04/07/2011

Page count83

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