Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 21/08/2013 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CÓRDOBA, 21 de agosto de 2013

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Primera Sección
B OLETÍN OFICIAL - A ÑO C - TOMO DLXXXIII - Nº 141

SECCIÓN

AÑO C - TOMO DLXXXIII - Nº 141
CORDOBA, R.A., MIÉRCOLES 21 DE AGOSTO DE 2013

LEGISLACIÓN - NORMATIVAS

www.boletinoficialcba.gov.ar E-mail: boletinoficialcba@cba.gov.ar
DIRECCIÓN DE

MINISTERIO DE

Autoridades de Control y Evaluadores Teórico Prácticos
SE APRUEBA PLAN DE ESTUDIOS

PREVENCIÓN de ACCIDENTES de TRÁNSITO

Cursos de capacitación.
Resolución Nº 29

Córdoba, 28 de junio de 2013

VISTO: el Expediente N 0458-042650/2013, en cuyas actuaciones las Municipalidades de Pasco, La Laguna y Etruria, informan respecto de la realización de un Curso de Capacitación para Autoridades de Control del Tránsito y Evaluadores Teórico-Prácticos, realizado en la localidad de Pasco, para personal de su dependencia Y CONSIDERANDO: Que el artículo 5 de la Ley Provincial de Tránsito N 8.560 define en calidad de Autoridad de Control, entre otros, al organismo que determine la autoridad municipal o comunal de las jurisdicciones que adhieran a la presente Ley y su Reglamentación, y cuyo personal esté especialmente capacitado mediante los cursos establecidos reglamentariamente, y sea habilitado por la Autoridad de Aplicación Provincial para el control del tránsito
Que así también y junto a la autoridad de control mencionada, la normativa exige capacitación previa para el personal que tendrá a su cargo las distintas evaluaciones teórico-prácticas de conducción Art. 10, inciso 4, apartado a, del Decreto N
318/07, reglamentario de la Ley Provincial de Tránsito 8.560.
Que la Jefatura de División Capacitación, de esta Dirección de Prevención de Accidentes de Tránsito, produce informe circunstanciado del proceso de evaluación implementado, situación de la que da cuenta el Acta N 300513.
Que por otra parte, la referida Jefatura de División, en Informe de fojas 7 y 8, pone de relieve que, en el Acto de evaluación de que se trata, se procedió a examinar al personal de los municipios requirentes a resultas del cual se determina que existe distinto personal que ha superado la totalidad de los exámenes y otro que ha cumplido exclusivamente el examen de Autoridad de Control. Por lo que, en todos los casos, la asignación de matrícula debe realizarse por cuerda separada y en forma detallada, en Anexos distintos.
Que conforme lo determina el referido Artículo 10, inciso 6
del plexo normativo supra consignado, esta Dirección de Prevención de Accidentes de Tránsito puede disponer la
EDUCACIÓN

aprobación de los Cursos y la entrega de los Certificados pertinentes.
Que a tales fines, y habiéndose satisfecho las exigencias legales de rigor, corresponde dictar el instrumento que habilite a las correspondientes Autoridades de Control y Evaluadores Teóricoprácticos y ordenar su inscripción en los Registros pertinentes.
Por ello, lo dictaminado por la Asesoría Letrada de esta Dirección bajo el N 043.013 y en ejercicio de sus facultades, EL DIRECTOR DE JURISDICCIÓN DE
PREVENCIÓN DE ACCIDENTES DE TRÁNSITO
R E S U E L V E:
1.- APROBAR lo actuado respecto del Curso de Capacitación para Autoridades de Control y Evaluadores Teórico Prácticos dictados en la Municipalidad de PASCO para personal dependiente de las municipalidades de Pasco, La Laguna y Etruria, el que concluyera con el proceso evaluativo llevado adelante por dependencias técnicas de esta Dirección conforme el Acta N 300513.
2.- HABILITAR en calidad de Autoridades de Control y Evaluadores Teórico-Prácticos de Licencias de Conducir, al personal nominado en el Anexo I de un 01 folios útil que se adjunta y forma parte integrante de la presente.
3.- HABILITAR en calidad de Autoridades de Control, al personal nominado en el Anexo II de un 01 folio útil que se adjunta y forma parte integrante de la presente.

Tecnicatura Superior en Enfermería Resolución N 1076

Córdoba, 13 de agosto de 2013

VISTO: El Expediente N 0622-124584/2013, del registro del Ministerio de Educación;
Y CONSIDERANDO: Que en el mismo se propicia la aprobación del Plan de Estudios de la Carrera "Tecnicatura Superior en Enfermería", para ser aplicado en institutos de educación superior de gestión estatal dependientes de la Dirección General de Educación Técnica y Formación Profesional.
Que obran en autos los fundamentos, objetivos, requisitos de ingreso, diseño y organización curricular, contenidos mínimos, condiciones de egreso, alcance del título, perfil profesional, perfil profesional del docente y campos de formación de la carrera propuesta.
Que lo procurado resulta procedente, toda vez que se enmarca en la normativa de las Leyes Nros. 24521 de Educación Superior y 26058 de Educación Técnico Profesional, como así también en los lineamientos referenciales acordados por las Resoluciones del Consejo Federal de Educación Nros. 07/07 y 47/08.
Que la citada Dirección General ha dado el visto bueno y gestiona la aprobación del plan de estudios propuesto.
Por ello y el Dictamen N 1889/2013 del Área Jurídica de este Ministerio y lo aconsejado a fs. 29 por la Dirección de Coordinación de Asuntos Legales, EL MINISTRO DE EDUCACIÓN
RESUELVE:

4.- ASIGNAR las matrículas pertinentes y ORDENAR que, por los canales administrativos conducentes se proceda a su inscripción en los registros pertinentes del personal habilitado por los dispositivos anteriores.

ARTÍCULO 1º.- APROBAR para su aplicación en institutos de educación superior de gestión estatal dependientes de este Ministerio, el Plan de Estudios de la Carrera "Tecnicatura Superior en Enfermería", conforme se detalla en el Anexo I que con veintidós 22 fojas forma parte de la presente resolución.

5.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

ARTÍCULO 2º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

ING. MIGUEL LEDESMA
DIRECTOR DE JURISDICCIÓN DE
PREVENCIÓN DE ACCIDENTES DE TRÁNSITO
MINISTERIO DE SEGURIDAD

PROF. WALTER GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACIÓN

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Subdirector de Jurisdicción: Cr. CÉSAR SAPINO LERDA

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 21/08/2013 - 1º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaeseArgentina

Data21/08/2013

Conteggio pagine7

Numero di edizioni4188

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione29/07/2024

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