Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 19/06/2013 - 1º Sección

Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.

Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CÓRDOBA, 19 de junio de 2013

1

Primera Sección
B OLETÍN OFICIAL - AÑO C - T OMO DLXXXI - Nº 100

SECCIÓN

AÑO C - TOMO DLXXXI - Nº 100
CORDOBA, R.A., MIÉRCOLES 19 DE JUNIO DE 2013

LEGISLACIÓN - NORMATIVAS

www.boletinoficialcba.gov.ar E-mail: boletinoficialcba@cba.gov.ar
PODER

EJECUTIVO

Declaran Emergencia Agropecuaria Decreto Nº 519

Córdoba, 15 de mayo de 2013

VISTO: El Expediente N 0436-059693/2013, del registro del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentos.
y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones se procura la declaración del estado de Emergencia y/o Desastre Agropecuario, según corresponda, para diversas zonas de la Provincia de Córdoba que han sufrido los efectos de la sequía y donde ha resultado afectada gravemente la producción o la capacidad productiva, dificultando la evolución de las actividades agrícolas y ganaderas como consecuencia de dicho fenómeno climático.
Que la Secretaría de Agricultura, propicia la declaración del estado de Emergencia Agropecuaria y/o Desastre para diversas zonas de esta Provincia que han sido afectadas, conforme a la reunión mantenida en el seno de la Comisión Provincial de Emergencia Agropecuaria el día 16 de abril de 2013, según indica el Acta N 01/2013 allí labrada.
Que se ha adjuntado en autos informe técnico de la situación del sector agropecuario de la zona afectada.
Que de las actuaciones obrantes surge que la propuesta se origina como consecuencia de lo actuado en el marco de la Comisión Provincial de Emergencia Agropecuaria, en cumplimiento de sus funciones, según las previsiones del artículo 4 de la Ley N 7121.
Que la ocurrencia de este fenómeno ha incidido desfavorablemente sobre la capacidad productiva de las explotaciones rurales, afectando gravemente su producción y el normal desenvolvimiento del ciclo económico-productivo, dificultando también la evolución misma de las actividades ganaderas del sector norte y oeste y agrícolas de la zona centro de la Provincia y el cumplimiento de las obligaciones fiscales;
todo lo cual hace necesario y procedente disponer medidas adecuadas a las circunstancias en que se desenvuelve la economía provincial.
Que el artículo 96 del Código Tributario Provincial Ley N
6006 t.o. 2004 y sus modificatorias faculta al Poder Ejecutivo para disponer beneficios impositivos a contribuyentes y/o responsables .de determinadas zonas o categorías cuando fueren afectados por casos fortuitos o de fuerza mayor.
Que ha tomado la intervención de su competencia la Dirección de Jurisdicción de Asesoría Fiscal de la Secretaría de Ingresos Públicos del Ministerio de Finanzas.

Que se ha cumplimentado con el procedimiento que determina la Ley N 7121, en un todo de acuerdo con lo dispuesto por sus artículos 4, 5, 8 correlativos y concordantes.
Por ello, actuaciones cumplidas, normas legales citadas, lo dispuesto por los 8 de la Ley N 9456, 71 y 144 inciso 1 de la Constitución Provincial, lo dictaminado por la Dirección de Asuntos Legales del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentos bajo N 62/2013, por Fiscalía de Estado al N 423/2013, y en ejercicio de sus atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- DECLÁRASE a partir del día 16 de abril de 2013 y hasta el día 13 de octubre de 2013, el estado de Emergencia y/o Desastre Agropecuario, según corresponda, a los productores ganaderos afectados por sequía durante el ciclo productivo 2012/2013, que desarrollan su actividad en las Pedanías y Departamentos que se enumeran a continuación:
Departamentos
Cruz del Eje
Ischilín
Minas
Pocho
Punilla
Río Seco
Pedanías Cruz del Eje Candelaria Higueras Pichanas San Marcos Manzanas Quilino Copacabana Parroquia Toyos La Argentina Ciénaga del Coro Guasapampa San Carlos Chancaní Represa Parroquia Salsacate Dolores San Antonio Rosario San Roque Santiago Higuerillas Villa de María
Envíenos su publicación por MAIL a: boletinoficialcba@cba.gov.ar boletinoficialweb@cba.gov.ar CONSULTE NUESTRA PÁGINA WEB:
www.boletinoficialcba.gov.ar
San Alberto
San Javier
Sobremonte
Tulumba
Estancia Candelaria Norte Ambul Panaholma Tránsito Carmen Toscas San Pedro Nono Dolores Rosas San Javier Luyaba Talas Aguada del Monte Chuña Huasi Cerrillos San Francisco Caminiaga San Pedro Inti Huasi Parroquia Dormida
ARTÍCULO 2.- DECLÁRASE a partir del día 16 de abril de 2013 y hasta el día 13 de octubre de 2013, en estado de Emergencia y/o Desastre Agropecuario, según corresponda, a los productores :agropecuarios individuales afectados por sequía durante el ciclo productivo 2012/2013, que desarrollan su actividad en las Pedanías y Departamentos que se enumeran a continuación:
Departamentos Río Seco Tulumba
Pedanías Candelaria Sur Mercedes
ARTÍCULO 3.- PRORRÓGASE sin recargos ni intereses hasta el día 12 de noviembre de 2013 el pago de las cuotas 02, 03 y 04/2013 del Impuesto Inmobiliario Básico Rural, Fondo Rural para Infraestructura y Gasoductos, Fondo para el Mantenimiento de la Red Firme Natural y la parte proporcional del Adicional del Impuesto Inmobiliario Básico Rural, a los productores agropecuarios comprendidos en el Artículo 1 y que se encuentren en estado de Emergencia y/o Desastre Agropecuario por sequía en el marco de la presente norma, circunscribiendo este beneficio CONTINÚA EN PÁGINA 2

Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba - Ley Nº 10.074
Santa Rosa 740 - Tel. 0351 434-2126/2127
X5000ESP CORDOBA - ARGENTINA
Atención al Público: Lunes a Viernes de 8:00 a 20:00 hs.
Subdirector de Jurisdicción: Cr. CÉSAR SAPINO LERDA

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 19/06/2013 - 1º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaeseArgentina

Data19/06/2013

Conteggio pagine7

Numero di edizioni4178

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione15/07/2024

Scarica questa edizione

Altre edizioni

<<<Junio 2013>>>
DLMMJVS
1
2345678
9101112131415
16171819202122
23242526272829
30