Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 12/8/2011

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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BOLETIN OFICIAL

María Agustina Villalba, clase 1982, MI Nº 28.676.642, L.P. Nº 25.797, L.C. Nº 145.571, del numerario de la Dirección Operaciones y Seguridad, de acuerdo a lo expuesto en los considerandos precedentes.
Artículo 2º: Por la Dirección Operaciones y Seguridad, notificar a la causante del contenido de la presente, debiéndose dar estricto cumplimiento a lo plasmado en el artículo 123º de la Ley 5.654/75 y sus modificatorias vigentes, hecho y con las constancias respectivas gírese lo actuado a la Dirección Personal a sus efectos.
Artículo 3º: Por la Dirección Logística, tómese razón de lo dispuesto en la presente resolución, de acuerdo a su competencia.
Artículo 4º: Regístrese, comuníquese, dese en la orden del día y oportunamente archívese textual.
F. 00011368 3 v./16.8.11

MODIFICACIÓN DE CONTRATO
NUEVA

FEDERACIÓN
HOTEL DEL SOL SRL
Por resolución del señor director de Inspección de Personas Jurídicas, se ha ordenado la siguiente publicación por un día en el boletín Oficial:
En fecha 6.8.2010 por decisión unánime de sus socios, señores Raúl Camilo Mumare, DNI
7.665.093, CUIT 20-07665093-5, nacido el 29.12.1949, de 60 años de edad, argentino, empresario, casado con Gladys María Gianovi, domiciliado en avenida Siburu 1585 de la ciudad de Chajarí, departamento Federación, Provincia de Entre Ríos; y Eladio Domingo Stivanello, DNI 5.073.601, CUIT 20-050736017, nacido el 22.8.1948, de 61 años de edad, argentino, empresario, casado con Olga Catalina Antonia Malgarin, domiciliado en Rivadavia 3.170, de la ciudad de Chajarí, Departamento Federación, Provincia de Entre Ríos; se ha resuelto reformar el contrato social de HOTEL DEL SOL SRL, sociedad constituida por contrato de fecha 3.7.1989, inscripto en la Dirección de Inspección de Personas Jurídicas, Registro Público de Comercio, Sección Legajo Social, bajo el Nº 201 el día 21.11.1990; resolviéndose en esta oportunidad establecer una nueva redacción a los artículos segundo y cuarto, los cuales se transcriben a continuación:
Segundo: Su duración es de noventa y nueve años a contar de la inscripción en el Registro Público de Comercio.
Cuarto: El capital social es de pesos ciento cincuenta mil $ 150.000,00, dividido en ciento cincuenta mil cuotas de pesos uno $ 1,00
cada una, que se encuentra totalmente suscripto por los socios en la siguiente proporción:
Raúl Camilo Mumare setenta y cinco mil cuotas, y Eladio Domingo Stivanello setenta y cinco mil cuotas.
Registro Público de Comercio, DIPJ, Paraná, 4 de julio de 2011 - José L. Nani, abogado, DIPJ.
F.C.S. 00076368 1 v./12.8.11

CONTRATO
NUEVO

NOGOYÁ
LA DISTRIBUIDORA SRL
En la ciudad de Nogoyá, provincia de Entre Ríos, a los veintitrés días del mes de febrero del año dos mil once, reunidos los señores don Julio César Percivaldi, DNI Nº16.272.839, casado, de 47 años de edad, argentina, nacido el 22.4.1963, comerciante, con domicilio en bou-

levard Sarmiento e Italia de la ciudad de Nogoyá, Provincia de Entre Ríos, y don Horacio José Navarret, DNI Nº 17.192.140, casado, de 45 años de edad, argentina, nacido el 29.3.1965, Comerciante, con domicilio en calle 9 de Julio Nº 347 de la ciudad de Nogoyá, Provincia de Entre Ríos; ambos mayores de edad y hábiles para contratar, han decidido celebrar el presente contrato constitutivo de sociedad de responsabilidad limitada, el que se regirá conforme a lo dispuesto por la Ley 19.550 y de acuerdo a las siguientes cláusulas y condiciones que se establecen a continuación:
Primera: Denominación y domicilio: La sociedad se denominará La Distribuidora SRL y tendrá su domicilio legal en Maipú Nº 1.126 de la ciudad de Nogoyá, provincia de Entre Ríos.
Segunda: Duración: El plazo de duración de la sociedad será de cincuenta años, a partir de su fecha de inscripción en el registro correspondiente.
Tercera: Objeto: La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia, de terceros, y/o asociada a terceros, en el país o en el extranjero, las siguientes actividades: I Comercial:
ventas al por mayor de productos lácteos, fiambres, quesos, golosinas, comestibles y productos para kioscos y poli rubros. II Agrícola-ganadera: explotación de establecimientos ganaderos para cría, engorde e invernada de ganado de todo tipo y especie para su faenamiento o cría en pie, explotación de tambos, labores de granja en todas sus formas, avicultura, apicultura y floricultura. A tales fines la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este Estatuto.
Cuarta: Capital Social: el capital de la sociedad se fija en la suma de pesos noventa mil $ 90.000, representado por trescientas cuotas sociales de valor nominal pesos trescientos $ 300 cada una. Totalmente suscriptas por los socios de la siguiente manera: Julio César Percivaldi: ciento cincuenta cuotas de un pesos trescientos cada una, o sea, pesos cuarenta y cinco mil $ 45.000 y Horacio José Navarret: ciento cincuenta cuotas de un pesos trescientos cada una, o sea, pesos cuarenta y cinco mil $ 45.000.
Las cuotas se integrarán en su totalidad por parte de los socios en forma proporcional al número de cuotas suscriptas.
Quinta: Administración y representación legal: La administración, representación legal y uso de firma comercial estará a cargo de uno o más gerentes en forma individual e indistinta, socios o no, por el término de diez años, pudiendo ser reelectos. Se designa en tal carácter y por el término establecido en la presente cláusula al socio Horacio José Navarret, DNI
Nº 17.192.140.
Sexta: Resoluciones Sociales: Las resoluciones sociales se adoptarán en la forma dispuesta en el artículo 159, párrafo primero de la Ley 19.550.
Séptima: Fiscalización: La fiscalización estará a cargo de los socios prescindiéndose de la Sindicatura de acuerdo con la opción establecida por el artículo 158 de la Ley de Sociedad Comerciales.
Octava: Transmisión de las cuotas sociales:
Las cuotas sociales no podrán ser cedidas en forma total o parcial a terceros ajenos a la sociedad sin el consentimiento unánime de los demás socios, quienes deberán pronunciarse dentro de los quince días hábiles posteriores de comunicada la propuesta.
Novena: Queda expresamente prohibido utilizar la firma social para comprometerla en fianzas, garantías o avales, a favor de terceras personas, bajo pena de indemnización y pago de daños y perjuicios que ocasionare a la sociedad dicha fianza, garantía o aval.

Paraná, viernes 12 de agosto de 2011
Décima: Cierre del Ejercicio Social: El ejercicio social cierra el 31 de octubre de cada año.
Décima primera: Utilidades: Las ganancias realizadas y liquidas se destinan: a Cinco por ciento, hasta alcanzar el veinte por ciento del capital suscripto, para el fondo de reserva legal; b El importe que se establezca para la retribución del gerente o de los gerentes; c A
fondos de reservas facultativas o de previsión;
d El remanente se distribuirá entre los socios conforme al capital integrado.
Décima segunda: Disolución y liquidación:
Disuelta la sociedad por cualquiera de las causales previstas en el artículo 94 de la Ley 19.550, la liquidación será practicada por el gerente o los gerentes o por la persona que designen de conformidad los socios.
Décima tercera: Sede Social: Los socios establecen sede social en la calle Maipú Nº 1126
de la ciudad de Nogoyá, provincia de Entre Ríos.
Registro Público de Comercio, DIPJ, Paraná, 29 de junio de 2011 - Cristian Mathern, abogado, inspector, DIPJ.
F.C.S. 00076365 1 v./12.8.11

SUMARIO
DECRETOS
Año 2011
Gobernación 3083
Ministerio de Desarrollo Social, Empleo, Ciencia y Tecnología 621, 622, 623, 624
RESOLUCIONES
Año 2011
Consejo de la Magistratura de Entre Ríos 439
Las publicaciones de edictos, se recibirán hasta las 9 hs., del día anterior al de publicación, sin excepción
BOLETIN OFICIAL
Creado por Ley Nº 2487 fecha 5 Nov. 13, derogada por Decreto Ley Nº 6346 del 30 - Mar. 79. Ratificado por Ley 7504 - Por Decreto Nº 878
S.G.G. fecha 30 - Mar. - 79 se instrumenta el régimen legal de las ediciones del Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos.
Registro de la Propiedad Intelectual 299.323.
Se edita los días hábiles.
JOSE C. PATRICIO GUASTAVINO
Director Dirección, Administración, Talleres y Publicaciones:
CORDOBA Nº 327
PARANA Entre Ríos C.P. 3100
Telefax 0343 4207805 - 4207926
Suscripciones y Publicaciones de edictos: T.E. 4207805 - 4207926

Riguardo a questa edizione

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 12/8/2011

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaeseArgentina

Data12/08/2011

Conteggio pagine20

Numero di edizioni4806

Prima edizione01/12/2003

Ultima edizione09/08/2024

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