Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 28/05/2015 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CÓRDOBA, 28 de mayo de 2015
i Los trabajos se ejecutarán a exclusiva cuenta y cargo de la requirente, quedando la Dirección Provincial de Vialidad liberada de toda responsabilidad por daños ocasionados a terceros y/o a la Dirección misma, debiendo la requirente tomar todas las medidas necesarias para asegurar la seguridad del tránsito y la accesibilidad al barrio en todo momento.
j Se comunicará a esta Dirección y con la debida anticipación, la fecha de inicio y fin de las obras a fin de realizar las inspecciones correspondientes.
k Cuando las necesidades de esta Dirección así lo requieran y a su exclusivo juicio, la requirente procederá a remover y/
o retirar por su exclusiva cuenta y cargo las instalaciones especificadas, dentro del plazo que a tal fin se establezca y renunciando a todo derecho que por cualquier concepto pudiera corresponderle.
Art. 2.- El Departamento I Conservación de Pavimentos será el encargado de solicitar a la contratista la prórroga de la
Primera Sección
B OLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCV - Nº 98
Póliza por Responsabilidad Civil presentada, si fuese necesario.
Art. 3.- Autorizar al Departamento I Administración y Personal a devolver y/o ejecutar, finalizado el período de garantía, las pólizas que en oportunidad de la solicitud fueran presentadas.
Art. 4.- Dejar establecido que el Departamento I Conservación de Pavimentos deberá llevar un registro de este tipo de autorizaciones para ser insertado en el inventario respectivo.
Art. 5.- Protocolícese, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, dése copia al Ministerio de Infraestructura y pase al Departamento II Secretaría General.
ING. RAUL BERTOLA
PRESIDENTE
SR. ARMANDO SCHIAVONI
VOCAL

MINISTERIO DE

EDUCACIÓN

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visional presentadas por personal docente dependiente de este Ministerio, que se nomina en el Anexo I.
Que constan copias de las Resoluciones de la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba, mencionadas en el referido Anexo, mediante las cuales se otorgó a los peticionantes el beneficio previsional correspondiente.
Que de las respectivas situaciones de revistas surge que los interesados no se encuentran suspendidos, ni existe sumario o investigación administrativa pendiente en su contra.
Por ello, los informes producidos, lo dictaminado en cada caso particular por el Área Jurídica de este Ministerio y en uso de sus atribuciones;
EL MINISTRO DE EDUCACION
RESUELVE
Art. 1.- ACEPTAR en forma definitiva, las renuncias presentadas por personal docente dependiente de este Ministerio, que se consigna en el Anexo I, el que compuesto de una 1 foja forma parte de este instrumento legal, a partir de la fecha que en cada caso se especifica, para acogerse a los beneficios de la Jubilación Ordinaria, conforme a las Resoluciones emanadas de la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba allí mencionadas.
Art. 2.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

Resolución N 461

Córdoba, 5 de mayo de 2015.-

VISTO: Los Expedientes Nros. 0109-091370/2009, 0109092724/2011, 0109-097820/2010, 0109-089628/2009 y 0109091228/2009, del registro del Ministerio de Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que a través de los mismos se sustancian actuaciones referidas a las renuncias condicionadas al otorgamiento del beneficio previsional presentadas por personal docente dependiente de este Ministerio, que se nomina en el Anexo I.
Que constan copias de las Resoluciones de la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba, mencionadas en el referido Anexo, mediante las cuales se otorgó a los peticionantes el beneficio previsional correspondiente.
Que de las respectivas situaciones de revistas surge que los interesados no se encuentran suspendidos, ni existe sumario o investigación administrativa pendiente en su contra.
Por ello, los informes producidos, lo dictaminado en cada caso particular por el Área Jurídica de este Ministerio y en uso de sus atribuciones;

092580/10 y 0109-086424/09 del registro del Ministerio de Educación, Y CONSIDERANDO:
Que a través de los mismos se sustancian actuaciones referidas a las renuncias por motivos particulares presentadas por docentes dependientes de este Ministerio;
Que de las constancias de autos surge que los docentes que se nominan en el Anexo I del presente instrumento legal, presentaron la renuncia por razones particulares a cargos que cada uno detentaba.
Que consta en autos que los mismos fueron eximidos por el titular del área respectiva de la exigencia de permanecer en el cargo prevista en los artículos 24 del Decreto-Ley N 1910/E/57
y 26 -segundo párrafode su Reglamentación, aprobada por Decreto N 3999/E/67.
Que de las respectivas situaciones de revista surge que los docentes no se encuentran suspendidos, ni existe sumario o investigación administrativa pendiente en su contra.
Por ello, los informes producidos y lo dictaminado por el Área Jurídica de este Ministerio en cada caso en particular;

PROF. WALTER GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACIÓN
ANEXO
http goo.gl/Ez4sR6

Resolución N 475

Córdoba, 7 de mayo de 2015.-

VISTO: Los Expedientes Nros. 0109-091245/2009, 0109093957/2010, 0109-086563/2009, 0109-087973/2009, 0109097850/2010, 0109-106274/2012 y 0109-100009/2011 del registro del Ministerio de Educación;

Art. 1º.- ACEPTAR las renuncias presentadas, por razones particulares por el siguiente personal docente dependiente de este Ministerio, que se nomina en el Anexo I a la presente resolución, compuesto de una 1 foja, a los cargos, establecimientos y a partir de la fecha que en cada caso se especifican.

Y CONSIDERANDO:
Que a través de los mismos se sustancian actuaciones referidas a las renuncias condicionadas al otorgamiento del beneficio previsional presentadas por personal docente dependiente de este Ministerio, que se nomina en el Anexo I.
Que constan copias de las Resoluciones de la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba, mencionadas en el referido Anexo, mediante las cuales se otorgó a los peticionantes el beneficio previsional correspondiente.
Que de las respectivas situaciones de revistas surge que los interesados no se encuentran suspendidos, ni existe sumario o investigación administrativa pendiente en su contra.
Por ello, los informes producidos, lo dictaminado en cada caso particular por el Área Jurídica de este Ministerio y en uso de sus atribuciones;

Art. 2º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

EL MINISTRO DE EDUCACION
RESUELVE

Art. 2.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

PROF. WALTER GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACIÓN

PROF. WALTER GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACIÓN

http goo.gl/2MYR0O

Art. 1.- ACEPTAR en forma definitiva, las renuncias presentadas por personal docente dependiente de este Ministerio, que se consigna en el Anexo I, el que compuesto de una 1 foja forma parte de este instrumento legal, a partir de las fechas que en cada caso se especifica, para acogerse a los beneficios de la Jubilación Ordinaria, conforme a las Resoluciones emanadas de la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba allí mencionadas.

EL MINISTRO DE EDUCACION
RESUELVE
Art. 1.- ACEPTAR en forma definitiva, las renuncias presentadas por personal docente dependiente de este Ministerio, que se consigna en el Anexo I, el que compuesto de una 1 foja forma parte de este instrumento legal, a partir de la fecha que en cada caso se especifica, para acogerse a los beneficios de la Jubilación Ordinaria, conforme a las Resoluciones emanadas de la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba allí mencionadas.

EL MINISTRO DE EDUCACION
RESUELVE

ANEXO

ANEXO
http goo.gl/t62GCZ

Resolución N 458
Resolución N 460

Córdoba, 5 de mayo de 2015.-

VISTO: Los Expedientes Nros. 0109-112707/13 , 0109099349/11, 0109-092024/10, 0109-113535/13, 0109-094481/
10, 0109-119239/14, 0109-086872/09, 0109-114676/13, 0109-

Córdoba, 5 de mayo de 2015.-

VISTO: Los Expedientes Nros. 0109-108322/2012, 0109085444/2008, 0109-093234/2010, 0109-105222/2011, y 0109092867/2010, del registro del Ministerio de Educación, Y CONSIDERANDO:
Que a través de los mismos se sustancian actuaciones referidas a las renuncias condicionadas al otorgamiento del beneficio pre-

Art. 2.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
PROF. WALTER GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACIÓN
ANEXO
http goo.gl/BvKYsf

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 28/05/2015 - 1º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaeseArgentina

Data28/05/2015

Conteggio pagine4

Numero di edizioni4177

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione12/07/2024

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