Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 18/6/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

1520-2020: 500 Años de la Primera Misa en lo que actualmente conforma el Territorio Argentino y 2020- Año del Bicentenario del Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano.-

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ
Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación
BOLETIN
Correo Argentino RIO
GALLEGOS

OFICIAL

FRANQUEO A PAGAR
CUENTA Nº 07-0034

AÑO LXV Nº 5467

publicacion bisemanal Martes y Jueves
decretos del poder ejecutivo DECRETO Nº 0195
RIO GALLEGOS, 27 de Febrero de 2020.VISTO:
El Expediente MTEySS-N 524.004/20 XIII Cuerpos, elevados por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social; y CONSIDERANDO:
Que desde el mes de diciembre del año 2015, la actividad de la construcción en la Provincia de Santa Cruz se ve gravemente afectada por la paralización de la obra Pública Nacional motivada en un proceso de desinversión instrumentada por el Gobierno Nacional en la región patagónica;
Que esta paralización se ha profundizado durante los últimos meses ocasionando que ciertos trabajadores de esta actividad pierdan su fuente de trabajo;
Que en dicho marco se suscribió con fecha 13/01/20 un Acta Acuerdo que como Anexo forma parte del presente, entre el Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, señor Teodoro S. CAMINO, en representación del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y el señor Rubén Eduardo MOLINA, en representación de la Unión Obrera de la Construcción de la República Argentina Seccional Santa Cruz, Sindicato con Personería Gremial Nº 17, mediante el cual se acuerda el otorgamiento de un Aporte no Reintegrable, por la suma de PESOS SEIS MILLONES QUINIENTOS MIL
$ 6.500.000,00, con cargo a rendir cuenta documentada de su inversión, a favor de trabajadores desocupados de la construcción que se encuentran inscriptos en la bolsa de trabajo de dicho Sindicato de distintas localidades de la Provincia, conforme listado que como Anexo II forma parte integrante del presente, a razón de PESOS CINCO
MIL $ 5.000,00 para cada uno;
Que el cumplimiento del presente trámite se encuadra en las prescripciones de los Decretos Nros. 1204/15 y 1685/15 y las excepciones establecidas en el Artículo 4
del Decreto N 1260/18;
Por ello y atento a los Dictámenes DGAJ-Nº 150/20, emitido por la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, obrante a fojas 2533 y vuelta y SLyT-GOB-Nº 154/20, emitido por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 2565/2566;
EL VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA
A CARGO DEL DESPACHO DEL
PODER EJECUTIVO
D E C R E TA:
Artículo 1º.- RATIFÍCASE el Acta Acuerdo suscripta con fecha 13/01/20, entre el Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, señor Teodoro S.
CAMINO, en representación del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Provincia y el señor Rubén Molina, en representación de la Unión Obrera de la Construcción de la República Argentina Seccional Santa Cruz, que como Anexo, forma parte integrante del presente, en un todo de acuerdo a lo expuesto en los considerandos del mismo.Artículo 2º.- OTÓRGASE un Aporte no Reintegrable, por la suma de PESOS SEIS MILLONES
QUINIENTOS MIL $ 6.500.000,00, con cargo a
ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
B.O. nº 5467 DE 10 PAGINAS

Dra. ALICIA MARGARITA KIRCHNER
Gobernadora Sr. LEONARDO DARIO ALVAREZ
Ministro Jefatura de Gabinete Sr. LEANDRO EDUARDO ZULIANI
Ministro de Gobierno Dr. LISANDRO GABRIEL DE LA TORRE
Ministro de Seguridad Lic. IGNACIO PERINCIOLI
Ministro de Economía, Finanzas e Infraestructura Sra. CLAUDIA ALEJANDRA MARTINEZ
Ministra de la Secretaría General de la Gobernación Lic. SILVINA DEL VALLE CORDOBA
Ministra de la Producción, Comercio e Industria Dra. BARBARA DOLORES WEINZETTEL
Ministra de Desarrollo Social Dr. JUAN CARLOS NADALICH
Ministro de Salud y Ambiente Sr. TEODORO SEGUNDO CAMINO
Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Lic. MARIA CECILIA VELAZQUEZ
E/C Presidente Consejo Provincial de Educación Dr. FERNANDO PABLO TANARRO
E/C Fiscal de Estado
rendir cuenta documentada de su inversión, a fin de asistir a los trabajadores desocupados de la construcción que se encuentran inscriptos en la bolsa de trabajo de dicho Sindicato de distintas delegaciones de la Provincia de Santa Cruz, conforme listado que como Anexo II forma parte integrante del presente, a razón de PESOS CINCO
MIL $ 5.000.00 para cada trabajador, en un todo de acuerdo a lo expuesto en los considerandos del presente.Artículo 3º.- AFÉCTASE el presente gasto a la JURISDICCIÓN: Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social SAF: 16 FUENTE DE FINANCIAMIENTO: Tesoro Provincial CATEGORÍA PROGRAMATICA: 1.0.0.0 - IMPUTACIÓN DE PARTIDA
PRESUPUESTARIA: 5.1.4 Ayudas Sociales a personas $ 6.500.00,00, del Ejercicio 2020.Artículo 4º.- ABÓNASE por Tesorería General de la Provincia previa intervención de Contaduría General de la Provincia a la Dirección de Tesorería y Sueldos, la suma total citada en el Artículo 2 del presente, a favor de trabajadores desocupados de la construcción de la Unión Obrera de la Construcción de la República Argentina Seccional Santa Cruz U.O.C.R.A. de distintas Delegaciones de la Provincia de Santa Cruz, conforme listado que como Anexo II, forma parte integrante del presente.Artículo 5º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.Artículo 6º.- PASE al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social quien remitirá copia ante quién corresponda, a sus efectos tomen conocimiento Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.Don QUIROGA Sr. Teodoro S. Camino ________
DECRETO Nº 0200
RIO GALLEGOS, 28 de Febrero de 2020.VISTO:
El Expediente MEFI-Nº 408.420/20 II cuerpos, iniciados por la Dirección General de Personal y elevado por el Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura, y;
CONSIDERANDO:
Que por el actuado de referencia se tramitan las confirmaciones a partir del día 10 de diciembre del año
Río Gallegos, 18 de Junio de 2020.2019, a favor de varias personas en diferentes cargos dependientes de la JURISDICCIÓN: Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura, detallados en el ANEXO I del presente;
Que de los citados cargos se encuentran previstos en la Estructura Orgánica del Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura, aprobada por Decreto Nº 0066/17;
Que el presente se realiza en el marco de los alcances del Artículo 5 de la Ley Nº 1831;
Que se deberá dejar establecido que los agentes Planta Permanente mantendrán su situación de revista escalafonaria en la JURISDICCIÓN que corresponda de acuerdo a lo detallado en el ANEXO I, del presente;
Que nada obsta para proceder en consecuencia;
Por ello y atento al Dictamen CAJ-Nº 021/20, emitido por la Coordinación de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura, obrante a fojas 31/33;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1º.- CONFÍRMASE a partir del día 10
de diciembre del año 2019, en diferentes cargos a los funcionarios que se detallan en el ANEXO I, los cuales revistan en continuidad en sus cargos conforme a las Estructuras Organizativas aprobadas mediante Decreto Nº 0066/17 y de acuerdo a los términos establecidos en el Artículo 5 de la Ley Nº 1831.Artículo 2º.- DÉJASE ESTABLECIDO que los agentes Planta Permanente que fueron confirmados en el ANEXO I del presente, retendrán su situación de revista escalafonaria, en la JURISDICCIÓN correspondiente.Artículo 3º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria en el Departamento de Desarrollo Social a cargo del Despacho del Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura.Artículo 4º.- PASE al Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura a sus efectos, tomen conocimiento Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, Dirección Provincial de Recursos Humanos, Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.Dra. KIRCHNER - Dra. Bárbara Dolores Weinzettel ________
DECRETO Nº 0709
RÍO GALLEGOS, 16 de Junio de 2020.VISTO:
El Expediente MSGG-Nº 114.507/18 y;
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Nº 1260/18 se dictaron diversas medidas tendientes a la reconstrucción y organización de la totalidad de los organismos dependientes de la Administración Pública Provincial, Centralizada y Descentralizada, como asi también, la implementación de medidas de contención del gasto público;
Que a esos efectos es dable señalar que mediante el Artículo 5º de dicha norma se dispuso la suspensión de la designación de personal contratado y en planta transitoria, para cubrir funciones en la Administración Pública Provincial, Centralizada y Descentralizada, Unidades Ejecutoras, Entes Descentralizados, Entidades Autárquicas, Empresas y Sociedades del Estado y Sociedades Anónimas con participación Estatal

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 18/6/2020

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaeseArgentina

Data18/06/2020

Conteggio pagine10

Numero di edizioni1766

Prima edizione19/02/2002

Ultima edizione08/07/2024

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