Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 09/08/2010 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

ARTÍCULO 2 - Establécese que los índices previstos en el artículo anterior tendrán vigencia, en tanto las sucesivas Leyes de Presupuesto General de la Administración Pública Provincial, otorguen al Poder Ejecutivo la facultad de fijarlos.
ARTÍCULO 3 - El presente decreto será refrendado por los señores Ministro de Finanzas, Ministro de Gobierno y Fiscal de Estado y firmado por el señor Secretario de Cultura.
ARTÍCULO 4 - Protocolícese, comuníquese, publíquese en el BOLETIN OFICIAL y archívese.

Y CONSIDERANDO:
Que obra en autos la nota presentada por el señor Intendente de la ciudad de Villa Dolores, Juan Manuel Pereyra, en la que solicita un aporte económico, para ser afectados a la realización del evento mencionado.
Que el señor Ministro de Agricultura, Ganadería y Alimentos otorga el visto bueno a la solicitud efectuada por la suma de Pesos Treinta Mil $ 30.000.
Que se acompañan, constancias de inscripción municipal ante la AFIP, certificados de domicilio y declaración jurada del señor Intendente y del señor Secretario de Hacienda de la Municipalidad de Villa Dolores, Fernando Guillermo Medina, por la que asumen la responsabilidad de la correcta inversión y oportuna rendición de cuentas de los fondos a otorgar, la que deberán cumplimentar ante la Dirección de Jurisdicción de Administración del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentos, en el término de treinta 30 días a partir de su percepción.

CR. JUAN SCHIARETTI
GOBERNADOR
CR. ÁNGEL MARIO ELETTORE
MINISTRO DE FINANZAS
CARLOS CASERIO
MINISTRO DE GOBIERNO
ARQ. JOSÉ JAIME GARCÍA VIEYRA
SECRETARIO DE CULTURA
JORGE EDUARDO CÓRDOBA
FISCAL DE ESTADO


Decreto Nº 380

3

BOLETÍN OFICIAL

CÓRDOBA, 9 de agosto de 2010

Córdoba 30 de marzo de 2010

VISTO: el Expediente N 0435-059380/10, del registro del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentos, en el que se tramita la solicitud de una ayuda económica efectuada por el señor Intendente de la Municipalidad de Villa Dolores, a los fines de solventar que demandó la realización de la 19 Edición del Festival Nacional de la Papa, que se llevó a cabo entre los días 28 y 30 de enero de 2010, en el Teatro Griego de la citada localidad del Departamento San Javier, de esta Provincia de Córdoba.

Que se ha incorporado la Resolución N 33/07 de la Junta Electoral de la Municipalidad de Villa Dolores por lo que se designa al señor Pereyra Intendente Municipal, como así también el Decreto N 03/07 de designación del señor Fernando Medina en el cargo de Secretario de Hacienda.
Que se acompaña el Documento de Contabilidad, Nota de Pedido N 2010/000009, para atender la erogación que lo gestionado implica.
Por ello, las disposiciones del Decreto N 2174/07, ratificado por Ley N 9454, en su Capítulo IV, artículo 22, las facultades conferidas por el artículo 144, inciso 1 de la Constitución Provincial, el artículo 80 de la Ley N 9086, lo dictaminado por la Dirección de Asuntos Legales del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentos bajo el N 81/10 y por Fiscalía de Estado en casos similares.
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:

suma de pesos Treinta Mil $ 30.000 a favor de la Municipalidad de Villa Dolores, Departamento San Javier, destinado a solventar los gastos que demandó la realización de la 19 Edición del Festival Nacional de la Papa que se llevó a cabo entre los días 28 y 30 de enero de 2010.
ARTÍCULO 2 - Desígnase a los señores Juan Manuel Enrique Pereyra DNI N 6.693.829 con domicilio en calle Belgrano N 502
y Fernando Guillermo Medina DNI N 26.370.048, con domicilio en calle 25 de Mayo N 1, todos de la citada localidad, responsables de la percepción, correcta inversión y rendición de cuentas de los fondos, quienes deberán cumplir dicha obligación en el plazo de treinta 30 días hábiles a partir de la percepción de los mismos por ante la Dirección de Jurisdicción de Administración del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentos sita en calle 27 de Abril N 172, 4
Piso, de la ciudad de Córdoba.
ARTÍCULO 3 - Impútase el egreso que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 1 por la suma de Pesos Treinta Mil $ 30.000, a Jurisdicción 1.25, Area Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentos, de acuerdo al siguiente detalle. Programa 250/0, Partida Principal 06, Parcial 01, Subparcial 99 Otras transferencias a Municipios y Entes Comunales del P.V.
ARTÍCULO 4 - El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Agricultura, Ganadería y Alimentos y el señor Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 5 - Protocolícese, comuníquese, dése intervención al Tribunal de Cuentas de la Provincia, a la Dirección de Jurisdicción de Administración del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentos, publíquese en el BOLETIN OFICIAL y archívese.
CR. JUAN SCHIARETTI
GOBERNADOR

MINISTRO

ARTÍCULO 1 - Otórgase un subsidio no reintegrable por la
CARLOS MARIO GUTIÉRREZ
AGRICULTURA, GANADERÍA Y ALIMENTOS

DE

JORGE EDUARDO CÓRDOBA
FISCAL DE ESTADO

SECRETARÍA GENERAL de la GOBERNACIÓN

Resolución Nº 368
Córdoba, 2 de julio de 2010
VISTO: El expediente Nº 0165-085007/2010, del Registro de la Dirección General de Compras, Mantenimiento, Infraestructura y Servicios de la Secretaría de Coordinación de Administración y Personal de la Secretaría General de la Gobernación.Y CONSIDERANDO:
Que por Decreto N 422/2.010 el Gobierno de la Provincia de Córdoba adhirió al Censo Nacional de Población, Hogares y Viviendas 2.010 y se constituyó el Comité Censal Provincial, presidido por el señor Secretario General de la Gobernación y cuyo Secretario Ejecutivo es el titular de la Dirección General de Estadística y Censos, organismo que tendrá a su cargo la coordinación programática y ejecutiva del operativo.Que en cumplimiento de las funciones encomendadas, la Dirección General de Estadística y Censos de la Secretaría General de la Gobernación insta el presente trámite a efectos de que se autorice la adquisición de dieciséis 16 nuevas estaciones de trabajo para ser utilizadas en el precitado Censo Nacional.Que los elementos que se pretenden adquirir resultan necesarios para dotar a la estructura de coordinación del referido operativo del equipamiento informático para el desarrollo de
las tareas de organización de la capacitación de los distintos puestos de la estructura censal, capacitación de los Jefes de Departamento y Jefes de Fracción, colaboración con el Coordinador/Subcoordinador Provincial de Instrucción en el proceso de selección de instructores, asegurando la calidad de la información desde la instancia de capacitación hasta la recolección de los datos censales, acompañando el correcto desempeño de la estructura de relevamiento censal en los departamentos y/o fracciones a su cargo y actuando como nexo entre la estructura de relevamiento, el equipo de coordinación central y las autoridades locales.Que en consecuencia, se procedió a requerir cotizaciones a las empresas FLEX NET S.A., MW, COMPUSERV S.R.L., AL FINET S.R.L., DIGITAL SOLUCIONES, EMPIRETECH, SOLUCIONES INFORMÁTICAS SIGMA S.R.L., NORTH COMPUTERS S.R.L., NEYRA HNOS.
S.A., CONTINUOS CÓRDOBA, NOVACOR
S.R.L., CCTECH, PLUS S.A., THE COMPUTER
S.R.L., E.C.I.C. SYSTEMS, GRUPO GALMES
S.R.L., HARRIAGUE Y ASOCIADOS S.R.L., MICHIGAN INGENIERÍA INFORMÁTICA S.A., PENTACOM S.A., CEDI CONSULTING S.R.L., EL AUDITOR S.A. y FODE S.A..Que las firmas PENTACOM S.A., PLUS S.A. y NORTH COMPUTERS S.R.L. presentan sus respectivas ofertas económicas, cumpliendo sólo la primera de las nombradas con las especificaciones técnicas requeridas, siendo el precio ofertado considerado razonable, conforme
lo informado por la Subsecretaría de Informática y Telecomunicaciones de la Secretaría General de la Gobernación, razón por la cual corresponde autorizar la contratación que se propicia por resultar conveniente para los intereses del Estado Provincial.Que la presente contratación se encuentra comprendida dentro de las previsiones del artículo 110 inciso 2 de la Ley N 7.631, debido a la necesidad imperiosa de dotar al Comité Censal Provincial de los insumos necesarios para el cumplimiento de las funciones encomendadas en el artículo 6 del Decreto N 422/2.010.Que el artículo 17 del Decreto N 422/2.010
facultó al señor Secretario General de la Gobernación a contratar en forma directa la adquisición de bienes de consumo, servicios no personales y bienes de capital destinados al operativo, hasta el índice cien 100, siendo en consecuencia la autoridad competente para autorizar la presente contratación, teniendo en cuenta que el valor del índice uno 1 fijado en el artículo 29 de la Ley N 9.702 es de Pesos dos mil $ 2.000.Que obra en autos el correspondiente documento contable - Nota de Pedido Nº 2010/
001066 de la Dirección General de Administración de la Secretaría de Coordinación de Administración y Personal de la Secretaría General de la Gobernación para hacer frente a los gastos de que se trata.Por ello, lo dispuesto por la normativa citada y lo dictaminado por la Subsecretaría de Asuntos Legales bajo N 353 /2010;

EL SECRETARIO GENERAL DE LA
GOBERNACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- CONTRÁTASE en forma directa con la firma PENTACOM S.A. para la adquisición de dieciséis 16 estaciones de trabajo marca PENTACOM, modelo VCi5-750, Chasis SATELLITE 0207K, Placa Base INTEL DH55HC, Procesador INTEL Core i5-750, RAM KINGSTON
de 3 GB de 1333 MHz DDR3, Disco Fijo SATA de 500 GB 16 MB, Mouse Óptico con Scroll y Teclado, MICROSOFT Windows 7 Professional OEM, MICROSOFT Office 2007 Professional OEM, LCD
SAMSUNG 933 de 19", Lector de tarjetas interno y Lector/grabador de DVD 16x SATA, ISO
9001:2008, placas de video de tecnología PCI-X
de 512 MB de capacidad y marca GeForce nVidia 8400GS 1280 x 1024, por un precio unitario de Pesos seis mil quinientos treinta y dos $ 6.532,00, IVA incluido, resultando por el total de las estaciones de trabajo la suma de Pesos ciento cuatro mil quinientos doce $ 104.512,00, IVA incluido.ARTÍCULO 2.- IMPÚTESE la suma de Pesos ciento cuatro mil quinientos doce $ 104.512,00 a Jurisdicción 170, Programa 710/0, Partida Principal 11, Parcial 01, Subparcial 05 del Presupuesto Vigente, correspondiente a la Nota de Pedido N
2010/001066, suma que certifica las reservas presupuestarias pertinentes, a los efectos de atender la presente erogación.CONTINÚA EN PÁGINA 4

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 09/08/2010 - 1º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaeseArgentina

Data09/08/2010

Conteggio pagine5

Numero di edizioni4176

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione11/07/2024

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