Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 15/9/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

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RIO GALLEGOS, 15 de Septiembre de 2020.-

y Roberto Fernando MORENO respectivamente, ratificada por Decreto Provincial Nº 0300/20, el que como Anexo I forma parte integrante de la presente.
Artículo 2.- COMUNÍQUESE al Poder Ejecutivo Provincial, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.DADA EN SALA DE SESIONES: RÍO GALLEGOS; 27 de agosto de 2020.CON LA APLICACIÓN DE PLATAFORMAS
DE TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN Y
COMUNICACIÓN DIGITAL Y VIRTUAL.
Cr. EUGENIO SALVADOR QUIROGA
Presidente Honorable Cámara de Diputados Provincia de Santa Cruz PABLO ENRIQUE NOGUERA
Secretario General Honorable Cámara de Diputados Provincia de Santa Cruz DECRETO Nº 1067
RÍO GALLEGOS, 08 de Septiembre de 2020.VISTO:
La Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 27 de agosto del año 2020; y CONSIDERANDO:
Que mediante la citada ley, se APRUEBA en todos sus términos la Tercera Addenda al Acta Compromiso Inicial suscripta en fecha 10 de marzo de 2020 entre la Provincia de Santa Cruz, representada por la señora Gobernadora de la Provincia, Dra. Alicia Margarita KIRCHNER y la Empresa Cerro Vanguardia Sociedad Anónima representada por los señores Luis Leandro RIVERA y Roberto Fernando MORENO respectivamente, ratificada por Decreto Provincial N 0300/20, el cual como Anexo forma parte integrante de la presente;
Que de acuerdo a las atribuciones conferidas por los Artículos 106 y 119 de la Constitución Provincial, corresponde a este Poder Ejecutivo proceder a su promulgación;
Por ello y atento a Nota SLyT-GOB Nº 1094/20, emitida por Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1º.- PROMÚLGASE bajo el Nº 3705 la Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 27 de agosto del año 2020, mediante la cual se APRUEBA en todos sus términos la Tercera Addenda al Acta Compromiso Inicial suscripta en fecha 10 de marzo de 2020 entre la Provincia de Santa Cruz, representada por la señora Gobernadora de la Provincia, Dra. Alicia Margarita KIRCHNER y la Empresa Cerro Vanguardia Sociedad Anónima representada por los señores Luis Leandro RIVERA y Roberto Fernando MORENO respectivamente, ratificada por Decreto Provincial N 0300/20, el cual como Anexo forma parte integrante de la presente.Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria en el Departamento de la Producción, Comercio e Industria.Artículo 3º.- Cúmplase, Comuníquese, Publíquese, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.Dra. KIRCHNER Lic. Silvina Del Valle Córdoba _______

DECRETOs del poder ejecutivo DECRETO Nº 0606
RÍO GALLEGOS, 28 de Mayo de 2020.VISTO:
El Expediente MEFI-Nº 408.620/20, iniciado por la Subsecretaría de Presupuesto y elevado por el Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura, la Ley Nº 3681, la Resolución del Ministerio del Interior de la Nación Nº 89 de fecha 13 de mayo de 2020, y;
CONSIDERANDO:
Que el inciso 3 del artículo 75 de la Constitución
ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
B.O. nº 5492 DE 08 PAGINAS

Nacional determina que corresponde al Congreso de la Nación establecer y modificar asignaciones específicas de recursos coparticipables, por tiempo determinado, por ley especial aprobada por la mayoría absoluta de la totalidad de los miembros de cada Cámara;
Que el inciso d del artículo 3º de la Ley Nº 23.548
de Coparticipación Federal de Recursos Fiscales dispuso que el UNO POR CIENTO 1% de lo recaudado por los gravámenes a que se refiere dicha ley será destinado al Fondo de Aportes del Tesoro Nacional a las Provincias;
Que el artículo 5º de la mencionada Ley establece que el Fondo de Aportes del Tesoro Nacional a las Provincias se destinará a atender situaciones de emergencia y desequilibrios financieros de los gobiernos provinciales y será previsto presupuestariamente en jurisdicción del Ministerio del Interior quién será el encargado de su asignación;
Que mediante la Resolución Nº 89 de fecha 13 de mayo de 2020, el Ministerio del Interior, otorgó en concepto de Aporte del Tesoro Nacional, la suma de PESOS
QUINCE MILLONES $ 15.000.000,00.-, destinado a la Municipalidad de Las Heras;
Que a fojas 4 y 5, obra Nota Nº 67 de fecha 18 de mayo de 2020, de la Dirección General de Bancos de la Tesorería General de la Provincia, certificando el ingreso de los fondos antes mencionados;
Que para posibilitar su utilización resulta necesario incorporar dichos fondos al Presupuesto 2020;
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 11 de la Ley Nº 3681;
Por ello y atento a los Dictámenes CAJ-Nº 209/20, emitido por la Coordinación de Asuntos Jurídicos dependiente de la Subsecretaría de Coordinación Administrativa y Jurídica del Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura, obrante a fojas 14/15 y vuelta y SLyTGOB Nº 377/20, emitido por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 25;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1.- INCREMÉNTASE en la suma de PESOS QUINCE MILLONES $ 15.000.000,00.-, el total de los Recursos del Presupuesto 2020, conforme al detalle que figura en la planilla que como Anexo I forma parte integrante del presente.Artículo 2º.- AMPLÍASE en la suma total de PESOS
QUINCE MILLONES $ 15.000.000,00.- ; el total de Gastos del Presupuesto 2020 el crédito de la JURISDICCIÓN;
SAF; FUENTE DE FINANCIAMIENTO; PROGRAMA;
SUBPROGRAMA; PROYECTO; AO; INCISO; PARTIDAS PRINCIPALES; PARCIALES Y SUBPARCIALES;
IIP, conforme al detalle que figura en la planilla que como Anexo II, forma parte integrante del presente.Artículo 3º.- TRANSFIÉRASE por Tesorería General de la Provincia a la Municipalidad de Las Heras, la suma de PESOS QUINCE MILLONES $ 15.000.000,00.-
previa intervención de la Contaduría General de la Provincia y la Dirección Provincial de Administración del Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura.Artículo 4º.- EL GASTO que demande lo dispuesto en el artículo anterior será afectado con cargo a la JURISDICCIÓN: Obligaciones a Cargo del Tesoro, SAF: Obligaciones a cargo del Tesoro, FUENTE: 14 - Transferencias Internas, PROGRAMA: 38 - Municipalidad de Las Heras IPP: 5.7.6.2 Aportes a Gobiernos Municipales y Comisiones de Fomento, del Ejercicio Presupuestario 2020.Artículo 5º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Economía, Finanzas e Infraestructura.Artículo 6.- PASE al Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura, a sus efectos tomen conocimiento Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.Dra. KIRCHNER Lic. Ignacio Perincioli ________
DECRETO Nº 0607
RÍO GALLEGOS, 28 de Mayo de 2020.VISTO:
El Expediente JP-Nº 799.121/20 y Ley Nº 3680, elevado por el Ministerio de Seguridad; y CONSIDERANDO:
Que por el actuado de referencia, se gestiona facultar al Jefe de la Policía de la Provincia de Santa Cruz, a rea-

BOLETIN OFICIAL
lizar asignaciones de Fondos Mensuales hasta la suma de PESOS UN MILLON $ 1.000.000,00, a partir del 1º de mayo del 2020, para la adquisición de diversos elementos esenciales que hacen al normal funcionamiento de la institución y que por su naturaleza no pueden tramitarse de manera habitual;
Que no obstante la creación del Fondo Operativo Policial de Seguridad F.O.P.S, dicho fondo resulta insuficiente para sustentar las necesidades y requerimientos de elementos esenciales de todas las dependencias policiales con asiento en esta localidad e interior provincial dependientes de la Jefatura de Policía, por lo que resulta oportuna la presente medida:
Que cabe consignar que mediante Decretos Provinciales Nros. 320/14, 1055/16 y 0767/17, se faculto oportunamente al Jefe de Policía a realizar sucesivas asignaciones que incrementaron el monto originalmente establecido, conforme el índice inflacionario y la variación de precios existentes en el mercado en relación a los insumos que se pretendían adquirir;
Que el importe de esta asignación de fondos no podrá superar el límite que establece la Ley de Contabilidad Nº 760, modificatorias y Decreto reglamentario Nº 263/82, así como las pautas establecidas en el Decreto Nº 0946/18;
Que ha tomado intervención la Subsecretaría de Gestión Administrativa del Ministerio de Seguridad, autorizando la prosecución del presente tramite;
Que la autoridad facultada a efectuar la asignación mensual de fondos, deberá presentar a la Contaduría General de la Provincia conjuntamente con la solicitud de la asignación subsiguiente el instrumento legal que apruebe la aplicación de los fondos, su afectación presupuestaria y la acreditación de la devolución de los fondos sobrantes de la primera afectación realizada y así sucesivamente;
Que asimismo deberá remitir al Tribunal de Cuentas de la Provincia la rendición documentada de su inversión;
Que en virtud de todo lo expuesto, corresponde dejar sin efecto los Decretos Nros. 320/14, 1055/16 y 0767/17;
Por ello y atento al Dictamen SLyT-GOB-Nº 382/20, emitido por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 038;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1º.- FACULTASE, al Jefe de Policía de la Provincia de Santa Cruz, a realizar asignaciones de Fondos Mensuales hasta la suma de PESOS UN MILLON
$ 1.000.000,00, a partir del 1 de mayo del 2020, para la adquisición de diversos elementos esenciales que hacen al normal funcionamiento de la institución y que por su naturaleza no pueden tramitarse de manera habitual, en un todo de acuerdo a lo expuesto en los considerando del presente.Artículo 2.- DEJASE ESTABLECIDO que la inversión de los fondos serán de carácter restrictivo y que por su naturaleza no pueden tramitarse de forma habitual en atención de gastos diversos que hacen al normal funcionamiento de las dependencias policiales, en cuanto a las partidas principales que se detallan a continuación:
a Bienes de Consumo.b Servicios No Personales.c Bienes de Uso, fundamentado en su extrema necesidad cuya adquisición, sea de vital importancia para el funcionamiento de la dependencia policial.Artículo 3º.- AFÉCTASE, preventivamente el gasto que demande el cumplimiento del presente a la JURISDICCIÓN: Ministerio de Seguridad SAF: 420 Jefatura de Policía Fuente de Financiamiento: 11 Tesoro Provincial - Categorías Programáticas: 1.0.0.0 IPP: 2.00
Bienes de Consumo IPP: 3.00 Servicios No Personales - Categoría Programática: 1.0.1.0 - IPP: 4.3 Maquinaria y Equipo, del Ejercicio Presupuestario 2020.Artículo 4º.- DEJASE SIN EFECTO los Decretos Nros. 320/14, 1055/16 y 0767/17.Artículo 5º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Seguridad.Artículo 6º.- PASE al Ministerio de Seguridad a sus efectos, tomen conocimiento Dirección Provincial de

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 15/9/2020

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaeseArgentina

Data15/09/2020

Conteggio pagine8

Numero di edizioni1766

Prima edizione19/02/2002

Ultima edizione08/07/2024

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