Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 19/11/2015

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 19 de Noviembre de 2015

BOLETIN OFICIAL N 5408

DECRETO

DECRETO Nº 1814
Viedma, 10 de noviembre de 2015.
Visto, el Expte. N 21.853-SHS-2014 del registro del Instituto de Planificación y Promoción de la Vivienda, las Leyes J N 286 de Obras Públicas, N 5.109, Decreto Provincial N 1.313/14, DNU N 04/14, y;
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto tramita la readecuación del Plan de Trabajo para la obra Adicional de Obra por movimientos de suelos S/
Obra;
Que a fojas 02 se agrega la solicitud de aplicación del Decreto N 1313/
14 y Decreto de Necesidad y Urgencia N 04/2014 por parte de la Empresa;
Que mediante Resoluciones N 834/11 y 530/14 se aprueban los Adicionales de obra para la ejecución de Pavimento de Hormigón, Red Pluvial y Red Troncal de Agua y por Movimiento de Suelos de la Obra; 270
Viviendas e Infraestructura en la localidad de San Carlos de Bariloche;
Que por Resolución N 368/14 se aprobó la ampliación de plazo contractual de la obra, estableciéndose como fecha de finalización el día 8 de mayo de 2014;
Que tramita la aplicación del Anexo I del Decreto Provincial N 140/15, reglamentario de la Ley N 5019 a los Adicionales de Obra de ejecución de Pavimento de Hormigón, Red Pluvial y Red Troncal de Agua y por Movimiento de Suelos de la Obra; 270 Viviendas e Infraestructura en la localidad de San Carlos de Bariloche, Licitación Pública N 05/2008;
Que el Decreto de Necesidad y Urgencia N 04/2014, ratificado por la Ley Provincial N 5019, declaró la emergencia de la obra pública en el ámbito de la Provincia de Río Negro autorizando al Poder Ejecutivo aplicar en forma retroactiva el régimen vigente de redeterminación de precios en los contratos de Obras Públicas;
Que según dispone el Art. 3 de la Ley N 5019 la retroactividad prevista por la norma podrá aplicarse hasta la fecha de entrada en vigencia de la Ley N 4735, respecto de los contratos de obra pública en ejecución o con recepción provisoria en tanto no hubiera transcurrido un plazo mayor a 180
días de la misma;
Que el Decreto N 1313/2014 derogó los regímenes anteriores y fijó una nueva metodología de redeterminación de Precios de los contratos de obras públicas celebrados bajo el régimen de la Ley J N 286 de Obras Públicas;
Que la Empresa presentó el cálculo, utilizando la metodología dispuesta por el Anexo I del Decreto N 140/15, reglamentario de la Ley N 5019, para su análisis y aprobación por parte del Area competente;
Que a fojas 33/37 la Subsecretaría de Hábitat Sustentable, del Instituto de Planificación y Promoción de la Vivienda I.P.P.V., conforma el cómputo efectuado por la contratista, corroborando el cumplimiento de la metodología de aplicación del Decreto previamente citado, tomando como mes base junio de 2010, para ambas obras, de conformidad a Resoluciones N 834/11
y 530/14;
Que las obras de los adicionales citados tienen mes base anterior a diciembre de 2011, se actualizo el valor del contrato desde la base hasta diciembre de 2011, y a partir de enero de 2012 se actualizó con el correspondiente índice hasta febrero de 2014, fecha de recepción provisoria para el Adicional de Obra de ejecución de Pavimento de Hormigón, Red Pluvial y Red Troncal de Agua;
Que el adicional de obra de Movimientos de Suelos no cuenta con Recepción Provisoria, el cómputo efectuado se actualiza hasta julio de 2014, según surge de Certificado de Pago N 1;
Que asimismo al monto obtenido del cálculo se le ha deducido las sumas efectivamente percibidas por la empresa con su debida actualización, a saber; anticipo, certificaciones abonadas, adjuntándose Órdenes de Pago de dichas erogaciones, de acuerdo al Art. 2 del Anexo I del Decreto N
140/15;
Que en virtud de lo explicitado anteriormente resulta necesario aprobar el monto resultante de la aplicación del Decreto citado, el cual asciende a la suma total de pesos cuatro millones novecientos cuarenta y seis mil quinientos ochenta y cinco con ochenta y cuatro centavos $ 4.946.585,84;
Que las presentes actuaciones fueron puesta a consideración del Consejo de Obras Públicas, en el marco de la competencia establecida por la Ley J N
286, Art. 75, Inc. 9 y Art. 4 del Decreto Provincial N 140/15 y Acta N
21 del Consejo de Obras Públicas, prestando dicho Consejo conformidad a la metodología empleada, conforme surge a fojas 124/125;
Que han tomado debida intervención la Dirección de Legales y Gestión Dominial del Instituto de Planificación y Promoción de la Vivienda;
Que el presente trámite se encuentra exceptuado de la intervención de Fiscalía de Estado, por estar comprendido en el Art. 1º, Inc. m de la Resolución N 119/13 del registro de dicho Organismo de Control;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Art. 181, Inc. 1 de la Constitución Provincial y la Ley N 5109.

3

Por ello, El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1º - Reconocer el monto resultante de la aplicación del Anexo I
del Decreto N 140/15, reglamentario de la Ley N 5019 por la suma de pesos cuatro millones novecientos cuarenta y seis mil quinientos ochenta y cinco con ochenta y cuatro centavos $ 4.946.585,84 para los Adicionales de obra para la ejecución de Pavimento de Hormigón, Red Pluvial y Red Troncal de Agua y por Movimiento de Suelos de la Obra: 270 Viviendas e Infraestructura en la localidad de San Carlos de Bariloche.Art. 2º - Aprobar el Acta Acuerdo que como Anexo forma parte del presente Decreto.Art. 3º - Ordenar a la Subsecretaría de Administración y Proyección Financiera a abonar a la Empresa Oriente Construcciones S.A., Cuit. N 3060446725-6, la suma reconocida en el Art. 1 del presente Decreto.Art. 4º - El presente Decreto será refrendado por el Sr. Ministro de Obras y Servicios Públicos.Art. 5º - Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.
WERETILNEC.- C. Váleri.

ACTA ACUERDO
ANEXO AL DECRETO Nº 1814
En la Ciudad de Viedma, a los días del mes de de 2015, entre el I.P.P.V. con domicilio legal en calle Winter y Murillo de Viedma, en adelante EL COMITENTE, representado en este acto por el Sr. Interventor Dcto. N 1165/15 Arq. Alejandro O. Echarren D.N.I. N 21.548.749 por una parte, y la empresa Oriente Construcciones S.A, con domicilio en la calle Guatemala N 387, de la localidad de Viedma, representada por el Ing.
Juan Armando Castelli D.N.I N 10.158.239, en adelante EL
CONTRATISTA, en el marco de la Obra Adicional de obra por movimiento de suelos.- Obra: 270 Viv. e Infraestructura en la localidad de San Carlos de Bariloche adjudicada por Licitación Pública N 05/2008, acuerdan celebrar la presente conforme establece el Anexo I al Decreto Provincial N 140, reglamentario de la Ley N 5019.
ANTECEDENTES:
Que la Contratista, en fecha 30/10/2014, manifiesta su adhesión al Decreto de Necesidad y Urgencia N 04/2014, el cual ha sido tratado y ratificado por la Honorable Legislatura en Sesión Extraordinaria el día 22/
12/2014, y registrado bajo el número de Ley 5019;
Que se han utilizado los índices aprobados por el Consejo de Obras Públicas para la Fórmula Polinómica III Escuelas Nuevas y Viviendas - Obras Nuevas correspondiente al período Enero 2012 - Octubre 2014, los cuales han sido publicados en el Boletín Oficial N 5338;
Que mediante Resolucion N 368/14 se aprueba la ampliación de plazo de obra, estableciéndose como fecha de finalización el día 8 de mayo de 2015;
Que las obras tienen mes base anterior a diciembre del 2011;
Que corresponde tomar como mes base de cálculo junio de 2010, conforme lo establecido por Resoluciones N 834/11 y 530/14 aprobatorias de los Adicionales de obra;
Conforme lo dispuesto en el Art. 2 del mencionado Decreto, el nuevo monto actualizado de contrato será afectado por el porcentaje real de obra ejecutado al mes de febrero de 2014 para el Adicional de Pavimento, y de julio del 2014 para el Adicional de Movimiento de Suelos, deduciéndose cada una de las certificaciones y redeterminaciones abonadas actualizadas con sus correspondientes índices, conforme consta en Certificados de Obra N 15
para el Adicional del Pavimento, y Certificado de Obra N 1 para el Adicional de Movimiento de Suelos;
Las partes acuerdan:
Artículo 1º - El monto a reconocer por aplicación del Decreto Nº 140/
15, Reglamentario de la Ley N 5019 para la obra Adicional de obra de Pavimento y Movimiento de suelos. Obra: 270 Viviendas e Infraestructura en la localidad de San Carlos de Bariloche - Período Febrero 2014 - Octubre 2014, asciende a la suma de pesos cuatro millones novecientos cuarenta seis mil quinientos ochenta y cinco con ochenta y cuatro centavos $ 4.946.585, 84.
Art. 2º - La suscripción del presente Acta conlleva la renuncia de EL
CONTRATISTA a todo reclamo, derecho o acción que hubiera interpuesto o pudiere interponer en el futuro por redeterminación de precios, mayores costos, compensaciones, gastos improductivos u otros supuestos perjuicios de cualquier naturaleza originados en el álea económica del contrato, por el período comprendido entre Febrero 2014 - Octubre 2014 de acuerdo a lo normado en el Art. 17 del Decreto Provincial N 1313/14.
En prueba de conformidad se firman cuatro 4 ejemplares del mismo tenor y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento del presente.

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 19/11/2015

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaeseArgentina

Data19/11/2015

Conteggio pagine32

Numero di edizioni1925

Prima edizione03/01/2002

Ultima edizione01/08/2024

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