Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 19/11/2015 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CÓRDOBA, 19 de Noviembre de 2015

Primera Sección
BOLETÍN OFICIAL - A ÑO CII - T OMO DCXI - Nº 223

dispuestos. III Determinar que las solicitudes de que da cuenta el artículo precedente serán receptadas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Córdoba Capitaldentro del horario que éste determine, a partir del dieciséis de noviembre de dos mil quince y hasta el dieciséis de diciembre de dos mil. Debiendo ser entregadas a este Tribunal dentro de los diez días hábiles siguiente, bajo apercibimiento de cargar con el mayor costo que su demora ocasione a fin de remitir a la oficina de Concursos y Junta de Calificaciones del Área de Recursos Humanos dependiente del Tribunal Superior de Justicia. IV Fijar como fecha de sorteo de postulantes a integrar las listas el 01/03/2016 o día hábil siguiente, manteniéndose la vigencia de la lista existente hasta la firmeza de la nueva lista. Protocolícese, hágase saber y dése copia.
5 días - Nº 31665 - s/c - 24/11/2015 - BOE

ACLARATORIA CONVOCATORIA SINDICOS CRUZ DEL EJE
AUTO INTERLOCUTORIO NÚMERO: 58. CRUZ DEL EJE, 13/11/2015. Y VISTOS: Estos autos caratulados: "LISTA DE SÍNDICOS CUATRENIO 2016/2020, CONFORME ART. 253, LEY CONCURSAL", Expte. N 2444149, del 07/09/2015, pasados a despacho a los fines de aclarar el auto interlocutorio número 52, del 02/11/2015. Y CONSIDERANDO: I.- Que en el apartado III de los considerandos y en el apartado III de la parte resolutiva del auto interlocutorio número 52, del 02/11/2015, se advirtió la comisión de un error material que debe ser enmendado al fijar la fecha en la cual deben presentar las solicitudes los síndicos.
En consecuencia, de acuerdo al art. 336 del CPCC, debe corregirse el error material apuntado por lo que donde dice: " que se determina a partir del dieciséis de noviembre de dos mil quince hasta el dieciséis de diciembre de dos mil debe decir: " que se determina a partir del dieciséis de noviembre de dos mil quince hasta el dieciséis de diciembre de dos mil quince Por lo expuesto, y de acuerdo a la prescripto por el art. 336 del C.P.C.C., el Tribunal RESUELVE: I.- Aclarar el auto interlocutorio número 52, del 02/11/2015, y, en su mérito, enmendar el apartado III de los considerandos y el apartado III de la parte resolutiva y donde dice: " que se determina a partir del dieciséis de noviembre de dos mil quince hasta el dieciséis de diciembre de dos mil debe decir: " que se determina a partir del dieciséis de noviembre de dos mil quince hasta el dieciséis de diciembre de dos mil quince
Protocolícese, hágase saber y agréguese copia en autos.
5 días - Nº 31666 - s/c - 24/11/2015 - BOE

CONVOCATORIA SINDICOS CRUZ DEL EJE
AUTO INTERLOCUTORIO NÚMERO: 60. - CRUZ DEL EJE, 18/11/2015. Y VISTOS:
Estos autos caratulados: "LISTA DE SÍNDICOS CUATRENIO 2016/2020, CONFORME ART.
253, LEY CONCURSAL", Expte. N 2444149, del 07/09/2015, pasados a despacho a los fines de aclarar el auto interlocutorio número 52, del 02/11/2015. Y CONSIDERANDO: I.Que el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Córdoba solicitó a fs. 1 que la inscripción de los contadores públicos que tengan interés de inscribirse como síndicos se realice a través del sistema on line, a través del cual los interesados deberán completar la solicitud vía web, adjuntando los antecedentes respaldatorios en pdf, información que será validada con posterioridad por dicho Consejo a los efectos de la obtención de la inscripción definitiva - II.- Que en las resoluciones Nº 52, de fecha 02/11/2015, y en la Nº 58, de fecha 13/11/2015, aclaratoria de la primera, no se ha evacuado dicha inquietud. Que conforme lo dispone el art. 336 del CPCC deben ampliarse los autos interlocutorios Nº 52 y Nº 58 en cuanto a la inscripción por sistema on line. En su mérito, deberá enmendarse el sistema de inscripción fijado en los apartados III de los considerandos y de la parte resolutiva del auto interlocutorio Nº 52, a cuyo fin los interesados para inscribirse deberán ingresar a la página web del CPCE http www.cpcecba.org.ar/autogestion/, ingresar la clave correspondiente, completar la solicitud de inscripción y anexar los antecedentes en formato PDF, según las instrucciones del sistema informático creado a tal fin. En el plazo de 72 horas de emitida la constancia de inscripción, los postulantes deberán validar la documentación que acredita los antecedentes acompañados, mediante los originales respectivos, que deberán ser presentados en la sede central del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Córdoba o en sus delegaciones. En dicha oportunidad deberán acompañar copia del comprobante de pago de la tasa de justicia Ley 10.250, art. 114 punto 2.4, rubricada por el profesional. Las inscripciones cuyos antecedentes no hayan sido validados mediante los respectivos originales no serán considerados. III.- Asimismo, se debe ampliar el plazo de inscripción hasta el treinta de diciembre de dos mil quince por razones de organización. Por lo expuesto, y de acuerdo a la prescripto por el art. 336 del C.P.C.C., el Tribunal RESUELVE: I.- Enmendar los apartados III
de los considerandos y de la parte resolutiva del auto interlocutorio número 52, de fecha 02/11/
2015, y, en su mérito, para inscribirse los interesados deberán ingresar a la página web del CPCE
http www.cpcecba.org.ar/autogestion/, ingresar la clave correspondiente, completar la solicitud de inscripción y anexar los antecedentes en formato PDF, según las instrucciones del sistema informático creado a tal fin. En el plazo de 72 horas de emitida la constancia de inscripción, los postulantes deberán validar la documentación que acredita los antecedentes acompañados, mediante los originales respectivos, que deberán ser presentados en la sede central del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Córdoba o en sus delegaciones. En dicha oportunidad deberán acompañar copia del comprobante de pago de la tasa de justicia Ley 10.250, art. 114
punto 2.4, rubricada por el profesional. Las inscripciones cuyos antecedentes no hayan sido validados mediante los respectivos originales no serán considerados. II.- Ampliar el plazo de inscripción fijado en el auto interlocutorio número 52 de fecha 02/11/2015 y su aclaratorio auto interlocutorio número 58 de fecha 13/11/2015 y, en consecuencia, extenderlo al treinta de diciembre de dos mil quince por razones de organización. Protocolícese, hágase saber y agréguese copia en autos. Fdo.: Dres. Ricardo Francisco Seco, Eduardo Sársfield y Omar René Sarich, Vocales de la Cámara en lo Civil y Comercial, del Trabajo, Familia y Contencioso Administrativo de Cruz del Eje - Adriana Elda Damiani, Secretaria letrada de Cámara.
5 días - Nº 31916 - s/c - 25/11/2015 - BOE

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MINISTERIO DE

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Resolución N 106

Resolución N 105

Córdoba, 16 de julio de 2015

Córdoba, 16 de julio de 2015

VISTO: El Expediente Nº 0493-019970/2015
en el que se propicia la formalización de ajustes en la distribución de los Recursos Financieros y en el Plan de Inversiones Públicas asignadas por el Presupuesto General de la Administración Provincial en vigencia, la Ley N 9086 y el Decreto N 150/04 y modificatorias, correspondiente a las Unidades Administrativas Nros. 35 y 40 de esta Jurisdicción.

VISTO: El Expediente Nº 0493-019971/2015
en el que se propicia la formalización de ajustes en la distribución de los Recursos Financieros y en el Plan de Inversiones Públicas asignadas por el Presupuesto General de la Administración Provincial en vigencia, la Ley N 9086 y el Decreto N 150/04 y modificatorias, correspondiente a las Unidades Administrativas Nros. 35 y 40 de esta Jurisdicción.

Y CONSIDERANDO:

Y CONSIDERANDO:

Que por Decreto N 2881/2011 se restablecen las facultades oportunamente conferidas a los titulares de cada uno de los Poderes y Jurisdicciones de la Administración Central por Decreto Nro. 150/04, en el marco de la reglamentación de la Ley Nro. 9086 de Administración Financiera y de Control Interno de la Administración General del Estado Provincial.
Que asimismo, la normativa legal dispone que se formalicen dichas modificaciones mediante el dictado de una Resolución mensual.
Que las modificaciones propuestas se encuadran en las disposiciones legales vigentes, de acuerdo a los Artículos 31 y 10 in fine de la citada Ley de Administración Financiera y del Control Interno de la Administración General del Estado Provincial N 9086.
Que la Dirección de Jurisdicción de Administración de esta cartera Ministerial, da cuenta que se ha dado cumplimiento a las previsiones establecidas para las modificaciones presupuestarias establecidas por la Resolución Nro. 2/2014 de la Secretaria de Administración Financiera.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción Legales de este Ministerio bajo el N 123/2015, en ejercicio de sus atribuciones;

Que por Decreto N 2881/2011 se restablecen las facultades oportunamente conferidas a los titulares de cada uno de los Poderes y Jurisdicciones de la Administración Central por Decreto Nro. 150/04, en el marco de la reglamentación de la Ley Nro. 9086 de Administración Financiera y de Control Interno de la Administración General del Estado Provincial.
Que asimismo, la normativa legal dispone que se formalicen dichas modificaciones mediante el dictado de una Resolución mensual.
Que las modificaciones propuestas se encuadran en las disposiciones legales vigentes, de acuerdo a los Artículos 31 y 10 in fine de la citada Ley de Administración Financiera y del Control Interno de la Administración General del Estado Provincial N 9086.
Que la Dirección de Jurisdicción de Administración de esta cartera ministerial, da cuenta que se ha dado cumplimiento a las previsiones establecidas para las modificaciones presupuestarias establecidas por la Resolución Nro. 2/2014 de la Secretaria de Administración Financiera Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción Legales de este Ministerio bajo el N 122/2015, en ejercicio de sus atribuciones;

LA MINISTRA DE JUSTICIA Y
DERECHOS HUMANOS
R E S U E L V E:

LA MINISTRA DE JUSTICIA Y
DERECHOS HUMANOS
R E S U E L V E:

1º.- FORMALÍZASE la modificación en la asignación de Recursos Financieros del Presupuesto General de la Administración Provincial año 2015, de conformidad con el reporte compactado que incluye la compensación de recursos financieros correspondiente al mes de febrero de 2015 de las Unidades Administrativas Nros. 35 - Servicio Penitenciario de Cordoba y 40 - Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de esta Jurisdicción, el que como Anexo Único compuesto de dos 02 fojas útiles, forma parte integrante de la presente Resolución.

1º.- FORMALÍZASE la modificación en la asignación de Recursos Financieros del Presupuesto General de la Administración Provincial año 2015, de conformidad con el reporte compactado, que incluye la compensación de recursos financieros correspondiente al mes de marzo de 2015, de las Unidades Administrativas Nros. 35 - Servicio Penitenciario de Cordoba y 40 - Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de esta Jurisdicción, el que como Anexo Único, compuesto de dos 02 fojas útiles, forma parte integrante de la presente Resolución.

2º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese a la Dirección General de Presupuesto e Inversiones Públicas, al Tribunal de Cuentas y a la Legislatura, publíquese en el Boletín Oficial, y archívese.

2º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese a la Dirección General de Presupuesto e Inversiones Públicas, al Tribunal de Cuentas y a la Legislatura, publíquese en el Boletín Oficial, y archívese.

DRA. GRACIELA CHAYEP
MINISTRA DE JUSTICIA Y
DERECHOS HUMANOS

DRA. GRACIELA CHAYEP
MINISTRA DE JUSTICIA Y
DERECHOS HUMANOS

ANEXO

ANEXO

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Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 19/11/2015 - 1º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaeseArgentina

Data19/11/2015

Conteggio pagine4

Numero di edizioni4189

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione30/07/2024

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