Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 23/11/2015

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 23 de Noviembre de 2015

BOLETIN OFICIAL N 5409

Que el plazo de ejecución de la obra se estima en trescientos sesenta 360 días corridos a partir de su inicio, proyectándose una ejecución presupuestaria para el ejercicio 2015 del 11,01% del saldo de la obra, por la suma de pesos novecientos ochenta y siete mil cuatrocientos ochenta y seis con veintidos centavos $ 987.486,22, quedando pendiente de imputación un 88,99% para el ejercicio 2016, ascendiendo a la suma de pesos siete millones novecientos ochenta y un mil quinientos siete con sesenta y cuatro centavos $ 7.981.507,64 con el mismo financiamiento;
Que la presente obra prevé un anticipo financiero del 15% del monto contractual que asciende a la suma de pesos un millón quinientos ochenta y dos mil setecientos sesenta y tres con sesenta y dos centavos $
1.582.763,62, en un todo de acuerdo con lo establecido en el Art. 50 de la Ley J N 286 de Obras Públicas;
Que según lo estipulado Decreto 1313/2014, y teniendo en cuenta el Apartado N 20 del Pliego de Bases y Condiciones Legales Particulares, la Dirección de Certificaciones, Intereses y Reformulación de Contrato estimó el monto en concepto de redeterminación en la suma de pesos dos millones novecientos cincuenta y cuatro mil cuatrocientos noventa y dos con diez centavos $ 2.954.492,10;
Que se deberá ratificar el Compromiso conforme Art. 30 de la Ley H N
3186, habiéndose efectuado la Reserva Interna correspondiente, en los términos dispuestos por el Art. 31 de la Ley citada;
Que la presente Licitación Pública se encuadra dentro de las prescripciones que surgen de los Arts. 9, 21 y 26 de la Ley J N 286 de Obras Publicas y del Art. 21 de su Decreto Reglamentario J N 686/62;
Que el Ministerio de Obras y Servicios Públicos deberá realizar la inspección, medición, certificación y recepción de la obra, correspondiendo al Ministerio de Educación y Derechos Humanos la aprobación y a Río Negro Fiduciaria S.A. el pago de los Certificados de obra conforme lo previsto en la Ley J N 3.931 y Ley Q N 4818 y sus modificatorias;
Que el presente se ajusta a las facultades conferidas por la Ley J N 286
de Obras Públicas y Decreto Reglamentario N 686/62, la Ley N 4819, en los términos del Art. 33 del Decreto H N 1737/98, Ley N 4794 y la Ley Q
N 4818 modificada por Ley N 5027, Art. 4 de la Ley J N 3931;
Que han tenido debida intervención la Subsecretaría de Asuntos Legales del Ministerio de Educación y Derechos Humanos, la Contaduría General de la Provincia, la Secretaría de Hacienda, la Subsecretaría de Presupuesto del Ministerio de Economía y la Fiscalía de Estado, mediante Vista N 0535815 obrante a fs. 788;
Que la Legislatura de Río Negro ha sancionado la Ley J N 3931, mediante la cual se crea el Fondo Fiduciario de Desarrollo de Infraestructura Rionegrina F.F.D.I.R, que tiene por objeto el diseño, construcción, mantenimiento, operación y financiamiento de las obras de infraestructura económica o social que decida el Poder Ejecutivo, designando como Fiduciario a Río Negro Fiduciaria S.A;
Que por Decreto de Naturaleza legislativa N 01/2015 se prorroga el mencionado Fondo por un período de 10 años;
Que el Fiduciario deberá constituir Fondos Específicos que estarán afectados a cada Contrato de Obra en particular en los que actúe el F.F.D.I.R
como garante o como agente de pago de las empresas contratada, debiendo incluir en cada Fondo Específico la reserva de liquidez que se constituya para el respectivo Contrato y todo otro recurso que tenga afectación especifica al mismo;
Que es decisión del Poder Ejecutivo Provincial que la presente obra sea financiada y ejecutada con recursos provenientes del citado Fondo Fiduciario.
Que mediante Ley Q N 4818 se aprobaron las Bases y Condiciones para la Renegociacion de Concesiones Hidrocarburíferas, previendo en su Art. 6, que los fondos que el Estado Provincial perciba en concepto de Bono Fijo, Aporte Complementario y Adicional por Renta Extraordinaria, serán destinados a los Fondos Fiduciarios creados por la Ley Q N 3322 Fondo Fiduciario Hidrocarburífero de Río Negro y la Ley J N 3931 Fondo Fiduciario de Desarrollo de Infraestructura Rionegrina bajo las modalidades y en los porcentajes que determine el Poder Ejecutivo;
Que el Ministerio de Obras y Servicios Públicos, junto al Ministerio de Economía, son autoridad de Aplicación del régimen establecido por la Ley Q
N 3931 conforme lo prescripto en su Art. 4 por lo que el presente Decreto, deberá ser refrendado por ambos Ministerios;
Que de acuerdo a la Ley J N 3931, corresponde instruir al Fiduciario para que constituya un Fondo Fiduciario Específico destinado a la ejecución de la obra correspondiente al Contrato de Obra celebrado con la firma adjudicataria de la obra de Programa de obras escolares S/ En Cada Escuela Siempre
Edificio a crear para J.M. N 21 Viedma Ley Q N 4818 por la suma de pesos diez millones quinientos cincuenta un mil setecientos cincuenta y siete con cuarenta y nueve centavos $ 10.551.757,49;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas en el Art. 181, Inc. 1º de la Constitución Provincial.

3

Por ello, El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1º - Apruébase la Licitación Pública N 27/15, para contratar la ejecución de la obra En Cada Escuela Siempre Edificio a crear para Jardín Maternal N 21 Viedma Ley Q N 4818.Art. 2º - Adjudícase a la firma Ingeniero Alejandro Lozano, con domicilio legal en calle Basilio Villarino N 134, de la ciudad de Viedma, Cuit N 3012707243-5, la ejecución de la obra mencionada en el artículo anterior, en un todo de acuerdo con la documentación técnica y legal, aprobada por Resolución N 942/2015 que conforma el Proyecto Ejecutivo de la misma, por un monto de pesos diez millones quinientos cincuenta y un mil setecientos cincuenta y siete con cuarenta y nueve centavos $
10.551.757,49.Art. 3º - Ordénese a Río Negro Fiduciaria S.A. en su carácter de fiduciaria del Fondo Fiduciario de Desarrollo de Infraestructura Rionegrina F.F.D.I.R, la constitución del Fondo Específico, que será denominado Fondo Fiduciario Específico denominado Fondo Fiduciario Específico En Cada Escuela Siempre - Edificio a crear para Jardín Maternal N 21 Viedma - Ley Q N
4818, que quedará afectado a realizar el pago correspondiente a los trabajos que ejecutará la adjudicataria y/o los anticipos autorizados de la presente obra, por la suma total de pesos diez millones quinientos cincuenta y un mil setecientos cincuenta y siete con cuarenta y nueve centavos $
10.551.757,49.Art. 4º - Ratifíquese el ingreso a la Cuenta Corriente N 900001178, por la suma de pesos dos mil $ 2.000 en concepto de venta de pliegos, conforme recibo y boleta de depósito obrante a fojas 340/341.Art. 5º - Regístrese el compromiso según lo determinado en el Art. 30 de la Ley H N 3.186, la suma de pesos un millón quinientos ochenta y dos mil setecientos sesenta y tres con sesenta y dos centavos $ 1.582.763,62, en concepto del 15% de anticipo financiero sobre el monto total de contrato, la suma de pesos novecientos ochenta y siete mil cuatrocientos ochenta y seis con veintidós centavos $ 987.486,22 correspondiente al 11,01%
estimado de avance de obra para el ejercicio 2015 sobre el saldo de monto de contrato, y la suma de pesos trescientos veinticinco mil doscientos ochenta y nueve con cincuenta y ocho centavos $ 325.289,58 correspondiendo al porcentaje de redeterminación sobre el monto mencionado precedentemente según lo estipulado en el Decreto 1313/14, afectando el gasto al Programa 25, Subprograma 00, Proyecto 01, Actividad 77, Partida 421, Fuente Financiamiento 10 - Rentas Generales, quedando pendiente de imputación para el ejercicio 2016 el importe de pesos siete millones novecientos ochenta y un mil quinientos siete con sesenta y cuatro centavos $ 7.981.507,64
con el mismo financiamiento.Art. 6º - Producida la etapa del devengado, con la presentación de la respectiva facturación, debidamente conformada, ordénese el pago en concepto de anticipo financiero de acuerdo al Art. 50 de la Ley J N 286 de Obras Públicas, por la suma de pesos un millón quinientos ochenta y dos mil setecientos sesenta y tres con sesenta y dos centavos $ 1.582.763,62 y con la presentación de las respectivas facturaciones, conformadas de acuerdo al correspondiente Certificado de Obra, extendido por la ejecución realizada, según Pliego de Bases y Condiciones, tarea que realizará el Ministerio de Obras y Servicios Públicos, ordénese el pago de pesos novecientos ochenta y siete mil cuatrocientos ochenta y seis con veintidós centavos $
987.486,22 correspondiente al 11,01% estimado de avance de obra para el ejercicio 2015 sobre el saldo de monto de contrato, y la suma de pesos trescientos veinticinco mil doscientos ochenta y nueve con cincuenta y ocho centavos $ 325.289,58 correspondiendo al porcentaje de redeterminación sobre el monto mencionado precedentemente según lo estipulado en el Decreto 1313/14 correspondiente, abonándose por la Tesorería General de la Provincia, ambos conceptos con cargo a la cuenta N 900001213 del Banco Patagonia S.A., a Río Negro Fiduciaria S.A.
para que por su intermedio abone a la Empresa Ingeniero Alejandro Lozano.Art. 7º - Instrúyase a Río Negro Fiduciaria S.A. para que abone a Ingeniero Alejandro Lozano, Cuit N 30-12707243-5, la suma de pesos un millón quinientos ochenta y dos mil setecientos sesenta y tres con sesenta y dos centavos $ 1.582.763,62 en concepto de Anticipo Financiero del 15% del monto contractual de acuerdo al contrato suscripto, y el saldo de pesos ocho millones novecientos sesenta y ocho mil novecientos noventa y tres con ochenta y siete centavos $ 8.968.993,87 una vez producida la etapa del devengado con la presentación de las respectivas facturaciones, conformadas de acuerdo a los correspondientes Certificados de Obra extendidos por la Dirección de Inspección y la Inspección de Obra.Art. 8º - Autorízase a la Ministra de Educación y Derechos Humanos a suscribir el contrato de locación de obra respectivo con la firma Ingeniero Alejandro Lozano, dentro del plazo establecido por el Art. 26 de la Reglamentación de la Ley J N 286 de Obras Públicas y su Decreto Reglamentario J N 686/62.-

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 23/11/2015

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaeseArgentina

Data23/11/2015

Conteggio pagine28

Numero di edizioni1925

Prima edizione03/01/2002

Ultima edizione01/08/2024

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