Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 03/07/2006

Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 3 de Julio del 2006

Nº 4425

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136
Precio Ejemplar del día: $ 1,50
PUBLICACION BISEMANAL
AÑO XLVII
EDICION DE 18 PAGINAS

SECRETARIA GENERAL
DE LA GOBERNACION
Dirección de Boletín Oficial Tel. 02920 422862 - 423512 Fax 02920-430404
Laprida 212 - 8500 Viedma
Sumario en Pág. 18

DECRETOS

DECRETO Nº 584
Viedma, 15 de junio de 2006.Visto, el expediente N 16803-SP-06, del registro de la Secretaría de Familia del Ministerio de Familia, y;
CONSIDERANDO:
Que por las citadas actuaciones, se tramita la ratificación del Convenio celebrado entre el Ministerio de Familia y la Municipalidad de Maquinchao;
Que el convenio tiene como finalidad impulsar la formación, capacitación y entrenamiento laboral de Recursos Humanos vinculados directamente a Programas Nutricionales y de Promoción Familiar que ejecuta EL MINISTERIO debiendo EL MUNICIPIO
presentar proyecto especificando programa social, función, carga horaria y nómina de beneficiario;
Que el Ministerio de Familia se compromete a otorgar un aporte económico de PESOS CINCUENTA
Y DOS MIL OCHOCIENTOS $ 52.800,00 pagaderos en tres 03 cuotas trimestrales de PESOS DIECISIETE
MIL SEISCIENTOS $ 17.600,00 cada una, con destino a solventar con carácter de subsidio la contraprestación por parte de los beneficiarios;
Que a fs.10 y 11 obra Informe Técnico, donde se recomienda la suscripción del convenio;
Que la presente tramitación se encuadra en lo normado por el Artículo 2 del Decreto N 194/76 y modificatorias;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, Asesoría Legal, Contaduría General de la Provincia y la Fiscalía de Estado mediante Vista N 02122/06;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 181 Inciso 1 de la Constitución Provincial;
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro D E C R E T A:
Artículo 1.- Ratifíquese en todos sus términos el Convenio celebrado entre el Ministerio de Familia, representado por el Señor Ministro Don Alfredo Daniel PEGA DNI N 12.711.465 y la Municipalidad de la localidad de Maquinchao CUIT N 30-67293645-0, representado por su Intendente, Señor Héctor Ceferino PEREZ DNI N 05.536.827, que como anexo forma parte integrante del presente Decreto.Art. 2.- Apruébase el gasto por un monto total de pesos cincuenta y dos mil ochocientos $ 52.800,00
pagaderos en tres 03 cuotas trimestrales de pesos diecisiete mil seiscientos $ 17.600.00 cada una.Art. 3.- El importe acordado con el Municipio deberá ser girado a la orden de su Intendente, Señor Héctor Ceferino PEREZ CUIL N 23-05536827-9, siendo éste el único responsable de la administración y oportuna rendición de cuentas conforme a lo establecido en el Decreto N 194/76 y modificatorias.-

Art. 4.- Autorízase al Ministerio de Familia a efectivizar el pago del Convenio ratificado por el Artículo 1, adecuándose a las disposiciones en vigencia.Art. 5.- Comprométase la suma total de pesos cincuenta y dos mil ochocientos $ 52.800,00, afectado de la siguiente manera: pesos treinta mil $ 30.000,00 a los créditos del Programa 01, Actividad 01, Partida 572, Otras Transferencias a Municipalidades, Código de Recurso 34476 y pesos veintidós mil ochocientos $
22.800,00 a los créditos del Programa 01. Actividad 01.
Partida 572, Otras Transferencias a Municipalidades, Código de Recurso 11721. a cargo del Ministerio de Familia.
Art. 6.-El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Familia.Art. 7.- Regístrese, comuníquese, publíquese, tómese razón, dése al Boletín Oficial y archívese.SAIZ.- A. D. Pega.
CONVENIO ENTRE EL MINISTERIO DE FAMILIA
DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO
Y LA MUNICIPALIDAD DE MAQUINCHAO
AÑO 2.006
Entre el MINISTERIO DE FAMILIA de la Provincia de Río Negro, representada en este acto por el Ministro de Familia Señor Alfredo Daniel PEGA DNI N
12.711.465, en adelante EL MINISTERIO, con domicilio en calle Belgrano y Buenos Aires, de la ciudad de Viedma, por una parte, y el MUNICIPIO DE
MAQUINCHAO representado en este acto por su Intendente, Señor Héctor Ceferino PEREZ DNI N
5.536.827 con domicilio en calle Independencia N 786
la localidad de Maquinchao, por la otra, acuerdan en celebrar el presente Convenio, sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones:
PRIMERA: El presente Convenio tiene como finalidad impulsar la formación, capacitación y entrenamiento laboral de Recursos Humanos vinculados directamente a Programas Nutricionales y de Promoción Familiar que ejecuta EL MINISTERIO
debiendo EL MUNICIPIO presentar proyecto especificando programa social, función, carga horaria y nómina de beneficiarios.SEGUNDA: EL MINISTERIO se compromete a otorgar un aporte económico de PESOS CINCUENTA
Y DOS MIL OCHOCIENTOS S 52.800,00, pagaderos en tres 03 cuotas Trimestrales de PESOS DIECISIETE
MIL SEISCIENTOS $ 17.600,00 cada una, con destino a solventar con carácter de subsidio la contraprestación por parte de los beneficiarios.TERCERA: Los beneficiarios afectados al presente Convenio no tendrán relación laboral alguna y de dependencia funcional con EL MINISTERIO.
estando por lo tanto los beneficiarios vinculados con EL MUNICIPIO quien será responsable exclusivo de fijar la modalidad de contraprestación y asumirá las obligaciones de seguros de ART y las relacionadas con aquella vinculación.-

CUARTA: EL MINISTERIO no reconocerá ningún otro gasto que no fuera de los establecidos y expresados en el presente Convenio, quedando por cuenta de EL MUNICIPIO todas las erogaciones que fueran necesarias para su normal funcionamiento.QUINTA: EL plazo de duración del presente Convenio se extiende por el termino de once 11 meses, a partir de la firma del mismo, pudiendo ser prorrogado por igual período con expresa conformidad de las partes. Asimismo, pueden rescindir el Convenio en forma unilateral, debiendo notificar en forma fehaciente a la contraparte, con una antelación no menor a TREINTA 30 días. Dicha rescisión no dará derecho a reclamar indemnización alguna, salvo el cumplimiento de las obligaciones pendientes.SEXTA: EL MUNICIPIO, se compromete a rendir cuenta documentada del destino de los aportes mediante certificación del Tribunal de Cuentas Municipal en forma puntual, quedando sujeta la transferencia posterior correspondiente a la recepción y aprobación de la misma, de acuerdo a las normas administrativas provinciales vigentes.SÉPTIMA: EL MINISTERIO, realizará el seguimiento y controlará el debido cumplimiento de lo estipulado en el presente Convenio, debiendo EL
MUNICIPIO brindar las facilidades necesarias a tal fin.OCTAVA: A todos los efectos legales derivados del presente Convenio, las partes constituyen domicilio al inicio del presente, en los que se tendrán por válidas todas las notificaciones que deberán cursarse mientras no se notifique en forma fehaciente el cambio de ellos.NOVENA: Las partes se someten, para todos los efectos derivados del presente Convenio, a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la ciudad de Viedma, haciendo expresa renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponder.En prueba de conformidad se firman cuatro 04
ejemplares de un mismo tenor a un solo efecto, en la ciudad de Viedma a los 01 de Febrero año 2006.oOo DECRETO Nº 585
Viedma, 15 de junio de 2006.Visto, el expediente N 16805-SP-06, del registro de la Secretaría de Familia del Ministerio de Familia, y;
CONSIDERANDO:
Que por las citadas actuaciones, se tramita la ratificación del Convenio celebrado entre el Ministerio de Familia y la Municipalidad de Los Menucos;
Que el Convenio tiene como finalidad impulsar la formación, capacitación y entrenamiento laboral de Recursos Humanos vinculados directamente a Programas Nutricionales y de Promoción Familiar que ejecuta EL MINISTERIO debiendo EL MUNICIPIO
presentar proyecto especificando programa social, función, carga horaria y nómina de beneficiarios;

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 03/07/2006

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaeseArgentina

Data03/07/2006

Conteggio pagine18

Numero di edizioni1916

Prima edizione03/01/2002

Ultima edizione01/07/2024

Scarica questa edizione

Altre edizioni

<<<Julio 2006>>>
DLMMJVS
1
2345678
9101112131415
16171819202122
23242526272829
3031