Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 16/03/2018 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria
VIERNES 16 DE MARZO DE 2018
AÑO CV - TOMO DCXXXIX - Nº 53
CORDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar
1

a SECCION

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

ACUERDO NÚMERO OCHENTA SERIE A En la ciudad de Córdoba, a veintiséis dias del mes de febrero del año dos mil dieciocho, bajo la Presidencia de su titular Doctora Aida Lucia Teresa TARDITTI se reúnen los Sres. Vocales integrantes del Tribunal Superior de Justicia, Doctores Domingo Juan SESIN, Luis Enrique RUBIO y Sebastián Cruz LOPEZ PEÑA
con la asistencia de la Señor Director General del Área de Administración a cargo de la Administración General, Lic. César Augusto BARTOLOMEI y ACORDARON:
Y VISTO: La necesidad de contar con aspirantes en condiciones de cubrir cargos de Prosecretario Letrado para las Cámaras y Fiscalías del Fuero Contencioso Administrativo del Centro Judicial de Capital.
Y CONSIDERANDO: 1.- Que la convocatoria procura garantizar la legitimidad de los mecanismos institucionales de promoción a los cargos superiores, a través de un sistema de concurso orientado a la selección y evaluación integral del postulante acorde a objetivos cognitivos, actitudinales y operativos, inherentes al rol.
2.- De conformidad a lo dispuesto por el Acuerdo Reglamentario N 1402
Serie A del 01/03/2017, corresponde fijar las reglas de la convocatoria de aspirantes, la jerarquía del cargo a cubrir, condiciones de admisión, integración del Tribunal Examinador, modalidad de selección, modalidad y plazos de inscripción, pautas de corrección y evaluación de antecedentes y demás aspectos vinculados con el concurso.
3.- En resguardo de los principios de trasparencia, igualdad, objetividad y selección por idoneidad, pilares del régimen de concursos de este Poder Judicial, se establecen pautas que los concursantes deberán observar y respetar para el correcto desarrollo y consecución del examen. Las mismas han sido establecidas en base a la experiencia de la Oficina de Concursos y Junta de Calificaciones del Área de Recursos Humanos en la organización y ejecución de convocatorias anteriores y el análisis observado en el comportamiento de los postulantes. El incumplimiento de las mismas conlleva la exclusión del postulante prevista en el Acuerdo Reglamentario Nº 1402 Serie A del 01/03/2017.
Por ello, SE RESUELVE:
Artículo 1.LLAMADO.
CONVOCAR a concurso de antecedentes y oposición, a los fines de confeccionar el orden de mérito de postulantes en condiciones de ser designados en cargos definitivos, interinos o suplentes de: Prosecretario Letrado para las Cámaras y Fiscalías del Fuero Contencioso Administrativo del Centro Judicial de Capital.
Los nombramientos serán oportunamente efectuados en función de las necesidades del servicio, tomando en consideración el orden de mérito que resulte, sin que la participación o resultado del concurso obligue a la designación del aspirante, más allá del número de vacantes que deban cubrirse.
Los llamamientos en cargos suplentes se efectuarán una vez provistos BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS

SUMARIO
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
Acuerdo N 80 A Pag. 1
Acuerdo N 81 A Pag. 5
Acuerdo N 82 A Pag. 8
Acuerdo N 83 A Pag. 12
Acuerdo N 84 A Pag. 15
Acuerdo N 85 A Pag. 18
MINISTERIO DE EDUCACION
SECRETARIA DE EDUCACION
Resolución N 92 Pag. 22
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
DIRECCION DE INSPECCION DE PERSONAS JURIDICAS
Resolución N 13 A Pag. 22
Resolución N 14 A Pag. 23
Resolución N 22 A Pag. 23

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los correspondientes a cargos vacantes y de conformidad a las disponibilidades existentes. El cese de la sustitución en tal condición suplente no genera para el agente la posibilidad de solicitar su ubicación en otra cadena de reemplazos existentes ocupada por quien se encuentre en una ubicación inferior del orden de mérito aprobado; debiendo en todos los casos esperar la configuración de una nueva suplencia para poder ser reestablecido a dicha jerarquía.
Artículo 2. REQUISITOS.
LOS aspirantes deberán reunir al tiempo de inscripción como mínimo los siguientes requisitos:
A Ser agente de planta permanente con una antigedad no inferior a seis 6 años en el Poder Judicial como personal administrativo rentado. A efectos del cumplimiento del requisito temporal, no se consideran los periodos en que el agente hubiese gozado de licencias sin goce de haberes.
B Tener mayoría de edad y título de abogado expedido por Universidad estatal o privada habilitada.
Artículo 3.- INSCRIPCIÓN - RENUNCIA
LOS postulantes deben inscribirse a través de Internet, completando la Solicitud de Inscripción publicada en el Sitio Oficial del Poder Judicial www.
justiciacordoba.gob.ar o Portal de Aplicaciones intranet en la sección Concurso de Cargos, cuyo modelo se incorpora y aprueba como Anexo A, hasta el día 18 de abril de 2018 a las 14 hs. inclusive.
Vencido el plazo y conforme el legajo personal digital de cada inscripto la Oficina de Concursos y Junta de Calificaciones, publicará, a través del medio mencionado anteriormente, el listado de los postulantes admitidos.
Renuncia inscripción al concurso: El postulante que desista de dar los exámenes correspondientes, deberá registrar su renuncia a través del Sitio Oficial del Poder Judicial www.justiciacordoba.gob.ar o Portal de Aplicaciones intranet hasta cinco 5 días hábiles antes de la fecha del examen.
El agente que no cumpla con lo establecido se ajustará a la sanción pecu-

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 16/03/2018 - 1º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaeseArgentina

Data16/03/2018

Conteggio pagine33

Numero di edizioni4177

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione12/07/2024

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