Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 19/11/2015 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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Primera Sección
B OLETÍN OFICIAL - A ÑO CII - T OMO DCXI - Nº 223

CÓRDOBA, 19 de Noviembre de 2015

MINISTERIO DE

VIENE DE TAPA

Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Finanzas y por el señor Fiscal de Estado.

GESTION PUBLICA

Artículo 3º PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
DRA. VERÓNICA LUCIA BRUERA
MINISTRA DE GESTIÓN PÚBLICA
JORGE EDUARDO CÓRDOBA
FISCAL DE ESTADO
ANEXO
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Decreto N 826

Córdoba, 3 de agosto de 2015

VISTO: El Expediente Nº 0109-105542/2011, del Registro del Ministerio de Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que obran antecedentes relacionados con la creación de una Escuela de Nivel Inicial de Tercera Categoría en la localidad de Cañada de Río Pinto -Departamento Ischilín-, bajo la dependencia de la Dirección General de Nivel Inicial y Primario -Ministerio de Educación-.
Que tal iniciativa se fundamenta en la necesidad de brindar dicho servicio educativo a una significativa población escolar perteneciente a familias afincadas en el sector.
Que por Resolución N 0789/14, emanada por la citada Dirección General, se dispone -ad referéndum de la superioridadla desanexación del servicio en cuestión, como así también se impulsa la creación del mismo.
Que obra en autos la Resolución N 146/12 de la Inspección General de la citada Dirección General, otorgando un cargo 1
de Director Escuela Primaria de Tercera del Presupuesto General de la Provincia en vigencia, necesario para el funcionamiento como unidad educativa independiente.
Que surge de lo actuado en autos que la aludida escuela funciona en edificio propio.
Que teniendo en cuenta los informes favorables de las oficinas técnicas intervinientes, resulta procedente en esta instancia acceder a lo procurado, al amparo de lo establecido en los arts.
4 y 5 y concordantes de la Ley Nº 9870.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo dictaminado por el Área Jurídica del Ministerio de Educación con el N 0187/15, por Fiscalía de Estado en casos análogos y en uso de sus atribuciones constitucionales, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1º. CRÉASE una Escuela de Nivel Inicial de Tercera Categoría en la localidad de Cañada de Río Pinto -Departamento Ischilín-, bajo la dependencia de la Dirección General de Nivel Inicial y Primario -Ministerio de Educación-, la cual funciona en edificio propio.
Artículo 2º. EL presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Educación y el señor Fiscal de Estado.
Artículo 3º. PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
PROF. WALTER GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACIÓN
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO

CR. JOSÉ ERNESTO SONZINI
DIRECTOR GENERAL DE GESTIÓN SALARIAL
SECRETARÍA DE CAPITAL HUMANO
MINISTERIO DE GESTIÓN PÚBLICA

DRA. VERÓNICA LUCÍA BRUERA
MINISTRA DE GESTIÓN PÚBLICA

ING. MARIANA G. ALDAO
DIRECTORA DE SISTEMAS
DIRECCIÓN DE GENERAL DE GESTIÓN SALARIAL
SECRETARÍA DE CAPITAL HUMANO
MINISTERIO DE GESTIÓN PÚBLICA

TRIBUNAL

SUPERIOR DE JUSTICIA
CONVOCATORIA SINDICOS CRUZ DEL EJE
AUTO INTERLOCUTORIO NÚMERO: 52.CRUZ DEL EJE, 02/11/2015.Y VISTOS: Los autos caratulados: "LISTA DE
SÍNDICOS CUATRIENIO 2016/2020, CONFORME ART. 253 LEY CONCURSAL", Expte. Nº 2444149, del 07/09/2015, donde se reúnen los Sres. Vocales de esta Cámara en lo Civil y Comercial, del Trabajo, Familia y Contencioso Administrativo con competencia exclusiva y excluyente en materia concursal en la sede de Cruz del Eje de la Séptima Circunscripción Judicial a los fines dispuestos por el Excmo. Tribunal Superior de Justicia en el Acuerdo Reglamentario Nº 958, Serie A, 09/12/2008, y su modificatorio Acuerdo Reglamentario Nº 1270, Serie A, del 17/03/2015. Y CONSIDERANDO: I Que corresponde la confección de lista de sindicaturas concursales para el período 2016/2020 que para ello se efectúa la convocatoria a los postulantes para los sorteos a realizarse en los Juzgados con competencia concursal de la sede de Cruz del Eje de la 7ma. Circunscripción. II Que atento la facultad otorgada por el art. 253 inc. 3 de la L.C.Q. la lista única respectiva se formará solamente por contadores en forma individual Clase B ya que la competencia territorial de los juzgados de este sede abarca una población que no supera los doscientos mil habitantes; y contendrán un número de doce síndicos individuales titulares y doce síndicos individuales suplentes para procesos de concursos y quiebras. III Que la temporaneidad de la inscripción estará conformada por un período en el cual los postulantes que aspiran a integrar las listas de síndicos podrán presentar sus solicitudes de inscripción que se obtienen de la página web del Poder Judicial en la sede central del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Córdoba capital, que se determina a partir del dieciséis de noviembre de dos mil quince y hasta el dieciséis de diciembre de dos mil. Siendo obligación del Consejo mencionado entregar la documentación a este Tribunal dentro de los diez días hábiles siguientes por razones operativas, bajo apercibimiento de cargar con el mayor costo que su demora ocasione a fin de remitir a la oficina de Concursos y Junta de Calificaciones del Área de Recursos Humanos dependiente del Tribunal Superior de Justicia. IV La fecha de sorteo se realizará 01/03/2016 o día hábil siguiente, manteniéndose la vigencia de la lista existente hasta la firmeza de la nueva lista. Por lo expuesto, el Tribunal por unanimidad RESUELVE: I Convocar a inscripción a los postulantes para integrar las Listas de Síndicos, las que se formarán solamente con contadores en forma individual previsto en la categoría "B" del art. 253 inc. 2 de la L.C.Q. para ser utilizados en los juzgados con competencia Concursal de la Séptima Circunscripción Judicial con asiento en las ciudades de Cruz del Eje y de Cosquín, de acuerdo a los requisitos establecidos por el Excmo. Tribunal Superior de Justicia en el Acuerdo Reglamentario Nº 958, Serie A, 09/12/2008, y su modificatorio Acuerdo Reglamentario Nº 1270, Serie A, del 17/
03/2015. II Establecer que para inscribirse los interesados deberán presentar la respectiva solicitud, publicada en la página web del Poder Judicial de Córdoba, con todos los datos requeridos en los formularios categoría "B"-, con tres 3 copias en soporte papel y uno en soporte magnético CD, junto con la documentación correspondiente y el comprobante de pago de la tasa de justicia. Una copia se le devolverá al interesado con cargo de recepción, y otra al Colegio Profesional de Ciencias Económicas con asiento en la ciudad de Córdoba al momento de ser presentadas las solicitudes ante la Cámara dentro de los términos

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 19/11/2015 - 1º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaeseArgentina

Data19/11/2015

Conteggio pagine4

Numero di edizioni4189

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione30/07/2024

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