Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 27/10/2008 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

B OLETÍN O FICIAL

Córdoba, 27 de octubre de 2008

1

SECCIÓN

AÑO XCVI - TOMO DXXV - Nº 202
CORDOBA, R.A. LUNES 27 DE OCTUBRE DE 2008

PUBLICACIONES

DE

GOBIERNO

www.boletinoficialcba.gov.ar E-mail: boletinoficialcba@cba.gov.ar
RESOLUCIONES

LEYES

Selección de Residentes en Salud - Año 2008
Disponen el segundo llamado.
MINISTERIO DE SALUD

LEY: 9532

EL MINISTRO DE SALUD
R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1º.- CRÉASE en la Primera Circunscripción Judicial, con asiento en la ciudad de Córdoba, la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Novena Nominación.

Córdoba, 22 de octubre de 2008

Y CONSIDERANDO:
Que la presente gestión se encuentra prevista en la Reglamentación vigente.
Que obra en autos la programación y cronograma a cumplir, becas a concursar por especialidad, establecimiento asistencial y número de vacantes.
Que obra en autos el VB del señor Secretario de Programación Sanitaria, de esta Cartera Ministerial.

1º.- DISPONESE el 2 Llamado a Selección de Residentes en Salud de la Provincia de Córdoba - Año 2008 - y APRUEBASE
la Programación que como Anexo I, compuesta de SEIS 6 fojas, forma parte integrante de la presente Resolución.
2º.- AUTORIZASE a la Dirección de Jurisdicción Escuela de Formación de Especialistas y Sub Dirección de Jurisdicción de Recursos Humanos de esta Cartera a efectuar el 2 llamado a selección de que se trata con arreglo a lo previsto en la programación dispuesta en el Apartado precedente.
3.- PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
DR. OSCAR FÉLIX GONZALEZ
MINISTRO DE SALUD

Por ello, lo informado por la Dirección de Jurisdicción Escuela
ANEXO I
2º LLAMADO A SELECCIÓN DE RESIDENTES EN SALUD
DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA - AÑO 2008

Especialistas - Ministerio de Salud de la Provincia de Córdoba, sito en Avenida Vélez Sarsfield 2311 - Área Marrón - Of. 8. el 4 y 5 de Noviembre de 2008 de 8,30 hs. a 13,30 hs. respetando el siguiente cronograma:

INSTITUCIONES INTERVINIENTES

04 de Noviembre de 2008

MINISTERIO DE SALUD DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

Emergentología Pediátrica.
Diagnóstico por Imágenes en Pediatría.

DIFUSIÓN
A partir del día 24 de octubre de 2008, por todos los medios masivos de comunicación, prensa oral u escrita pagina web: www.cba.gov.ar - Ministerio de Salud - Noticias y Gacetillas www.cmpc.org.ar - Concursos correo electrónico: capacitacion.promocion@cba.gov.ar INSCRIPCION PARA EL EXÁMEN
Se realizará personalmente en la Escuela de Formación de
LA LEGISLATURA DE LA
PROVINCIA DE CÓRDOBA
SANCIONA CON FUERZA DE

de Formación de Especialistas y en uso de las facultades conferidas por el artículo 26 inc. 5 y 6 de la Ley 9454.

RESOLUCION Nº 711
VISTO: El Expediente Nº 0425-181055/08, mediante el cual se gestiona el 2 Llamado a Selección de Residentes en Salud de la Provincia de Córdoba - Año 2008.

PODER LEGISLATIVO

05 de Noviembre de 2008
Física Médica.
Investigación Clínica en Pediatría.
Investigación Clínica en Gastroenterología.
REQUISITOS
Podrán inscribirse argentinos, naturalizados o en trámite.
El postulante podrá inscribirse en una sola Especialidad.
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ARTÍCULO 2º.- CRÉASE en la Primera Circunscripción Judicial con asiento en la ciudad de Alta Gracia, el Juzgado en lo Civil, Comercial, Conciliación y Familia de Segunda Nominación.
El Juzgado que se crea por la presente Ley tendrá además la competencia material asignada a los tribunales especializados en materia de Concursos y Sociedades de la Primera Circunscripción Judicial, la cual será ejercida en forma exclusiva en el ámbito de la competencia territorial que le es propia.
El actual Juzgado en lo Civil y Comercial, Conciliación y Familia se denominará Juzgado Civil, Comercial, Conciliación y Familia de Primera Nominación.
ARTÍCULO 3º.- CRÉASE en la Décima Circunscripción Judicial con asiento en la ciudad de Río Tercero, el Juzgado en lo Civil, Comercial, Conciliación y Familia de Tercera Nominación.
ARTÍCULO 4º.- EL Tribunal Superior de Justicia determinará el ámbito de competencia territorial que tendrá la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Novena Nominación, y además fijará la fecha a partir de la cual resultará operativa la competencia en materia de Concursos y Sociedades asignada al nuevo juzgado que se crea en el artículo 2º.
A partir de la fecha en que la presente Ley entre en vigencia, la estructura de cada Juzgado en lo Civil, Comercial, Conciliación y Familia de la Primera Circunscripción Judicial con asiento en la ciudad de Alta Gracia y de la Décima Circunscripción Judicial con asiento en la ciudad de Río Tercero será la que determine el Tribunal Superior de Justicia.
ARTÍCULO 5º.- FACÚLTASE al Poder Ejecutivo a realizar los ajustes presupuestarios que fueren necesarios a los efectos del cumplimiento de la presente Ley.
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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 27/10/2008 - 1º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaeseArgentina

Data27/10/2008

Conteggio pagine4

Numero di edizioni4178

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione15/07/2024

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