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Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 1/7/2011
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego
1991
- 2011.
Aniversario de 01
la Jura de ladeConstitución Provincial AÑO
XX Vigésimo - Ushuaia, Viernes de Julio 2011 - Nº 2882
1
Nº 2882
AÑO XX
BOLETIN OFICIAL
Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
República Argentina PODER EJECUTIVO
María Fabiana RIOS
Gobernadora
Dr.GuillermoHoracioARAMBURU
C.P. Hiram Christian Javier RUIZ
M.M.O.ManuelFernandoBENEGAS
Lic.AmandaRuthDELCORRO
MinistrodeGobierno,CoordinaciónGeneralyJusticia
Ministro de Economía
Ministro de Obras y Servicios Públicos
Ministro de Educación, Cultura, Ciencia yTecnología
Dra.MaríaHaydeeGRIECO
Sr.SergioDanielALVAREZ
Dr.MarceloOscarECHAZU
Prof.AndreaMaríaCERVANTES
Ministro de Salud
Ministro de Desarrollo Social
Ministro de Trabajo
Secretario de Derechos Humanos
Lic.SandraGracianaGARNICA
Secretario de Representación Oficial del Gobierno en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Lic.OsvaldoJulioMONTI
Dra.LeilaEleonoraGIADAS
Secretario General de Gobierno
Secretario Legal y Técnico
Sr.EduardoHumbertoDANDREA
Lic.ArielErnestoMARTINEZ
Secretario de Hidrocarburos
Secretario de Desarrollo Sustentable y Ambiente
Ushuaia, Viernes 01 de Julio de 2011
24-06-11 notas necesarias para poder acceder a la titularidad de Registro y no VISTO el Acta de Comisión Espeostentando ningún tipo de cial de fecha 6 de mayo de 2011 del inhabilidades e incompatibilidades para el ejercicio de la profesión, registro de esta Gobernación, y cumplimentando toda la normativa vigente.
CONSIDERANDO:
Que en la misma se resolvió sugeQue respecto de la Escribana Ana rir al Poder Ejecutivo Provincial la Laura GRANERO, ésta reúne los creación de los Registros Notariaextremos legales tendientes a la les solicitados por la Escribana Ana adjudicación de la titularidad de un Laura GRANERO para la ciudad Registro Notarial.
de Ushuaia, y por los escribanos Que la Secretaría Legal y Técnica Lautaro DE LA RIVA MOSCOSO ha tomado intervención emitiendo y Jorgelina ANDINO para la ciuInforme S.L. y T. N 157/11, donde entiende que se encuentran redad de Río Grande.
Que el Colegio de Escribanos de la unidos los extremos legales tenProvincia expresó al respecto que dientes a la creación de un registro dichos Escribanos se encuentran notarial y designación como tituMatriculados en ése Colegio y que lar del mismo a la Escribana Ana presentaron toda la documentación Laura GRANERO.
necesaria para rendir el examen de Que en consecuencia corresponde idoneidad que prevé el artículo 6 crear el Registro Notarial N 14
inciso g de la Ley Provincial N catorce y designar como titular 285 mod. por Ley Provincial N del Registro Notarial N 14 a la 581 y su Decreto Reglamentario Escribana Ana Laura GRANERO.
N 3010/06, habiendo obtenido las Que la escribana titular designada DECRETO Nº 1513
conforme las previsiones de la Ley Provincial N 285 por aplicación de los artículos 25 26 27 28 y 29 de la citada normativa deberá presentar fianza dentro del término de treinta 30 días de serle comunicada su designación, registrar su firma y sello y posteriormente, tomar posesión del cargo.
Que la suscripta se encuentra facultada para emitir el presente acto en virtud del artículo 37 de la Ley Provincial N 285 y el artículo 135
de la Constitución Provincial.
Por ello:
LA GOBERNADORA DE LA
PROVINCIA DE TIERRA DEL
FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS
DEL ATLÁNTICO SUR
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Crear el Registro Notarial Número 14 catorce, con sede en la ciudad de Ushuaia.
ARTÍCULO 2.- Designar a la Escribana Ana Laura GRANERO
como titular del Registro Notarial N 14 de la Provincia.
ARTÍCULO 3.-Disponer que dentro de los treinta 30 días de serle comunicado el presente a la Escribana designada conforme lo dispuesto en los artículos precedentes, constituya fianza para el ejercicio de la profesional en la forma prevista por los artículos 25 y 26 de la Ley Provincial 285.
ARTÍCULO 4.- Fijar fianza prevista en el artículo precedente en la suma de PESOS CINCO
MIL $ 5.000,00.
ARTÍCULO 5.- Constituida la fianza, deberá presentar en el Tribunal de Superintendencia Notarial y en el Colegio de Escribanos de la Provincia de Tierra del Fuego, la firma y sello que usará oficialmente en todos los actos que autorice, para su registro.
ARTÍCULO 6.- Cumplidos los recaudos previstos en los artículos 3 y 5 del presente, se fijará como fecha para la toma de posesión del
"Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas"