Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 23/11/2015

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

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BOLETIN OFICIAL N 5409

en adelante denominado como El M.O. y S.P. y la empresa Aguas Rionegrinas Sociedad Anónima, con domicilio en calle Colón 719 de la ciudad de Viedma, representado en este acto por su Presidente, Arq. Roger García, DNI 23.168.409 en adelante denominado como A.R.S.A., el M.O. y S.P. y A.R.S.A. conjuntamente denominados como LAS PARTES
e individualmente como PARTE, y considerando:
- Que siguiendo los lineamientos del Gobierno de la Provincia de Río Negro, es necesario mejorar la cobertura de la población en cuanto a la cantidad y calidad de los servicios de Redes Sanitarias Cloacales, a efectos de mejorar la calidad de vida de los todos los rionegrinos.
- Que existe la necesidad de realizar trabajos de Recambio del Colector Cloacal en calle Guido, entre calles Buenos Aires y Gallardo, de la ciudad de Viedma, dado que el existente colapsó, y por su profundidad y antigedad es imposible la reparación del mismo;
- Que, en general, la infraestructura existente requiere permanentemente de obras para mantenimiento y/o reconstrucción de sus partes, dada la degradación y/o ruptura motivada por la antigedad de las mismas, habiendo superado holgadamente su vida útil;
- Que el crecimiento de la población y/o urbanización, hacen necesario el crecimiento de los servicios mencionados;
- Que conforme el convenio de concesión, aprobado por Decreto N
1045/98, la financiación, operación y mantenimiento donde se realizarán las obras están concesionadas a A.R.S.A.;
- Que no obstante, parte de los fines sociales de A.R.S.A. implican, pero no se limitan, a la aplicación de tarifas menores en promedio, que el resto del país, cobertura de servicios en áreas no desarrolladas, atención de indigentes, jubilados con prestaciones mínimas y otras acciones de beneficio social;
- Que consecuencia de la disminución en la recaudación provocada por estas acciones, el aumento del precio de los insumos y la imposibilidad jurídica y social de aumentar las tarifas en proporción al aumento de costos, provocan una rotura en el equilibrio entre ingresos y egresos en la prestación de servicios;
- Que la circunstancia expresada precedentemente, afecta el normal cumplimiento de las obligaciones por A.R.S.A. previstas en el contrato de concesión del servicio, causando un perjuicio que resiente en forma directa la calidad del servicio provisto a los habitantes de la Provincia;
- Que es necesario adoptar medidas que garanticen una eficiente prestación del servicio de las Redes Cloacales;
- Que a tal fin, se hace indispensable que el MOySP asigne a A.R.S.A. los fondos para la materialización de las obras citadas en el Anexo I al presente Convenio;
- Que la Ley N 3184 en su Art. 3 inciso m establece que serán consideradas como recursos de la sociedad concesionaria, los provenientes de las transferencias que realice el Estado Provincial del producido de todo gravamen existente y los que se creen en el futuro que, sin componer el fondo Hidráulico Provincial, sean destinados a obras Hidráulicas, de riego o saneamiento, de acuerdo a las normas que los establezcan;
- Que el Fondo Federal Solidario creado por el Decreto Nacional N
206/09, al que adhirió la Provincia mediante Decreto Provincial N
82/09, dispone en su Art. 1 que el mismo será destinado a obras que contribuyan a la mejora de la infraestructura sanitaria, educativa, hospitalaria, de vivienda o vial en ámbitos urbanos o rurales;
Que en función de todo lo expuesto, LAS PARTES convienen en celebrar el presente Convenio de Transferencia para la Ejecución de Obras en adelante, EL CONVENIO, que se regirá por las siguientes cláusulas y condiciones:
Primera: El presente Convenio tiene por objeto la transferencia de fondos para la ejecución de la obra: Recambio Colector Cloacal calle Guido, entre calles Buenos Aires y Gallardo, de la ciudad de Viedma R.N., mediante la realización de las tareas y por los montos especificados en el Anexo I que integra el presente, a ejecutar durante el año 2015 y que seguidamente se detallan:
Provisión de Mano de obra, Materiales y equipos para la ejecución de:
a Reemplazo de 120 mts. de cañería de MV-200 mm por otra de PVC-RCPD 200 mm, J.E., sobre calle Guido, entre Bs. As. y Gallardo.
b Dos empalmes con las bocas de registro existentes.
c Rotura y reposición de pavimento flexible, según las normas vigentes en la Municipalidad de Viedma.
Ante la posibilidad de interrupción del servicio durante la construcción, la obra se ejecutará implementando un sistema de by-pass.
Segunda: El M.O. y S.P. se compromete a arbitrar los esfuerzos necesarios para gestionar el financiamiento y transferir a A.R.S.A. los fondos de las Obras mencionadas en la Cláusula Primera, los cuales provendrán del Fondo Federal Solidario - Decreto N 206/09 y que totalizan la suma de pesos setecientos seis mil doscientos nueve con veinticuatro centavos $
706.209,24.-

Viedma, 23 de Noviembre de 2015

Tercera: A.R.S.A.se compromete a la ejecución, por vía propia o de terceros, de las obras detalladas y presupuestadas en el Anexo I del presente Convenio.Cuarta: La ejecución de las obras comprometidas por parte de A.R.S.A., incluyendo, pero no limitándose, a los procedimientos de contratación de terceros, adquisición de materiales, mano de obra, Dirección Técnica y todo lo que resulte necesario para que las mismas queden concluidas con arreglo a su fin, será responsabilidad exclusiva de dicho Organismo, quien deberá enmarcarse y velar por la aplicación de la legislación vigente que resulte aplicable.Quinta: A.R.S.A. deberá presentar ante el MOySP, a su solo requerimiento, toda la documentación que éste considere necesaria con relación a la asignación y destino de los recursos, para la presentación de los informes ante la Comisión de Seguimiento y Control, creada por el Art. 4 del Decreto Provincial N 82/09.
Sexta: LAS PARTES se comprometen a solucionar de forma amigable cualquier diferencia que surja del cumplimiento del presente Convenio.En prueba de conformidad, se firman cuatro 4 ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de Viedma, Capital de la Provincia de Río Negro, a los 10 días del mes de noviembre de 2015.

Anexo I

oOo DECRETO Nº 1837
Viedma, 13 de noviembre de 2015.
Visto, el Expte. N 95.096-EDU-15, del registro del Ministerio de Educación y Derechos Humanos;
CONSIDERANDO:
Que por el citado expediente se tramita el llamado a Licitación Pública relacionado con la ejecución de la obra: S/ En Cada Escuela Siempre Edificio a crear para J.M. N 21 - Viedma - Ley Q N 4818;
Que por Resolución N 942/15 cuya copia obra a 332/335 se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones documentación técnica y legal que conforma el Proyecto Ejecutivo para el llamado a Licitación Pública N 27/2015, se aprobó el presupuesto oficial para la ejecución de la obra mencionada precedentemente y se conformó la Comisión de Preadjudicación correspondiente;
Que se ha cumplido con las publicaciones fojas 337/339 que exige la legislación vigente;
Que a fojas 340/341, se acredita la venta de pliego de bases y condiciones efectuada mediante constancia de depósito bancario;
Que a fojas 344 obra la constancia de notificación de circular sin consulta N 1 a la empresa adquiriente del pliego licitatorio;
Que con fecha 28 de julio de 2015, se procedió a la apertura de sobres según Acta obrante a fojas 345, presentando oferta la firma Ingeniero Alejandro Lozano;
Que se procedió a realizar una verificación de la dispersión de los precios utilizando la metodología para reajuste de precios de obra pública aprobada por Decreto N 1313/2014, tramitada bajo el régimen de la Ley J N 286, de la cual surge que dicha dispersión es del 12,41%;
Que analizada la única propuesta por la citada Comisión de Preadjudicación se observó que la oferta de la firma Ingeniero Alejandro Lozano cumple con los parámetros básicos requeridos en el Pliego de Bases y Condiciones Generales y Pliego de Cláusulas Particulares ofertando construir la obra por la suma de pesos diez millones quinientos cincuenta y un mil setecientos cincuenta y siete con cuarenta y nueve centavos $
10.551.757,49 por lo cual la Comisión de Preadjudicación recomendó la ejecución de los trabajos a la empresa Ingeniero Alejandro Lozano por el monto ofertado, según consta en Acta de Preadjudicación y sus Anexos I, y II obrantes a fojas 754/760;
Que por lo expuesto es conveniente adjudicar la ejecución de la obra licitada a la firma Ingeniero Alejandro Lozano con domicilio legal en calle Basilio Villarino N 134, de la ciudad de Viedma, Cuit N 20-12707243-5;

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 23/11/2015

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaeseArgentina

Data23/11/2015

Conteggio pagine28

Numero di edizioni1925

Prima edizione03/01/2002

Ultima edizione01/08/2024

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