Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 27/01/2009 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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BOLETÍN OFICIAL

un criterio de diseño de todos los componentes de la propuesta.
Que la magnitud de la iniciativa evolucionará y tendrá un enriquecimiento por otros aportes que se efectuarán en el marco de la presentación que realizará la inversión privada.
Que el Ministerio de finanzas informa que la propuesta es viable financiera y presupuestariamente.
Que el Instituto Provincial de Iniciativas Privadas de la Provincia I.P.I.P. propone, mediante Acta de fecha 20 de enero de 2009, la declaración de interés público de la iniciativa presentada.
Que surge necesario utilizar para la prosecución del presente trámite el procedimiento de selección mediante Licitación Pública.
Que la iniciativa presentada encuentra su respaldo legal en las previsiones de la Ley N 8837 y su Decreto Reglamentario N 958/00 y modificatorias, cumpliendo con los lineamientos generales exigidos por dicho ordenamiento legal.Por ello, las actuaciones cumplidas, lo dictaminado por el Departamento Jurídico del Ministerio de Obras y Servicios Públicos bajo el N 10/09 y por Fiscalía de Estado bajo el N
43/09;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA
Artículo 1º.- DECLÁRASE de interés público la Iniciativa Privada denominada "Centro Cívico del Bicentenario", presentada por la empresa Electroingeniería S.A. el proyecto y la construcción de un complejo edilicio que sirva de sede a dependencias administrativas del Gobierno Provincial, de un centro de convenciones de aproximadamente 8.000 m2
de nivel internacional, una red vial para asegurar la accesibilidad vehicular y tres mil cocheras cubiertas.
Artículo 2º.- ESTABLÉCESE que el procedimiento de selección a utilizarse para la prosecución del presente trámite es el de Licitación Pública.
Artículo 3º.- INSTRÚYASE, a efectos de cumplimentar lo dispuesto en el artículo anterior, al Instituto Provincial de Iniciativas Privadas de la Provincia de Córdoba I.P.I.P.
para que por si o autorizando al efecto al Ministerio de Obras y Servicios Públicos confeccione los pliegos de bases y condiciones respectivos y asimismo y efectúe el llamado a licitación correspondiente.

CÓRDOBA, 27 de enero de 2009

PODER EJECUTIVO
DECRETO 58

financiera y presupuestariamente.
Córdoba, 23 de enero de 2009.

VISTO:
El Expediente Nº 0051-055227/2009 en los cuales obra presentación efectuada por la Empresa DINOSAURIO S.A.
de la Iniciativa Privada para la concreción del emprendimiento "Ampliación de la Terminal de Ómnibus de la Ciudad de Córdoba".
Y CONSIDERANDO:
Que la Empresa presenta su propuesta donde identifica, entre otros aspectos, objeto del proyecto, forma de financiamiento, áreas territoriales afectadas y objetivos de la iniciativa.
Que se ha acompañado la documentación requerida por la Ley N 8837 y su Decreto Reglamentario N 958/00.
Que recibida la propuesta, el señor Secretario General de la Gobernación en su calidad de Coordinador del Instituto Provincial de Iniciativas Privadas de la Provincia I.P.I.P.
requirió informes al Ministerio de Obras y Servicios Públicos y al Ministerio de Finanzas respecto de la viabilidad técnica y económica, respectivamente, de la iniciativa presentada.
Que la Subsecretaría de Arquitectura produce informe sobre la viabilidad técnica del emprendimiento, en el marco de la Ley N 8837, considerando de interés la propuesta por razones de orden urbano-arquitectónicas.
Que estas expresiones se relacionan con la concentración en un único sector de todo el movimiento de vehículos de transporte público de media y larga distancia, lo cual constituye una solución altamente beneficiosa para los usuarios del sistema, facilitando su acceso a diferentes medios e intercambio de destinos.
Que la sectorización posible de las unidades de transporte permite ordenar el uso de las diferentes plataformas según origen y destino de los viajes, evitando cruces de uno a otro lado de vehículos de gran porte y aún de los automotores privados y los de transporte público que utilicen los servicios.

Artículo 4.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro de Obras y Servicios Públicos, de Finanzas y Fiscal de Estado y firmado por el señor Secretario General de la Gobernación.-

Que sin perjuicio de las consideraciones que para con el sector urbano de implementación puedan haber incorporado los estudios hasta ahora realizados para el Plan Director para la Ciudad de Córdoba Convenio UNC -Municipalidad de Córdoba, la accesibilidad al área de intervención requiere importantes refuerzos que aseguren la fluidez de la que el sector ya carece y que se agravará en lo sucesivo.

Artículo 5º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dése intervención al Ministerio de Obras y Servicios Públicos, pase al Instituto Provincial de Iniciativas Privadas I.P.I.P a sus efectos, póngase en conocimiento de la Legislatura Provincial, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.-

Que constituye una oportunidad para fundamentar y justificar las inversiones, no sólo en vialidad de superficie, sino en la búsqueda de otras alternativas, la ineludible adopción de un sistema de transporte masivo que genere un polo multimodal.

JUAN SCHIARETTI
G OBERNADOR

ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE O BRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

Que asimismo, similar consideración a la mencionada precedentemente, merece la demanda de obras de infraestructura que amplíen redes y refuercen sistemas, lo cual constituye una oportunidad para incorporar soluciones de uso concreto de tecnologías sustentables con ahorro energético, protección de los factores climáticos y ambientales desfavorables y aprovechamiento de los favorables.

CR. RICARDO ROBERTO SOSA
SECRETARIO GENERAL DE LA GOBERNACION

Que esta valoración de la magnitud de la iniciativa evolucionará y tendrá un enriquecimiento por otros aportes, que se efectuarán en el marco de la presentación que realizará la inversión privada en el procedimiento de selección a utilizar.

JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO

Que ha tomado intervención el Ministerio de Finanzas manifestando que la propuesta de que se trata es viable
CR. ANGEL MARIO ELETTORE
M INISTRO DE F INANZAS

Que el Instituto Provincial de Iniciativas Privadas de la Provincia I.P.I.P. propone, mediante Acta de fecha 20 de enero de 2009, la declaración de interés público de la iniciativa presentada.
Que surge necesario utilizar para la prosecución del presente trámite el procedimiento de selección mediante Licitación Pública.
Que la iniciativa presentada encuentra su respaldo legal en las previsiones de la Ley N 8837 y su Decreto Reglamentario N 958/00 y modificatorias, cumpliendo con los lineamientos generales exigidos por dicho ordenamiento legal.
Por ello, las actuaciones cumplidas, lo dictaminado por el Departamento Jurídico del Ministerio de Obras y Servicios Públicos bajo el N 18/09 y por Fiscalía de Estado bajo el N
44/09;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA
Artículo 1º: DECLÁRASE de interés público la Iniciativa Privada, presentada por la empresa Dinosaurio S.A. para la ejecución de la "Ampliación de la Terminal de Ómnibus de la Ciudad de Córdoba".
Artículo 2º.- ESTABLÉCESE que el procedimiento de selección a utilizarse para la prosecución del presente trámite es el de Licitación Pública.
Artículo 3º.- INSTRÚYASE, a efectos de cumplimentar lo dispuesto en el artículo anterior, al Instituto Provincial de Iniciativas Privadas de la Provincia de Córdoba I.P.I.P.
para que por si o autorizando al efecto al Ministerio de Obras y Servicios Públicos confeccione los pliegos de bases y condiciones respectivos y asimismo efectúe el llamado a licitación correspondiente.
Artículo 4.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro de Obras y Servicios Públicos, de Finanzas y Fiscal de Estado y firmado por el señor Secretario General de la Gobernación.Artículo 5º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dése intervención al Ministerio de Obras y Servicios Públicos, pase al Instituto Provincial de Iniciativas Privadas I.P.I.P a sus efectos, póngase en conocimiento de la Legislatura Provincial, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.-

JUAN SCHIARETTI
G OBERNADOR

DR. OSCAR GONZALEZ
M INISTRO DE SALUD A CARGO
MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

CR. ANGEL MARIO ELETTORE
M INISTRO DE FINANZAS

CR. RICARDO ROBERTO SOSA
SECRETARIO GENERAL DE LA GOBERNACION

JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 27/01/2009 - 1º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaeseArgentina

Data27/01/2009

Conteggio pagine6

Numero di edizioni4172

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione04/07/2024

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