Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 16/11/2015

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 16 de Noviembre de 2015

Nº 5407

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136
Precio Ejemplar del día: $ 10,00 PUBLICACION BISEMANAL
AÑO LVI
EDICION DE 16 PAGINAS

SECRETARIA GENERAL
Tel. 02920 422862 - 423512 Fax 02920-430404
Laprida 212 - 8500 Viedma
Sumario en Pág. 16

DECRETOS

DECRETO Nº 1776
Viedma, 2 de noviembre de 2015.
Visto, el Expte. N 111.189-SHS-2015 del registro del Instituto de Planificación y Promoción de la Vivienda, y;
CONSIDERANDO:
Que por el expediente del Visto tramita la aplicación del Anexo I del Decreto Provincial N 140/15, reglamentario de la Ley N 5.019 al Contrato de Obra Pública suscripto con la Empresa Oriente Construcciones S.A. S/
Adicional de Construcción de Estación de Bombeo y cañería de nexo cloacal para Barrio Silva-Obra 64 Viviendas e Infraestructura en la localidad de Viedma;
Que a fojas 19 se agrega la solicitud de aplicación del Decreto de Necesidad y Urgencia N 04/2014 por parte de la Empresa;
Que el Decreto de Necesidad y Urgencia N 04/2014, ratificado por la Ley Provincial N 5.019, declaró la emergencia de la obra pública en el ámbito de la Provincia de Río Negro autorizando al Poder Ejecutivo aplicar en forma retroactiva el régimen vigente de redeterminación de precios en los contratos de Obras Públicas;
Que el Decreto N 1.313/2014 derogó los regímenes anteriores y fijo una nueva metodología de redeterminación de Precios de los contratos de obras publicas celebrados bajo el régimen de la Ley J N 286 de Obras Públicas;
Que según dispone el Artículo 3 de la Ley N 5.019 la retroactividad prevista por la norma podrá aplicarse hasta la fecha de entrada en vigencia de la Ley N 4.735, respecto de los contratos de obra pública en ejecución o con recepción provisoria en tanto no hubiera transcurrido un plazo mayor a 180 días de la misma;
Que la Empresa presentó el cálculo, utilizando la metodología dispuesta por el Anexo I del Decreto N 140/15, reglamentario de la Ley N 5.019, para su análisis y aprobación por parte del Area competente;
Que a fojas 20/22 la Subsecretaría de Hábitat Sustentable del Instituto de Planificación y Promoción de la Vivienda, conforma el computo efectuado por la contratista, corroborando el cumplimiento de la metodología de aplicación del Decreto previamente citado, tomando como mes base, Octubre del 2012, de acuerdo a lo establecido por Resolución aprobatoria del Adicional N 211/13 y se lo actualiza con el correspondiente índice a Diciembre del 2013;
Que asimismo al monto obtenido del cálculo se le ha deducido las sumas efectivamente percibidas por la empresa con su debida actualización, a saber; anticipo, certificaciones abonadas, adjuntándose Ordenes de pago de dichas erogaciones a fojas 28/41, de acuerdo al Artículo 2 del Anexo I del Decreto N 140/15;
Que en virtud de lo explicitado anteriormente resulta necesario aprobar el monto resultante de la aplicación del Decreto citado, el cual asciende a la suma total de Pesos ciento sesenta cinco mil ciento sesenta y siete con setenta centavos $ 165.167,70;
Que las presentes actuaciones fueron puesta a consideración del Consejo de Obras Públicas, en el marco de la competencia establecida por la Ley J N
286, Artículo 75 inciso 9 y Artículo 4 del Decreto Provincial N 140/15
y Acta N 21 del Consejo de Obras Publicas, prestando dicho Consejo conformidad a la metodología empleada, conforme surge a fojas 66/67;
Que han tomado debida intervención la Dirección de Legales y Gestión Dominial del Instituto de Planificación y Promoción de la Vivienda;
Que el presente tramite se encuentra exceptuado de la intervención de Fiscalía de Estado, por estar comprendido en el Artículo 1 , inciso m de la Resolución N 119/13 del Registro de dicho Organismo de control;

Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 181 inciso 1 de la Constitución Provincial y la Ley N
5.109;
Por ello:
El Gobernador de la provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1.- Reconocer el monto resultante de la aplicación del Anexo I del Decreto N 140/15, reglamentario de la Ley N 5.019 por la suma de Pesos ciento sesenta cinco mil ciento sesenta y siete con setenta centavos $ 165.167,70 para la obra Adicional de Construcción de Estación de Bombeo y cañería de nexo cloacal para el Barrio Silva - Obra 64 Viviendas e Infraestructura en la localidad de Viedma.Art. 2.- Aprobar el Acta Acuerdo que como Anexo forma parte del presente Decreto.Art. 3.- Ordenar a la Subsecretaría de Administración y Proyección Financiera a abonar a la empresa Oriente Construcciones S.A., C.U.I.T N
30-60446725-6, la suma reconocida en el Artículo 1 del presente Decreto.Art. 4.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Obras y Servicios Públicos.Art. 5.- Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.WERETILNECK - C. Valeri.

ACTA ACUERDO
ANEXO DECRETO N 1776
En la Ciudad de Viedma, a los. . . . . .días del mes de. . . . . . . . . . .de 2015, entre el Instituto de Planificación y Promoción de la Vivienda I.P.P.V. con domicilio legal en calle Winter y Murillo de Viedma, en adelante El Comitente, representada en este acto por el Sr. Interventor Dcto. N
1165/15 Arq. Alejandro O. Echarren D.N.I N 21.548.749 por una parte;
y la empresa Oriente Construcciones S.A, con domicilio en la calle Guatemala N 387 de la localidad de Viedma, representada por el Ing. Juan Armando Castelli D.N.I N 10.158.239 en adelante El Contratista, en el marco de la Obra Construcción de 64 Viviendas e Infraestructura en la localidad de ViedmaAdicional de Estación de Bombeo y Cañería de Nexo Cloacal para el Barrio Loteo Silva, acuerdan celebrar la presente conforme establece el Anexo I al Decreto Provincial N 140, reglamentario de la Ley N 5.019.
Antecedentes: Que la Contratista en fecha 17/04/2015 manifiesta su adhesión al Decreto de Necesidad y Urgencia N 04/2.014, el cual ha sido tratado y ratificado por la Honorable Legislatura en Sesión Extraordinaria el día 22/
12/2.014, y registrado bajo el número de Ley 5.019;
Que se han utilizado los índices aprobados por el Consejo de Obras Públicas para la Fórmula Polinómica III Escuelas Nuevas y Viviendas - Obras Nuevas correspondiente al período Enero 2.012 - Octubre 2.014, los cuales han sido publicados en el Boletín Oficial N 5.338;
Que corresponde tomar como base de cálculo el mes de Octubre del 2.012, conforme lo establecido por Resolución N 211/13 aprobatoria del Adicional, actualizándose al mes de Diciembre del 2.013, fecha del Acta de Recepción Provisoria;
Conforme lo dispuesto en el Artículo 2 del mencionado Decreto, el nuevo monto actualizado de contrato será afectado por el porcentaje real de obra ejecutado al mes de Diciembre del 2.013, fecha del Acta de Recepción Provisoria a lo que debe descontarse el anticipo financiero, deduciendose también cada una de las certificaciones y redeterminaciones abonadas actualizadas con sus correspondientes índices;

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 16/11/2015

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaeseArgentina

Data16/11/2015

Conteggio pagine16

Numero di edizioni1919

Prima edizione03/01/2002

Ultima edizione11/07/2024

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