Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 09/03/2018 - 1º Sección

Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.

Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

VIERNES 9 DE MARZO DE 2018
AÑO CV - TOMO DCXXXIX - Nº 48
CORDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar
MINISTERIO DE EDUCACIÓN

1

a SECCION

Resolución N 188

LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS

SUMARIO
MINISTERIO DE EDUCACION
Resolución N 188 Pag. 1

Córdoba, 7 de marzo de 2018

MINISTERIO DE EDUCACION
SECRETARIA DE EDUCACION
Resolución N 71 Pag. 1

VISTO: La Ley de Educación Nacional N 26.206 y la Ley de Educación Provincial N 9870, las Resoluciones del CFE Nros. 84/09, 93/09, 280/16
y 330/17.

ENTE REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
ERSEP
Resolución General N 11 Pag. 2

Y CONSIDERANDO:
Que la educación secundaria obligatoria establecida en la Ley de Educación Nacional y Provincial recupera la centralidad de los adolescentes y jóvenes como sujetos de derechos a la educación.
Que las autoridades educativas y las instituciones escolares de nivel, deben asegurar todos los medios necesarios para que el derecho a la educación secundaria obligatoria, no sólo se limite al ingreso sino a la permanencia y egreso de los estudiantes con trayectorias escolares relevantes y aprendizajes y contenidos fundamentales.
Que en este sentido, se hace necesario proponer alternativas institucionales y pedagógicas para la efectiva escolarizacion y sostenimiento de las trayectorias escolares de los alumnos para garantizar la finalidad propia del nivel: habilitar a los adolescentes y jóvenes para el ejercicio plena de su ciudadanía, para el mundo del trabajo y la continuidad de sus estudios.
Que entre las dimensiones que requieren acciones concretas esta el regimen académico entendido como el instrumento de gestión que ordena, integra y articula las normas y las prácticas institucionales que regulan las trayectorias escolares continuas y completas de los estudiantes y define los modos de la organización en lo pedagógico didáctico, institucional, administrativo y comunitario de la escuela.
Por ello y facultades que le son propias;
EL MINISTRO DE EDUCACION
RESUELVE
Art: 1.- APROBAR el Programa Nuevo Régimen Académico para la Escuela Secundaria a partir del Ciclo Lectivo 2018 en los Centros Educativos nominados en el Anexo I, el que compuesto de dos 2 fojas, forma parte del presente instrumento legal.
Art 2.- APROBAR el Régimen Académico de la Educación Secundaria de la Provincia de Córdoba para el Programa Nuevo Régimen Académico para la Escuela Secundaria y que compuesto de dieciséis 16 fojas, como Anexo II se incorpora a la presente Resolución Art 3.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO: PROF. WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE EDUCACIÓN

ANEXO: https goo.gl/aiYCsQ
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Y FINANCIAMIENTO
Resolución N 61 Pag. 3
Resolución N 60 Pag. 4
Resolución N 56 Pag. 5
Resolución N 17 Pag. 6
Resolución N 18 Pag. 7
Resolución N 19 Pag. 8
MINISTERIO DE VIVIENDA, ARQUITECTURA Y OBRAS VIALES
Resolución N 415 Pag. 8

continua en pagina 2

MINISTERIO DE EDUCACION

SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
Resolución N 71
Córdoba, 7 de marzo de 2018
VISTO: El procedimiento establecido por la Ley N 10237 y su Decreto reglamentario N 930/15 respecto a la designación de los miembros de los Jurados de Concursos para la cobertura de cargos Directivos, Y CONSIDERANDO:
Que por Resolución N 994/17, N 995/17 y N 996/17 de la Dirección General de Educación Técnica y Formación Profesional ha convocado a Concurso de Títulos, Antecedentes y Oposición para cubrir veintinueve 29 cargos de Director y trece 13 cargos de Vicedirector de esa Dirección General.
Que la Ley N 10237 en su artículo 6 prevé la integración del Jurado de Concursos y entre sus miembros se establece un representante elegido por los concursantes.

Que el artículo 30 del Decreto N 930/15 regula el procedimiento para la elección del mencionado jurado.
Que ante la Comisión Permanente de Concurso, se dio cumplimiento a la notificación de la lista de orden definitiva y elección del jurado que representa a los concursantes.
Que realizado el escrutinio previsto en el Art 30 Punto II, Decreto N
930/15 resultaron electos con carácter de titular y suplente, por haber obtenido la mayor cantidad de votos válidos emitidos los profesores que se
1

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 09/03/2018 - 1º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaeseArgentina

Data09/03/2018

Conteggio pagine14

Numero di edizioni4177

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione12/07/2024

Scarica questa edizione

Altre edizioni

<<<Marzo 2018>>>
DLMMJVS
123
45678910
11121314151617
18192021222324
25262728293031