Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 08/06/2015 - 4º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

CÓRDOBA, 8 de junio de 2015

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Cuarta Sección
BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCVI - Nº 105

SECCIÓN

AÑO CII - TOMO DCVI - Nº 105
CORDOBA, R.A., LUNES 8 DE JUNIO DE 2015

CONCESIONES, LICITACIONES, SERVICIOS PÚBLICOS

Y

CONTRATACIONES

EN

www.boletinoficialcba.gov.ar E-mail: boletinoficialcba@cba.gov.ar
GENERAL

PRIMERA PUBLICACION
LICITACIONES
MINISTERIO DE EDUCACION
PRESIDENCIA DE LA NACION
MUNICIPALIDAD DE UCACHA
Llamado a Licitación Objeto: Construcción de Jardín Maternal. Licitación N 01/2015 Presupuesto Oficial $
4.394.497. Garantía de oferta exigida % 1. Fecha de apertura: 26/06/2015 - Hora: 12:00
Lugar: Municipalidad de Ucacha. Plazo de entrega: 365. Valor del pliego $ 1000. Lugar de adquisición del Pliego: Municipalidad de Ucacha. Financiamiento Ministerio de Educación de la Nación.
10 días 9850 19/6/2015 - $ 2922
UNIVERSIDAD NACIONAL DE CÓRDOBA UNC
FACULTAD DE CIENCIAS QUÍMICAS
Contratación Directa TS 231/2015
Objeto: adquisición de fungibles y equipamiento de computación para distintas Áreas de esta Facultad. Expte. 0025635/2015. Acto de apertura: jueves 18 de junio de 2015 a las 11:00
horas, en Facultad de Ciencias Químicas Medina Allende esq. Haya de la Torre - Ciudad Universitaria 5000 Córdoba - Tel. 0351-5353856. Los pliegos serán sin cargo y podrán retirarse y consultarse hasta el 17 de junio de 2015 a las 11:00 horas en: Áreas Económico Financiera de Facultad de Ciencias Químicas en días hábiles administrativos de lunes a jueves de 9 a 12 horas.
2 días - 9884 - 9/6/2015 - $ 709,68

NOTIFICACIONES
UNIDAD EJECUTORA LEY 9150
EDICTOS: El presidente de la Unidad Ejecutora para el Saneamiento de Títulos en el expediente 0535-102817/2013 MENDOZA ESTHER T. - Solicita Inscripción en Registro de Posesión - por el cual se tramita la solicitud de inscripción de posesión, requerida por MENDOZA ESTHER T. DNI 5.628.371.- sobre un inmueble de 418,59 M2 ubicado en calle Alfonsina Storni s/n, Loc. Villa de María, Dpto. Río Seco, Pedanía Villa de María, que linda según plano de mensura acompañada a autos, en su costado NORTE con calle Alfonsina Storni, en su costado SUR con Parcela 003 Bustos Saúl Efraín sin inscripción de dominio, al ESTE con parcela sin designación María Islas de Montenogrosin inscripción de dominio Posesión de Osvaldo Contrera y en su costado OESTE con parcela 9 Sucesión de Gerarda Jorgelina Roldan de Mendoza sin inscripción dominial; siendo titular de la cuenta N 26021813128/1 Mz. 42, Lt A SUCESION INDIVISA DE MENDOZA JUSTO cita al titular de cuenta mencionado SUCESION INDIVISA DE MENDOZA JUSTO y/o a quienes se consideren
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con derechos sobre el inmueble descripto precedentemente, para que en el plazo perentorio de sesenta 60 días se presenten ante la Unidad Ejecutora sita en calle Rivera Indarte 33Ciudad de Córdoba y efectúen las manifestaciones y/u oposiciones que estimen pertinentes, bajo apercibimiento de proceder como lo establece el primer párrafo del art. 14 de la Ley 9150.Fdo. Sr. Norberto A. Sosa Campana, Presidente de la Unidad Ejecutora Cba 17/04/2015.
Art. 14, 1er párrafoLey 9150. En caso de no mediar oposición del titular registral en el plazo perentorio de sesenta 60 días computados desde el diligenciamiento de la notificación o desde la última publicación, la UNIDAD EJECUTORA procederá a dar curso al requerimiento formulado, a través de la correspondiente resolución que ordene la inscripción
5 días - Nº 8731 - s/c - 12/06/2015 - BOE
MINISTERIO DE FINANZAS
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
RESOLUCIÓN DJRGDA-M 0197/2015 - Córdoba, 21 MAY 2015 - VISTO, este expediente Nº SF 8495974/14, resulta que de los antecedentes obrantes en autos, la firma responsable CAMARA ARGENTINA DEL MANI, inscripta en el Impuesto de Sellos como Agente de Retención bajo el Nº 40000063, y en la A.F.I.P. con la C.U.I.T. N: 30-60764531-7, con domicilio en calle BELGRANO Nº 49 Piso 5 Dpto/Oficina 4 de la localidad Córdoba, Pcia. de Córdoba, se instruyó Sumario con fecha 15-12-14, y CONSIDERANDO: Que instruido el Sumario y corrida la vista de Ley por el término de QUINCE 15 DIAS, para que la parte ejerza su derecho defensa y ofrezca las pruebas que entiende hacen a su derecho Art. 82 del C.T.P. Ley 6006
t.o. 2012 decreto 574 y modif.-, la misma deja vencer el plazo sin presentar objeción alguna.
Que dicha instrucción de Sumario fue notificada de acuerdo a lo establecido en el Art. 63 inc.
d 2º párrafo y Art. 54 y 58 Ley procedimiento Administrativo N 6658 y modificatorias siendo el último día de publicación en el Boletín oficial el 11/04/2015, y Que debe quedar en claro que los contribuyentes, responsables y terceros están obligados a cumplir los Deberes establecidos por éste Código o Leyes Tributarias Especiales, para facilitar a la Dirección el ejercicio de sus funciones Art. 45 Primer Párrafo del CTP. Que de las constancias obrantes en autos se desprende que la firma contribuyente no ha cumplimentado en los términos del Art.
45 inc. 2 al no haber presentado la Declaración Jurada correspondiente a los periodos Abril a Diciembre 2013 y Enero a Abril 2014, dentro del plazo previsto en la Resolución Ministerial vigente. Que atento a la naturaleza jurídica de las infracciones que aquí se juzgan, la conducta descripta por el contribuyente como en este caso es la no presentación en tiempo y forma de la Declaración Jurada de hechos imponibles que el CTP o Leyes especiales le atribuyan, y el no cumplimiento a la intimación de la Dirección, actúa como presupuesto objetivo de responsabilidad tributaria por su sola configuración, máxime si se tiene en cuenta que el contribuyente no ha aportado elementos jurídicamente relevantes.- Que en consecuencia la infracción por incumplimiento a los deberes formales, se encuentra configurada, deviniendo pertinente la sanción a la Responsable de referencia con una Multa que en esta instancia se gradúa en la Suma de Pesos DIECINUEVE MIL CON 00/100 CENTAVOS $ 19.000,00.
Señálese que a fin de cuantificar la Multa se tuvo en cuenta, lo establecido en el segundo párrafo del Art. 70 del C.T.P. -Ley 6006 t.o 2012 decreto 574 y modif., el cual nos lleva al Art 2
de la LIA en su apartado A Obligaciones hasta año 2012, Inc. 3 dice: Omisión de presentar declaraciones juradas: 3.- Agentes de Retención, Percepción y/o Recaudación y Grandes Contribuyentes de acuerdo a las disposiciones de la Resolución 123/2007 del Ministerio de Finanzas y complementarias. Obligaciones desde año 2013, Inc. 4 dice: Omisión de presentar declaraciones juradas: 4.- Por regímenes de retención, percepción y/o recaudación.- Que en virtud de lo manifestado precedentemente y existiendo elementos de convicción que la sostienen, debe darse por cierta la materialidad de la infracción que se le imputa, la cual transgrede normas tributarias de cumplimiento obligatorio, resultando incuestionable la aplicación al caso del régimen sancionatorio del Art. 70 del C.T.P. Ley 6006

www.boletinoficialcba.gov.ar
boletinoficialcba@cba.gov.ar boletinoficialweb@cba.gov.ar
Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba - Ley Nº 10.074
Santa Rosa 740 - Tel. 0351 434-2126/2127
X5000ESP CORDOBA - ARGENTINA
Atención al Público: Lunes a Viernes de 8:00 a 20:00 hs.
Subdirector de Jurisdicción: Cr. CÉSAR SAPINO LERDA

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 08/06/2015 - 4º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

PaeseArgentina

Data08/06/2015

Conteggio pagine8

Numero di edizioni4009

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione12/07/2024

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