Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 28/05/2015 - 1º Sección

Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.

Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

2

Primera Sección
B OLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCV - Nº 98
PODER

VIENE DE TAPA

la función jurisdiccional, estima razonable, a los fines de la atención adecuada de los requerimientos del tribunal en cuestión, la asistencia y cooperación por parte de la Asesoría aludida.Por ello y lo dispuesto por los arts. 166 inc. 2 de la Constitución Provincial y 12 incs. 1 y 10 de la Ley Orgánica del Poder Judicial N 8435, SE RESUELVE:
Artículo 1.- ENCARGAR la atención de la Asesoría Letrada con Funciones Múltiples del Centro Judicial de Cruz del Eje, perteneciente a la Séptima Circunscripción, a la Señora Asesora Letrada con funciones Múltiples del Centro Judicial de Deán Funes, perteneciente a la Novena Circunscripción, Dra. María Natalia SALOMON. Artículo 2.- La mencionada Funcionaria se encargará del despacho de la Asesoría en cuestión, dos veces por semana. Artículo 3.- LAS
Delegaciones de Administración General local de los Centros Judiciales de Deán Funes y Cruz del Eje coordinarán con la Señora Funcionaria las medidas necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en el presente acuerdo. Artículo 4.- RECONOCER a la Señora Funcionaria a la que se ha efectuado el encargo de despacho, el monto establecido de acuerdo a lo resuelto por Acuerdo Reglamentario Nº 113 Serie C de fecha 31/
10/2011 en concepto de viáticos. El Área de Administración arbitrará las medidas necesarias a tal efecto. Artículo 5.AUTORIZAR al Área de Recursos Humanos, por intermedio de la Oficina de Personal para disponer la afectación, dispensa de planilla de asistencia y toda medida que en materia de personal, de oficio o a solicitud de los Magistrados afectados, se estime necesaria y pertinente. Artículo 6.- AGRADECER a la señora Funcionaria su inestimable colaboración en la asistencia judicial encarada. Artículo 7.EL presente acuerdo entrará en vigencia el 01
de junio del corriente año. Artículo 8.PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial de la Provincia. Comuníquese a los tribunales aludidos, Delegaciones de Administración Gene ral locales, Delegación del Colegio de Abogados, Federación de Colegios de Abogados, al Colegio de Abogado de Córdoba, y dese la más amplia difusión.- Con lo que terminó el acto que previa lectura y ratificación de su contenido, firman el Señor Presidente y los Señores Vocales, con la asistencia de la Señora Directora General del Área de Administración a cargo de la Administración General, Cra. Beatriz María ROLAND de MUÑOZ.DR. DOMINGO JUAN SESIN
P RESIDENTE
DRA. AIDA TARDITTI
VOCAL
DR. CARLOS F. GARCÍA ALLOCCO
VOCAL
DRA. M. DE LAS MERCEDES
BLANC G. DE ARABEL
VOCAL
DR. SEBASTIÁN CRUZ LOPEZ PEÑA
VOCAL
CRA. BEATRIZ M. ROLAND DE MUÑOZ

DIRECTORA GENERAL DEL AREA
ADMINISTRACIÓN A/C DE LA
ADMINISTRACIÓN GENERAL

CÓRDOBA, 28 de mayo de 2015

DE

EJECUTIVO
Decreto N 1145
Córdoba, 17 de octubre de 2014.VISTO: el Expediente Nº 0111-061208/2013 dos 2 cuerpos-, del registro del Ministerio de Educación.
Y CONSIDERANDO:
Que por la Resolución N 0362/14 de la Dirección General de Institutos Privados de Enseñanza -Ministerio de Educaciónse aprueba el Plan de Estudios de la Carrera Análisis de Sistemas de Computación -Opción Pedagógica a Distancia-, que otorga el título de Analista de Sistemas de Computación, con una duración de tres 3 años -Modalidad a Distancia-, en el INSTITUTO DE ESTUDIOS SUPERIORES
SIGLO 21 COLEGIO UNIVERSITARIO -Nivel Superiorde esta Capital, todo con efecto a Diciembre de 2012 y por el término de dos cohortes.
Que conforme a las constancias documentales e informativas incorporadas en autos y prescripciones legales de rigor, la decisión se ajusta a derecho, pues se encuadra dentro de la
normativa que la funda.
Que en efecto, la medida cumple con los requerimientos jurídicos-formales-pedagógicos estatuidos por la Ley Nº 5326, encontrándose tal determinación técnica, administrativa e institucional plasmada en la resolución de marras.
Que conforme con lo expuesto, no existe objeción alguna para la ratificación en esta instancia del instrumento legal en análisis.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo dictaminado por el Área Jurídica del Ministerio de Educación con el N 1728/2014, por Fiscalía de Estado bajo el N 764/14 y en uso de sus atribuciones constitucionales,
título de Analista de Sistemas de Computación, con una duración de tres 3 años -Modalidad a Distancia-, en el INSTITUTO DE ESTUDIOS
SUPERIORES SIGLO 21 COLEGIO
UNIVERSITARIO -Nivel Superiorde esta Capital, todo ello con efecto a Diciembre de 2012 y por el término de dos cohortes.

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:

JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR

Artículo 1º. RATIFÍCASE la Resolución N
0362/14 de la Dirección General de Institutos Privados de Enseñanza -Ministerio de Educaciónla que compuesta de una 1 foja útil, se adjunta y forma parte del presente decreto, por la que se aprueba el Plan de Estudios de la Carrera Análisis de Sistemas de Computación -Opción Pedagógica a Distancia-, que otorga el
PROF. WALTER GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACIÓN

Artículo 2º. El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Educación y el señor Fiscal de Estado.
Artículo 3º. PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
ANEXO
http goo.gl/TlozOU

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE

VIALIDAD

Resolución N 346

Córdoba, 27 de mayo de 2015.-

POR ELLO, atento a los informes producidos, lo dictaminado por el Departamento II Asesoría Jurídica, las facultades conferidas por la Ley N
8555 y las previsiones de la Resolución Nº 0133/01;

C.I. Nº 109243 045 27 415.VISTO: Las presentes actuaciones mediante las cuales la Empresa Exa Aluminio S.A., propietaria del inmueble cuya designación catastral es D26-Z18-M001-P43, solicita autorización para realizar trabajos en zona de la Red Vial Provincial.
Y CONSIDERANDO:
Que el Departamento I Conservación de Pavimentos en informe obrante en autos, señala que la mencionada peticionante solicita autorización para realizar los trabajos correspondientes al cruce subterráneo de un caño para efluentes industriales, en la Ruta Provincial U302, entre las calles Trelles y Bustos de la ciudad de Córdoba, desde la vereda Sur al centro de la avenida, siendo responsable de la ejecución de la obra la Empresa Constructora SANZONE Y DIGON S.R.L.
Que las presentes actuaciones contienen Póliza N 8001 38.905
11.606-001 por Responsabilidad Civil de COMPAÑÍA DE SEGUROS
EL NORTE S.A. y Póliza de Seguro de Caución de ALBA COMPAÑÍA
ARGENTINA DE SEGUROS S.A., N 740201.
Que analizada la documentación presentada en correlación a la Resolución citada, el mencionado Departamento Técnico manifiesta que de no mediar opinión en contrario, podría accederse a lo peticionado bajo las condiciones expresadas en el mismo.
Que obra en autos constancia de depósito del importe correspondiente a Gastos de Inspección, por la suma de pesos TRES MIL QUINIENTOS
OCHENTA Y OCHO CON NOVENTA CENTAVOS $3.588,90.
Que el Departamento II Asesoría Jurídica en Dictamen N 343/15 que luce en autos, señala que correspondería, salvo mejor criterio en contrario de la Superioridad, se autorice con carácter precario a la Empresa Exa Aluminio S.A., para realizar los trabajos que dan cuenta estas actuaciones, bajo las condiciones que enumera el Departamento Técnico en su informe de fs. 31/32.
Que por último concluye el precitado Departamento que habiéndose dado cumplimiento a las disposiciones de la Resolución N 0133 del 3003-01, ese Servicio Jurídico no tiene, desde el punto de vista jurídico formal, observaciones que formular, por lo que de compartir el criterio señalado, puede esa Superioridad, en atención a las facultades acordadas por la Ley 8555, prestar aprobación a lo solicitado.

EL DIRECTORIO DE LA DIRECCIÓN
PROVINCIAL DE VIALIDAD
R E S U E L V E:
Art. 1.- Autorizar, con carácter precario, a la Empresa Exa Aluminio S.A., a utilizar zona de camino, para que por su cuenta y cargo, proceda a ejecutar los trabajos correspondientes al cruce subterráneo de un caño para efluentes industriales, en la Ruta Provincial U302, entre las calles Trelles y Bustos de esta ciudad, desde la vereda Sur al centro de la avenida, a través de la Contratista SANZONE Y DIGON S.R.L, bajo las condiciones establecidas en la Resolución N 0133/01 y las que a continuación se detallan:
a La obra debe ser construida de acuerdo a planos y especificaciones del proyecto respectivo.
b En las obras a cielo abierto, el suelo de tapada se deberá compactar con equipos adecuados en capas no superiores a 0,20m.
de espesor y a una densidad igual al 95% del Ensayo Proctor correspondiente a la Norma V.N-E.5-93, para posteriormente reponer en todas sus características las estructuras existentes, banquinas y/o veredas, cordón cuneta y préstamos a sus condiciones actuales.
c El cruce deberá realizarse con perforación a mecha, máquina tunelera o similar.
d Al terminar la obra no se deberá notar desniveles en el terreno con respecto al nivel actual del mismo; no podrán bajo ningún concepto alterarse las actuales condiciones de drenaje superficial existente en la zona de camino.
e Se deberá retirar todos los elementos sobrantes de zona de obra, como así también montículos de suelo u otro material que pudieran obstaculizar la conservación de banquinas y préstamos.
f No podrá interrumpirse el tránsito en ningún momento.
g Se deberá disponer en obra a fin de evitar accidentes mientras se realicen los trabajos y hasta su conclusión, de la adecuada señalización diurna y nocturna en todo de acuerdo al Pliego General de Especificaciones para el Mantenimiento del Tránsito y Medidas de Seguridad.
h Los pozos, túneles y/o zanjas de operaciones deberán ser cercados y señalizados para seguridad de los transeúntes.

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 28/05/2015 - 1º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaeseArgentina

Data28/05/2015

Conteggio pagine4

Numero di edizioni4177

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione12/07/2024

Scarica questa edizione

Altre edizioni

<<<Mayo 2015>>>
DLMMJVS
12
3456789
10111213141516
17181920212223
24252627282930
31