Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 19/11/2015 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CÓRDOBA, 19 de Noviembre de 2015

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Primera Sección
BOLETÍN OFICIAL - A ÑO CII - T OMO DCXI - Nº 223

SECCIÓN

AÑO CII - TOMO DCXI - Nº 223
CORDOBA, R.A., JUEVES 19 DE NOVIEMBRE DE 2015

LEGISLACIÓN - NORMATIVAS

http boletinoficial.cba.gov.ar E-mail: boe@cba.gov.ar
PODER

EJECUTIVO

Decreto N 1216

Córdoba, 4 de noviembre de 2015

Decreto N 1225
Córdoba, 9 de noviembre de 2015

VISTO: El Expediente Nº 0622-127050/2014, del Registro del Ministerio de Educación;
VISTO: El expediente Nº 0040-052247/2013, del registro del Ministerio de Finanzas.

Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones el referido Ministerio impulsa la creación de un Instituto Provincial de Educación Técnica en Villa Carlos Paz -Departamento Punilla-, bajo la dependencia de la Dirección General de Educación Técnica y Formación Profesional, y sobre la base de divisiones de ese nivel de enseñanza que funcionaban como Anexo al Instituto Provincial de Educación Técnica y Media N 84 JORGE VOCOS LESCANO de la localidad de Tanti, dependiente de la mencionada Dirección General.
Que obran en autos informes en relación con la demanda del servicio educativo en el sector en cuestión y su zona de influencia, de los que surge la necesidad de adecuar la oferta de enseñanza en el mismo, dentro del marco de las políticas educativas imperantes, que apuntan a garantizar la igualdad de oportunidades para el acceso a una educación de calidad, con equidad y respeto a la diversidad.
Que por Resolución N 0862/14 y su Anexo I, emanada de la citada Dirección General, se ha dispuesto -ad referendum de la superioridadla desanexación del servicio en cuestión y la asignación de un cargo de Director de Segunda Enseñanza Media del Presupuesto General de la Provincia en vigencia, necesario para su funcionamiento como unidad educativa independiente.
Que de la documental obrante en autos, surge que el nuevo servicio educativo desarrollará sus actividades en el edificio propio ubicado en Barrio Colinas II de Villa Carlos Paz -Departamento Punilla-.
Que merituados todos los aspectos políticos y técnicos que hacen a la factibilidad, oportunidad y conveniencia de la creación que se procura, debe concluirse en que están dadas las condiciones para disponer tal medida en esta instancia, al amparo de los artículos 5 y 6º de la Ley Nº 9870 y en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 62, 63 y 144 de la Constitución Provincial.
Por ello, la normativa citada, lo establecido por el artículo 11 inc. i del Decreto - Ley N 846/E/63, el Dictamen N 0111/15 del Área Jurídica del Ministerio de Educación y lo dictaminado por Fiscalía de Estado en casos análogos, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:

Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones se gestiona la aprobación de una nueva Addenda al Convenio suscripto entre la Provincia y el Banco de la Provincia de Córdoba S.A., celebrada con fecha 22 de setiembre de 2015 entre dichas partes, en relación con la instrumentación de una Línea de Créditos para Empresas Constructoras y Proveedores del Estado.
Que mediante Decretos Nros. 42/14 y 1135/14 se dispuso la ratificación del Convenio de fecha 3 de enero de 2014 y de su Addenda de fecha 22 de agosto de 2014, respectivamente.
Que en la Addenda cuya aprobación se gestiona las partes signatarias acuerdan modificar la Cláusula Tercera y Cuarta, elevando el monto de asistencia financiera a otorgar por el Banco hasta la suma global de Pesos Un Mil Quinientos Millones $ 1.500.000.000,00, y aumentando además hasta seis 6 meses el plazo de gracia para el pago de capital en cada préstamo; asimismo, se reemplaza en las cláusulas mencionadas la palabra mutuo por préstamo.
Que en la referida Addenda se establece que las demás cláusulas, estipulaciones y condiciones acordadas en el convenio primigenio, continúan vigentes en todos sus términos.

Artículo 1º. CRÉASE el Instituto Provincial de Educación Técnica N 382 en la localidad de Villa Carlos Paz -Departamento Punilla-, bajo la dependencia de la Dirección General de Educación Técnica y Formación Profesional -Ministerio de Educacióny sobre la base de divisiones de ese nivel de enseñanza que funcionaban como Anexo al Instituto Provincial de Educación Técnica y Media N 84 JORGE VOCOS LESCANO de la localidad de Tanti, dependiente de la Dirección General de Educación Técnica y Formación Profesional.

Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo prescripto por el artículo 144 inciso 1º de la Constitución Provincial y de acuerdo con lo dictaminado por el Área Legales del Ministerio de Finanzas al Nº 512/
15 y por Fiscalía de Estado con el N 851/15;

Artículo 2. EL servicio educativo creado por el artículo 1º de este instrumento legal será de Segunda Categoría y desarrollará sus actividades en el edificio propio ubicado en Barrio Colinas II de Villa Carlos Paz -Departamento Punilla-.

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:

Artículo 3º. EL presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Educación y el señor Fiscal de Estado.
Artículo 4º. PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
PROF. WALTER GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACIÓN

JOSE MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR

JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO

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Artículo 1º RATIFÍCASE en todas sus partes la Addenda de fecha 22
de setiembre de 2015 al Convenio celebrado entre el Gobierno de la Provincia de Córdoba, representado por el señor Ministro de Finanzas y el Banco de la Provincia de Córdoba S.A, representado por el señor Presidente del Directorio, referido a la implementación de una Línea de Créditos para Empresas Constructoras y Proveedores del Estado, la que como Anexo I con una 1 foja útil, forma parte integrante del presente Decreto.

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 19/11/2015 - 1º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaeseArgentina

Data19/11/2015

Conteggio pagine4

Numero di edizioni4176

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione11/07/2024

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