Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 29/5/2007

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

2007 -Año del Centenario del Descubrimiento del Petróleo
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ
Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación
BOLETIN
CORREO
ARGENTINO
RI O
GALLEGOS

AÑO LII Nº 4086
LEY Nº 2974

FRANQUEO A PAGAR

El Pode r Legislativo de la Provincia de Santa Cruz Sanciona con Fuerza de LEY:
Artículo 1.- RATIFICASE el Decreto Provincial Nº 798/07, por el que se asigna el carácter de Remunerativo y No Bonificable al Adicional por Mayor Riesgo, creado por Decreto Nº 1223/06 modificado por Decreto Nº 2252/06 para el Personal Policial, estableciéndose el mismo en la suma de Pesos: Doscientos Cincuenta y Ocho $ 258.Artículo 2.- COMUNIQ UESE al Poder Ejecutivo Provincial, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHIVESE .DADA EN SALA DE SESIO NES: RIO GALLEGO S; 10 de Mayo de 2007.SELVA JUDIT FO RS TMANN
Vicepresidente 2º E/E de la Presidencia Honorable Cámara de Diputados JO RGE MANUEL CABEZAS
Secretario General Honorable Cámara de Diputados DECRETO Nº 1417

DIRECCION GENERAL BOLETIN OFICIAL E IMPRENTA
VICTOR HUGO LANARO
Dire ctor General
CUENTA Nº 07-0034

LEY

OFICIAL

PUBLICACION BISEMANALMartes y Jueves Sr. DANIEL RO MAN PERALTA
Vicepresidente 1º de la H.C.D.
e n Eje rcicio del Pode r Eje cutivo Dr. PABLO GERARDO GO NZALEZ
Ministro de Gobie rno Sr. RO Q UE ALFREDO OCAMPO
Ministro de la Se cre taría Ge ne ral de la Gobe rnación Lic. JUAN ANTO NIO BO NTEMPO
Ministro de Economía y O bras Públicas Dr. JUAN CARLO S NADALICH
Ministro de Asuntos Sociale s Prof. SILVIA GRACIELAESTEBAN
Presidente del Consejo Provincial de Educación Dr. CARLO S JAVIER RAMO S
A/C Fiscalía de Estado
Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Gobierno.Artículo 3º.- Cúmplase, Comuníquese, Publíquese, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHIVESE.Sr. PERALTA-Dr. Pablo Gerardo Gonzalez ________

DECRETOS DEL
PODER EJECUTIVO
DECRETO Nº 0730

RIO GALLEGOS, 22 de Mayo de 2007.RIO GALLEGOS, 27 de Marzo de 2007.VI ST O :
La Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 10 de Mayo de 2007, mediante la cual se RATIFICA el Decreto Nº 798/07 dictado por el Poder Ejecutivo Provincial;
y CONSI DERANDO:
Que mediante el mismo se asigna el carácter de Remunerativo y No Bonificable al Adicional por Mayor Riesgo, creado por Decreto Nº 1223/06, modifica do por decreto Nº 2252-06 para e l Personal Policial, est ablec iéndo se el mism o en la suma de PESOS DOSCIENT OS CINCUENT A Y OCHO
$ 258.-;
Que de acuerdo a las atribuciones conferidas por los Artículos 106 y 119 de la Constitución Provincial, corresponde a este Poder Ejecutivo proceder a su promulgación;
POR ELLO:
EL VICEPRESIDENT E PRIMERO DE LA
HONORABLE CAMARA DE DIPUT ADOS EN
EJERCICIO DEL PODER EJECUT IVO
D E C RE T A :
Artículo 1º.- PRO MULGASE, bajo el Nº 2974 la Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 10 de Mayo de 2007, mediante la cual se RATIFICA el Decreto Nº 798/07 dictado por el Poder Ejecutivo Provincial, por el que se asigna el carácter de Remunerativo y No Bonificable al Adicional por Mayor Riesgo, creado por Decreto Nº 1223-06, modificado por Decreto Nº 2252-06 para el Personal Policial, estableciéndose el mismo en la suma de PESOS DOSCIENT OS CINCUENT A Y OCHO $ 258.-.-

VI ST O :
El Expediente MEOP-Nº 415.010/07, iniciado por el Ministerio de Economía y Obras Públicas; y CONSI DERANDO:
Que con fecha 5 de Septiembre de 2003, a través de la Secretaría de Recursos Hídricos dependiente del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios de la Nación se ha suscripto un Convenio Marco con la Provincia de Santa Cruz, para llevar a cabo la ejecución de la Obra denominada ACUEDUCTO DE VINCULACION RIO SANTA CRUZ
BAHIA SAN JULIAN;
Que la Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios de la Nación, conforme lo establece la Cláusula Primera del Acta Complementaria ANEXO II, gestionará la inclusión en el Presupuesto 2007, la suma de PESOS ONCE MILLONES$ 11.000.000.-, para atender los mayores costos de la obra financiada, acaecidos durante el desarrollo del respectivo contrato;
Que para posibilitar su utilización, los mismos deben ser incorporados al Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos 2007;
Que el Artículo 15º de la Ley Nº 2952, faculta al Poder Ejecutivo a realizar dicha modificación;
Por ello y atento al Dictamen CAJ-Nº 160/07, emitido por la Coordinación de Asuntos Jurídicos, obrante a fojas 9;
EL VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA
EN EJERCICIO DEL PODER EJECUT IVO
D E C RE T A :
Artículo 1º.- INCREMENTASE, en la suma de
RIO GALLEGOS, 29 de Mayo de 2007.PESOS ONCE MILLONES $ 11.000.000.-, el total del Financiamiento del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos Administración Central 2007, conforme al detalle que figura en la Planilla que como ANEXO I forma parte integrante del presente Decreto y en un todo de acuerdo con los considerandos del presente.Artículo 2º.- AMPLIASE, por la suma de PESO S
O NCE MILLO NES $ 11.000.000.-, el crédito del ANEXO: Ministerio de Economía y Obras Públicas IT EM: Ministerio - CARÁCT ER: Administración Central - FINALIDAD: Servicios Sociales - FUNCION: Salud - SUBFUNCION: Saneamiento Ambiental - SECCION: Erogaciones de Capital - SECT OR: T ransferencias - PART IDA PRINCIPAL:
T ransferencias - PART IDA PARCIAL: T ransferencias a Instituciones Provinciales y Municipales para Financiar Gastos de Capital - PART IDA SUBPARCIAL: T ransferencias a Empresas Públicas No Financieras Provinciales Servicios Públicos Sociedad del Estado, del Presupuesto 2007.Artículo 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Economía y Obras Públicas.Artículo 4º.- PASE al Ministerio de Economía y Obras Públicas a sus efectos, tomen conocimiento Dirección Provincial de Recursos Humanos, Contaduría General y T ribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.Sr. SANCHO -Lic. Juan Antonio Bontempo ________
DECRETO Nº 0742
RIO GALLEGOS, 27 de Marzo de 2007.VI ST O :
El Expediente MEOP-Nº 415.203/07, elevado por el Ministerio de Economía y Obras Públicas; y CONSI DERANDO:
Que con fecha 21 de Febrero del año 2006, se suscribió el Convenio Marco entre la Provincia de Santa Cruz y el Banco Santa Cruz S.A., denominado Líne a d e Asistencia Crediticia de stinad a a l Financiamiento de los Sectores Productivos y/o de Servicios de la Provincia de Santa Cruz;
Que la Provincia de Santa Cruz tiene como objetivo incrementar y diversificar la actividad económica, promoviendo la inversión genuina mediante acciones de asistencia financiera dentro de la economía formal, que generen puestos de trabajo y mejoren la calidad de los servicios y productos que se producen y comercializan en nuestro territorio;
Que la actividad comercial representa un importante porcentaje del empleo total y se encuentra en notable expansión conjuntamente con el turismo, demás sectores productivos y de servicios, en tanto el sector comercial se integra a las restantes actividades económicas en forma directa como indirectamente;
Que la Provincia ha decidido apoyar y fortalecer el desarrollo del sector comercial como actividad económica vital para el desarrollo y fortalecimiento de las actividades productivas, turísticas y de servicio;
Que dicho apoyo y fortalecimiento se debe plasmar a través del financiamiento de inversiones que posibiliten el mantenimiento y/o aumento de la operatividad y competitividad de la mencionada actividad comer-

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 29/5/2007

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaeseArgentina

Data29/05/2007

Conteggio pagine12

Numero di edizioni1765

Prima edizione19/02/2002

Ultima edizione02/07/2024

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