Boletín Oficial de la República Argentina del 02/12/2015 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Miércoles 2 de diciembre de 2015

COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO
PÚBLICO SINEP, homologado por el Decreto N2098/08, y con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7 de la Ley N27.008.
Art. 2 Desígnanse en la Planta Permanente de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, a las personas consignadas en el ANEXO II que forma parte integrante de la presente medida, en los niveles y grados que allí se detallan del CONVENIO COLECTIVO
DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO
SINEP, homologado por el Decreto N2098/08, y con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7 de la Ley N27.008.
Art. 3 El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con los créditos asignados a la Jurisdicción 20-01 - SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE
LA NACIÓN.
Art. 4 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. FERNÁNDEZ DE KIRCHNER. Aníbal D. Fernández. Aníbal F. Randazzo.
ANEXO I

BOLETIN OFICIAL Nº 33.268

TITUCIÓN NACIONAL y 1 del Decreto N491/02.
Por ello, LA PRESIDENTA
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1 Dase por prorrogada, por el término de CIENTO OCHENTA 180 días hábiles, a partir del 28 de julio de 2015, la designación transitoria efectuada oportunamente mediante el Decreto N738 de fecha 8 de junio de 2011 y cuya última prórroga operó por el Decreto N 251 de fecha 25 de febrero de 2015, de D. Javier Eduardo PEREZ LETTERE D.N.I.
N 22.547.827, en un cargo Nivel B Grado 0, como Director de Sala de Conferencia y Medios Audiovisuales de la DIRECCIÓN GENERAL DE
DIFUSIÓN PRESIDENCIAL de la SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y CONTENIDOS
DE DIFUSIÓN de la SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva Nivel III del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO
PÚBLICO SINEP, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del Convenio citado precedentemente.
Art. 2 El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE
EMPLEO PÚBLICO SINEP homologado por el Decreto N2098/08 y sus modificatorios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA 180 días hábiles contados a partir de la fecha indicada en el artículo 1 de la presente medida.

ANEXO II

Art. 3 El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas correspondientes al Programa 19
Prensa y Difusión de Actos de Gobierno de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS.

JEFATURA DEGABINETE
DEMINISTROS

NAL a propuesta de la Jurisdicción correspondiente.

Decreto 2526/2015

Que mediante el Decreto N738 de fecha 8 de junio de 2011 se dio por designado transitoriamente por el término de CIENTO OCHENTA 180 días hábiles a D. Javier Eduardo PEREZ LETTERE como Director de Sala de Conferencia y Medios Audiovisuales de la SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y CONTENIDOS DE DIFUSIÓN
de la SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN
PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS y cuya última prórroga se efectuó mediante el Decreto N251 de fecha 25 de febrero de 2015, por el mismo término.

Dase por prorrogada designación del Director de Sala de Conferencia y Medios Audiovisuales.

Bs. As., 24/11/2015
VISTO el Expediente N CUDAP: EXPJGM:0045896/2015 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley N 27.008, los Decretos Nros. 491
de fecha 12 de marzo de 2002, 738 de fecha 8 de junio de 2011, 251 de fecha 25
de febrero de 2015 y lo solicitado por la SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, y CONSIDERANDO:
Que por la Ley N27.008 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2015.
Que mediante el Decreto N 491 de fecha 12 de marzo de 2002 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIO-

Art. 4 Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y archívese. FERNÁNDEZ DE
KIRCHNER. Aníbal D. Fernández.

Que por razones de índole operativa no se ha podido tramitar el proceso de selección para la cobertura del cargo en cuestión, motivo por el cual resulta necesario efectuar una nueva prórroga de la designación mencionada, por el término de CIENTO
OCHENTA 180 días hábiles.
Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE
LA NACIÓN ha tomado la intervención correspondiente.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes de los artículos 99, inciso 1 de la CONS-

CONVENIOS
Decreto 2520/2015
Aprobación.

Bs. As., 24/11/2015
VISTO el Expediente N1-4198-2915-03220/13-0
del registro del HOSPITAL EL CRUCE, y CONSIDERANDO:
Que la Ley N17.102 prevé, en su artículo 4, la constitución de los SERVICIOS DE ATENCION MEDICA INTEGRAL PARA LA COMUNIDAD SAMIC con carácter condicional durante un período inicial no mayor a TRES
3 años.
Que en cumplimiento del referido artículo se formalizó el 29 de mayo de 2008 el Convenio de Creación del Ente HOSPITAL DE ALTA
COMPLEJIDAD EL CRUCE SERVICIO DE
ATENCION MEDICA INTEGRAL PARA LA
COMUNIDAD, suscripto entre el MINISTERIO DE SALUD y el MINISTERIO DE SALUD de la PROVINCIA DE BUENOS AIRES, el que fue aprobado por Decreto Nacional N9 de fecha 8 de enero de 2009 y por Decreto Provincial N3386 del 30 de diciembre de 2008.
Que por los Decretos citados se aprobó, asimismo, el ESTATUTO DEL ENTE HOSPITAL DE ALTA COMPLEJIDAD EL CRUCE
SERVICIO DE ATENCION MEDICA INTEGRAL PARA LA COMUNIDAD SAMIC.

5

Que posteriormente se dictó el Decreto Nacional N 238 de fecha 1 de marzo de 2011 por el que se produjo el cambio de denominación del ENTE HOSPITAL DE ALTA
COMPLEJIDAD EL CRUCE SERVICIO DE
ATENCION MEDICA INTEGRAL PARA LA
COMUNIDAD por el de ENTE HOSPITAL DE
ALTA COMPLEJIDAD EN RED EL CRUCE, DR. NESTOR CARLOS KIRCHNER, SERVICIO DE ATENCION MEDICA INTEGRAL
PARA LA COMUNIDAD SAMIC, lo que implicó una interrupción en el plazo provisional del mismo, conforme lo establecido en el artículo 5 del Decreto Nacional N8248/68.
Que el ENTE HOSPITAL DE ALTA COMPLEJIDAD EN RED EL CRUCE, DR. NESTOR
CARLOS KIRCHNER, SERVICIO DE ATENCION MEDICA INTEGRAL PARA LA COMUNIDAD SAMIC cuenta en la actualidad con los instrumentos necesarios a efectos de su constitución definitiva.
Que la experiencia acumulada durante el período condicional de constitución hace aconsejable una readecuación de las normas que regulan el funcionamiento del Ente, de manera de posibilitar el desarrollo de los servicios y áreas y receptar el nuevo modelo de atención, de acuerdo a las necesidades de la comunidad.
Que en ese sentido, el Consejo de Administración por Resolución N369 de fecha 18
de diciembre de 2013, modificó ad referéndum del Poder Ejecutivo Nacional el artículo 12 del Estatuto Constitutivo Provisional del Ente, adecuando la estructura funcional del Hospital.
Que concluido el período provisional, se suscribió un nuevo Convenio entre el MINISTERIO DE SALUD y el MINISTERIO DE
SALUD de la PROVINCIA DE BUENOS AIRES para la constitución definitiva del Ente, en el que las partes manifiestan su voluntad de incorporar a DOS 2 representantes de la UNIVERSIDAD NACIONAL ARTURO JAURETCHE al Consejo de Administración del Hospital a fin de propender a su mayor rendimiento, la mejor y más amplia prestación de servicios y al incremento de recursos de sus programas, promoviendo y propendiendo el desarrollo sustentable de la investigación básica aplicada en materia de salud, dentro de los lineamientos asistenciales de la Ley N17.102, como así también, establecer que los aportes presupuestarios anuales necesarios para el funcionamiento y desarrollo del Ente sean efectuados en un SETENTA POR CIENTO 70% a cargo del Estado Nacional y el TREINTA POR CIENTO
30 restante a cargo del Estado Provincial.
Que el ENTE HOSPITAL DE ALTA COMPLEJIDAD EN RED EL CRUCE, DR. NESTOR
CARLOS KIRCHNER, SERVICIO DE ATENCION MEDICA INTEGRAL PARA LA COMUNIDAD SAMIC, mancomunadamente con los centros de salud municipales y los hospitales provinciales de la zona, han logrado conformar una red de atención integral de la salud y de provisión de servicios médico-asistenciales, integrando los niveles de atención y prevención de la salud, proveyendo los servicios que requiera el paciente de acuerdo a su perfil clínico, garantizando su derecho a una atención oportuna y de calidad, facilitando su acceso a los servicios y su tránsito ordenado en el sistema de salud en su área de influencia.
Que ponderados los aspectos técnicos, jurídicos, contables y financieros, no se registran observaciones, de conformidad con lo exigido en el artículo 4 de la Ley N17.102 y el artículo 13 del Decreto N8248/68.
Que el ENTE HOSPITAL DE ALTA COMPLEJIDAD EN RED EL CRUCE, DR. NESTOR
CARLOS KIRCHNER, SERVICIO DE ATENCION MEDICA INTEGRAL PARA LA COMUNIDAD SAMIC ha logrado posicionarse como claro referente y modelo de gestión hospitalaria, dentro y fuera del país.
Que la UNIVERSIDAD NACIONAL ARTURO
JAURETCHE UNAJ ha desarrollado una ingente actividad en el campo de la formación de Recursos Humanos en Salud, forjando una alianza estratégica con el Hospital, facilitando el desarrollo del proceso educativo de su alumnado y la capacitación continua del personal profesional y técnico del no-

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 02/12/2015 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data02/12/2015

Conteggio pagine128

Numero di edizioni9395

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione13/07/2024

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