Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 10/11/2015 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CÓRDOBA, 10 de Noviembre de 2015
Cuadernillo INDEC Informa a valores del mes anterior a dicha fecha y a valores del mes anterior julio de 2013, lo que implica reconocer a la contratista por ese concepto la suma de $
646.437,48, habiéndose considerado el 10% de utilidad invariable y el porcentaje liquidado en concepto de Certificado Extraordinario Pago a Cuenta, ascendiendo el presupuesto de obra redeterminado a febrero de 2014 a la suma de $ 24.015.115,43.
Que la contratista ha renunciado a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o supuestos perjuicios de cualquier naturaleza en los términos del artículo 16 del Anexo al Decreto referenciado.
Que en consecuencia, al darse el supuesto previsto en el Decreto N 1231/2010, modificatorio de su similar N 1133/2010, lo dispuesto por Fiscalía de Estado en Circular Nº 001/13 y verificada la existencia de los supuestos que tornan procedente la aplicación del citado instrumento legal, la Dirección General de Arquitectura ha considerado conveniente la redeterminación del precio del contrato, por lo que suscribió con la contratista el Acta Acuerdo de Redeterminación de Precio por Reconocimiento de la Quinta Variación de Costos correspondiente al mes de febrero de 2014.
Que se agrega Documento Contable Nota de Pedido Nº 2015/000411, que certifica la reserva presupuestaria para atender la erogación que lo gestionado implica.
Por ello, las normas legales citadas, lo dispuesto por el artículo 14 del Anexo I al Decreto N 1231/
2010, modificatorio de su similar N 1133/2010, lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Infraestructura con el N 336/2014, por Fiscalía de Estado bajo el N 000628/14 y en uso de las atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA
Artículo 1º.- APRUÉBASE el Acta Acuerdo de Redeterminación de Precio por Reconocimiento de la quinta Variación de Costos correspondiente al mes de febrero de 2014, por trabajos faltantes de ejecutar en la Obra: CONSTRUCCIÓN
NUEVO EDIFICIO PARA EL I.P.E.M. N 325, ubicado en calle Ortega G. entre Malcom y Fage B Arguello Lourdes Córdoba
Departamento: Capital, por la suma de Pesos Seiscientos Cuarenta y Seis Mil Cuatrocientos Treinta y Siete con Cuarenta y Ocho Centavos $ 646.437,48, suscripta con fecha 22 de abril del 2014 entre el entonces Director General de Arquitectura, Arquitecto Andrés Eduardo CAPARRÓZ, por una parte, y el Presidente del Directorio de la Empresa E.C.O.P. S.A., Licenciado Jerónimo FERRERO, contratista de la obra, por la otra, que como Anexo I, compuesto de tres 3 fojas, integra el presente Decreto.
Artículo 2º.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la suma total de Pesos Seiscientos Cuarenta y Seis Mil Cuatrocientos Treinta y Siete con Cuarenta y Ocho Centavos $ 646.437,48, a jurisdicción 1.35 Programa 378000 Partida: 12.06.00.00 del P.V., conforme lo indica la Dirección General de Administración del Ministerio de Educación en su Documento de Contabilidad Nota de Pedido Nº 2015/000411.
Artículo 3.- FACÚLTASE al señor Director General de Arquitectura a suscribir la enmienda de contrato por redeterminación de precio, debiendo la Empresa E.C.O.P. S.A., integrar el importe adicional de garantía de cumplimiento del contrato.

BOLETÍN OFICIAL - A ÑO CII - T OMO DCXI - Nº 216
Artículo 4.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro de Infraestructura y Fiscal de Estado.
Artículo 5º.-PROTOCOLÍCESE, comuní quese, dése intervención a la Dirección General de Administración del Ministerio de Educación, al Tribunal de Cuentas de la Provincia, publíquese en el Boletín Oficial, pase a la Dirección General de Arquitectura a sus efectos y archívese.
JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
CR. MANUEL FERNANDO CALVO
MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA
JORGE EDUARDO CÓRDOBA
FISCAL DE ESTADO
ANEXO
http goo.gl/jsLBwkS

Decreto N 818
Córdoba, 28 de julio de 2015
VISTO: EL Expediente Nº 0045-017005/2014
por el cual la Dirección Provincial de Vialidad dependiente del Ministerio de Infraestructura propicia la designación en Planta Permanente, bajo el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 572/
09, de Personal Contratado de la citada Dirección nominado en el Anexo I del presente Decreto .
Y CONSIDERANDO:
Que obra solicitud formulada por el Sindicato Vial Córdoba SI.VIAL.CO a los fines del ingreso a la Planta Permanente de la Administración Pública Provincial de personal contratado dependiente de la Dirección Provincial de Vialidad, de conformidad a los parámetros prescriptos por el artículo 6 y siguientes del Convenio Colectivo de Trabajo N 572/09, del personal nominado en el Anexo acompañado por la citada Dirección.
Que consta en autos documentación relativa al personal, situación de revista, informes emitidos por las correspondientes Jefaturas de Departamento en relación a los cargos de que se trata, copia de los títulos alcanzados y constancias de calificaciones de los mismos.
Que la designación propiciada en autos se encuentra normada - en cuanto requisitos y procedimientos a observar - por los artículos 6 a 9 del citado Convenio.
Que la División Personal de la Dirección Provincial de Vialidad certifica el cumplimiento de dichos extremos por parte del personal propuesto, pronunciándose en igual sentido el Presidente de la mencionada Dirección;
destacándose asimismo que los agentes nominados han sido evaluados satisfactoriamente conforme los parámetros establecidos por el Ministerio de Gestión Pública mediante Resolución N 374/2014.
Que se ha dado cumplimiento con lo establecido en el artículos 6 del Convenio Colectivo de Trabajo N 572/09, y que los agentes no se encuentran alcanzados por las causales de exclusión previstas por el artículo 8 del citado Convenio Colectivo.
Que atento a ello y lo dispuesto por el Artículo 144 inciso 10 de la Constitución de la Provincia de Córdoba, artículo 18 de la Ley N 8575, puede este Poder Ejecutivo proceder como se
solicita, en virtud de considerarlo necesario, oportuno y conveniente.
Por ello, lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Infraestructura con el Nº 554/2014 y por Fiscalía de Estado bajo el Nº 000645/2015, y en uso de sus atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1º.- DESÍGNASE en la Planta Permanente de la Dirección Provincial de Vialidad dependiente del Ministerio de Infraestructura, bajo el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 572/09, al personal contratado de la misma, en las Carreras, Clases y Categorías descriptas en las planillas, que como ANEXO I, compuesto de UNA 01
foja, integra el presente Decreto.
Artículo 2º.-El Ministerio de Infraestructura gestionará ante el Ministerio de Finanzas las adecuaciones presupuestarias pertinentes que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo anterior.
Artículo 3º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra de Gestión Pública, los señores Ministro de Infraestructura, Ministro de Finanzas y por el señor Fiscal de Estado.
Artículo 4º.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención al Tribunal de Cuentas de la Provincia, a la Dirección General de Presupuesto e Inversiones Públicas, al Ministerio de Gestión Pública, infórmese a la Legislatura, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial, pase al Ministerio Infraestructura a sus efectos y archívese.
JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
CR. MANUEL FERNANDO CALVO
MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA
DRA VERÓNICA LUCIA BRUERA
MINISTRA DE GESTIÓN PUBLICA
JORGE EDUARDO CÓRDOBA
FISCAL DE ESTADO
ANEXO
http goo.gl/2PwvW2

Decreto N 891
Córdoba, 7 de agosto de 2015
VISTO: El expediente Nº 0045-016334/2012 Cuerpos I al X, del registro de la Dirección Provincial de Vialidad, dependiente del Ministerio de Infraestructura.
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones la citada Dirección propicia por Resolución Nº 00123/
2015 se apruebe la Modificación de Obra Nº 1, correspondiente a los trabajos de:
CONSTRUCCIÓN DE RUTA PROVINCIAL Nº 32 TRAMO: LA POSTA LAS ARRIAS 2da.
ETAPA DEPARTAMENTOS: RÍO PRIMERO
- TULUMBA, a cargo de la Empresa ROVIAL
S.A.
Que obra Decreto N 841 de fecha 16 de julio de 2013 por el cual se adjudicaron los trabajos de referencia a la empresa citada.
Que luce en autos Memoria Descriptiva, Pliego
Primera Sección
3

Particular Complementario de Condiciones Nº 1, Planilla Comparativa de Modificación de Obra N 1 y conformidad de la Contratista sobre los aumentos y disminuciones de cantidades de ítems, y la renuncia a todo gasto improductivo, gastos generales directos e indirectos como cualquier otro que pudiera corresponder por la instrumentación, la tramitación e implementación de la presente modificación de obra.
Que el Departamento I Obras y Conservación de Pavimentos dependiente de la Dirección Provincial de Vialidad D.P.V., produce informe técnico sobre los aumentos y disminuciones de ítems originados por la reformulación del proyecto, cuya planilla comparativa arroja una diferencia de más de $ 14.302.166,46, representando un incremento del 25,86% del monto contractual, lo que requiere una ampliación del plazo de obra.
Que se ha incorporado en autos el correspondiente Documento Contable - Nota de Pedido N 2015/000424, en cumplimiento a lo establecido por el artículo 13 de la Ley N 8614, así como el Certificado de Habilitación para Adjudicación, expedido por el Registro de Constructores de Obras artículo 7 del Decreto N 8/98 y Resolución N 002/99 del entonces Ministerio de Obras, Servicios Públicos y Vivienda.
Por ello, actuaciones cumplidas, normas legales citadas, lo dispuesto por el artículo 40 de la Ley de Obras Públicas N 8614, lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales del Ministerio de Infraestructura con el N 172/
2015, por Fiscalía de Estado bajo el N 670/
2015, y en uso de sus atribuciones constitucionales.
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA
Artículo 1º.- APRUÉBASE la Modificación de Obra Nº 1, correspondiente a los trabajos de:
CONSTRUCCIÓN DE RUTA PROVINCIAL Nº 32 TRAMO: LA POSTA LAS ARRIAS 2da.
ETAPA DEPARTAMENTOS: RÍO PRIMERO
- TULUMBA y consecuentemente ADJUDÍCASE
la ejecución de los mismos a la Empresa ROVIAL
S.A., contratista de la obra principal conforme Planilla, que como Anexo I, compuesto de UNA
1 foja, integra el presente Decreto, por la suma de Pesos Catorce Millones Trescientos Dos Mil Ciento Sesenta y Seis con Cuarenta y Seis Centavos $14.302.166,46, significando una incidencia en más del 25,86% con respecto a valores del contrato original, estableciéndose un plazo de ejecución de obra de ciento veinte 120
días .
Artículo 2º.- APRUÉBASE la conformidad expresada por la empresa ROVIAL S.A., sobre los aumentos y disminuciones de cantidades de ítems y la renuncia a todo gasto improductivo, gastos generales directos e indirectos como cualquier otro que pudiera corresponder por la instrumentación, la tramitación e implementación de la presente modificación de obra.
Artículo 3º.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la suma de Pesos Catorce Millones Trescientos Dos Mil Ciento Sesenta y Seis con Cuarenta y Seis Centavos $14.302.166,46 , conforme lo indica el Departamento Administración y Personal de la Dirección Provincial de Vialidad dependiente del Ministerio de Infraestructura en su Documento de Contabilidad Nota de Pedido N 2015/
000424, a Importe Futuro Año 2016.
Artículo 4º.- FACÚLTASE al señor Presidente

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 10/11/2015 - 1º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaeseArgentina

Data10/11/2015

Conteggio pagine7

Numero di edizioni4189

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione30/07/2024

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