Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 22/03/2007 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

B OLETÍN O FICIAL

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VIENE DE TAPA
DECRETO Nº 378

VIENE DE TAPA
RESOLUCIÓN Nº 80

Impuesto sobre los Ingresos Brutos legislado en el Código Tributario, de conformidad a los programas de reestructuración tributaria y/o armonización de normas que se consideren oportunos con posterior ratificación por parte de la Honorable Legislatura Provincial.

destaca que el plazo de mantenimiento de la oferta se ha fijado en Pliegos, en cuarenta y cinco 45 días hábiles, atento que el presente trámite administrativo requiere un plazo mayor de lo estipulado por Ley, en virtud del nivel de autoridad que lo adjudica, ello en cumplimiento de lo dispuesto en el párrafo primero in fine del punto 2.3.11 del Anexo I al Decreto N 1882/80, Régimen de Contrataciones de la Ley de Contabilidad Provincial.

Que además, el mencionado artículo faculta al Poder Ejecutivo a crear regímenes de incentivos fiscales que fomenten en forma prioritaria la creación de puestos de trabajo y la realización de inversiones productivas en la Provincia.
Que en el marco del nuevo diseño concebido para la política tributaria, esta Administración ha instrumentado diversas medidas con el propósito de reducir el costo impositivo de ciertas actividades económicas desarrolladas en el ámbito de la Provincia de Córdoba.
Que el presente dispositivo se enmarca en el proceso de armonización de los regímenes tributarios de los Estados integrantes de la Región Centro, con el objetivo de evitar una distorsión en las condiciones de la competencia regional.
Que en tal contexto se considera conveniente, en esta instancia, mejorar la eficacia en la recaudación tributaria provincial, no sólo por medio de una correcta política de recaudación sino, además, por la aplicación de una política de ajustes en determinadas alícuotas del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, con carácter restrictivo, bajo el propósito de coadyuvar a la promoción de ciertas actividades.
Que bajo ese razonamiento y como resultado del análisis efectuado, se estima aconsejable reducir del citado impuesto, en forma transitoria, la alícuota aplicable para la actividad del servicio de transporte terrestre automotor de cargas y para el servicio de transporte terrestre automotor de productos agrícola-ganaderos en estado natural, conforme la codificación prevista en las disposiciones legales pertinentes Códigos 71100.30 y 71101.20, respectivamente.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo informado por la Dirección de Asesoría Fiscal mediante Nota Nº 26/07 y de acuerdo con lo dictaminado por el Departamento Jurídico del Ministerio de Finanzas al Nº 059/07 y por Fiscalía de Estado al Nº 0222/07
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA :
ARTÍCULO 1º.- ESTABLÉCESE en el uno coma cincuenta por ciento 1,50% la alícuota aplicable en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, a partir del anticipo mensual devengado por el mes de Marzo del corriente año y hasta el 31 de Diciembre de 2007, para las actividades que se indican a continuación, conforme la codificación prevista en las disposiciones legales pertinentes:
a Servicio de transporte terrestre automotor de cargas Código 71100.30.
b Servicio de transporte terrestre automotor de productos agrícola-ganaderos en estado natural Código 71101.20.
ARTÍCULO 2º.- FACÚLTASE a la Dirección General de Rentas a dictar las normas necesarias que pudieren corresponder para la reglamentación del presente Decreto.
ARTÍCULO 3.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Finanzas y por el Señor Fiscal de Estado y enviado a la Honorable Legislatura Provincial para su posterior ratificación.
ARTÍCULO 4.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
CR. ÁNGEL MARIO ELETTORE
MINISTRO DE FINANZAS
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO

Por ello, lo dispuesto por el artículo 13 inc. a y b de la Ley de Ejecución de Presupuesto N 5901 T.O. por Ley 6.300 y modificaciones, y en base al valor asignado al Índice Uno por la Ley Nº 9348 y lo dictaminado por la Asesoría Jurídica de este Ministerio de Seguridad bajo el N 192/07, EL MINISTRO DE SEGURIDAD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- AUTORIZAR el llamado a Licitación Pública Nº 09/2007, a fin de contratar la adquisición de Hortalizas y Huevos, con destino a distintos Establecimientos Penitenciarios del Interior E.P. Nº 5, Villa María, E.P N 6 Río Cuarto, E.P N 7, San Francisco, E.P N 8 Villa Dolores y E.P. N 10 Cruz del Eje y como provisión para seis 6 meses del año 2007.

MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS
RESOLUCION Nº 6
Córdoba, 16 de Enero de 2007
Expediente Nº 0045-012472/03.
VISTO: este expediente en el que obra la Resolución Nº 01120/06
de la Dirección Provincial de Vialidad dependiente del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, relacionada con los trabajos de la Obra:
MEJORAMIENTO Y MANTENIMIENTO DE LAS REDES VIALES
SIN PAVIMENTAR PRIMARIA, SECUNDARIA Y TERCIARIA, PERTENECIENTES A LA JURISDICCIÓN DEL CONSORCIO
CAMINERO REGIONAL Nº 2 - DEPARTAMENTOS: SAN ALBERTO
- POCHO Y MINAS.
Y CONSIDERANDO:
Que la citada Dirección propicia la aprobación del Acta de Recepción Provisional, de fecha 2 de marzo de 2006, la medición final y la Planilla Comparativa según la cual se ha ejecutado la obra por un monto total de $ 587.884,54 arrojando una diferencia en menos de $
- 21,58, se apruebe el Certificado Nº 20 Final de Precios Contractuales por febrero de 2006 que asciende a la suma de $ 1.226,39 y que será liquidado oportunamente mediante Orden de Pago Directa según informe Nº 177/06 del Departamento I Administración y Personal dependiente de la Dirección Provincial de Vialidad, como asimismo solicita se desafecte la suma de $ 21,58, debido a la menor inversión, por lo que se ha emitido documento de contabilidad a nivel de Afectación Preventiva Negativa Nº 8196/06 - Compromiso Nº 1657/06.
Que lo propiciado por la Dirección Provincial de Vialidad es posible en virtud de los informes técnicos obrantes en autos y de las previsiones de los artículos 52 de la Ley de Obras Públicas y artículos 45 y 46
primer párrafo del Decreto Reglamentario Nº 4757/77 y 79 del Pliego General de Condiciones aprobado por Decreto Nº 4758/77.
Por ello, lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio con el Nº 190/06 caso similar, proveído de fecha 11-12-06, EL MINISTRO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º.- APROBAR el Acta de Recepción Provisoria, de
Córdoba, 22 de marzo de 2007

ARTÍCULO 2º.- AUTORIZAR a la Jefatura del Servicio Penitenciario de la Provincia a fijar fecha y hora del presente llamado.
ARTÍCULO 3º.- AUTORIZAR a la Dirección de Administración del Servicio Penitenciario Provincial a afectar a la presente Licitación la suma de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA MIL $
240.000.00, conforme Documento de Afectación Preventiva Nº 777/07.
ARTÍCULO 4º.- La presente Licitación se realizará de acuerdo a las normas legales vigentes y a los Pliegos de Especificaciones y de Condiciones Complementarias - Cláusulas Particulares, que se acompañan como Anexo I 6 folios y Anexo II 5 folios, respectivamente. Las publicaciones en el Boletín Oficial se efectuarán durante tres 3 días, conforme lo dispuesto por el artículo 19 de la Ley Normativa de Ejecución de Presupuesto.
ARTÍCULO 5º.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención a la Dirección de Administración del Servicio Penitenciario de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
DR. JUAN CARLOS MASSEI
MINISTRO DE SEGURIDAD

fecha 2 marzo de 2006 correspondiente a los trabajos de la Obra:
MEJORAMIENTO Y MANTENIMIENTO DE LAS REDES VIALES
SIN PAVIMENTAR PRIMARIA, SECUNDARIA Y TERCIARIA, PERTENECIENTES A LA JURISDICCIÓN DEL CONSORCIO CAMINERO REGIONAL Nº 2 - DEPARTAMENTOS: SAN ALBERTO POCHO Y MINAS.
ARTÍCULO 2º.- APROBAR la medición final efectuada y la Planilla Comparativa, según la cual se ha ejecutado la Obra por un monto total de Pesos Quinientos Ochenta y Siete Mil Ochocientos Ochenta y Cuatro Con Cincuenta y Cuatro Centavos $ 587.884,54, arrojando una diferencia en menos de Pesos Veintiuno Con Cincuenta y Ocho Centavos $ -21,58.
ARTÍCULO 3º.- APROBAR una ampliación del plazo contractual de 252 días calendario.
ARTÍCULO 4º.- APROBAR el Certificado Nº 20 Final de Precios Contractuales por el mes de febrero de 2006, que asciende a la suma de Pesos Un Mil Doscientos Veintiséis Con Treinta y Nueve Centavos $ 1.226,39 y que será liquidado oportunamente mediante Orden de Pago Directa según Informe Nº 177/06 del Departamento I Administración y Personal dependiente de la Dirección Provincial de Vialidad.
ARTÍCULO 5º.- DESAFECTAR la suma de Pesos Veintiuno Con Cincuenta y Ocho Centavos $ 21,58, debido a la menor inversión conforme lo indica la Gerencia de Recursos Económicos y Financieros de la Dirección Provincial de Vialidad en su Documento de Contabilidad Afectación Preventiva Negativa Nº 8196/06 - Compromiso Nº 1657/
06, con cargo Jurisdicción 1.25, Programa 265/6, Proyecto 51, Partidas: Principal 12, Parcial 10, Obra 377 del P.V.
ARTÍCULO 6º.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención a la Gerencia de Recursos Económicos y Financieros de la Dirección Provincial de Vialidad, al Tribunal de Cuentas de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, pase a la citada Dirección a sus efectos y archívese.
ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS

ACUERDOS
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
DIRECCIÓN GENERAL DE SUPERINTENDENCIA

ACUERDO NUMERO CIENTO SEIS - SERIE A. En la ciudad de Córdoba, a catorce días del mes de marzo del año dos mil siete, con la Presidencia de su titular Dr. Armando Segundo ANDRUET
h, se reunieron para resolver los Señores Vocales del Tribunal Superior de Justicia, Doctores María Esther CAFURE de BATTISTELLI, Aída Lucia Teresa TARDITTI, Domingo Juan SESIN, Luis Enrique RUBIO, María de las Mercedes BLANC

G. de ARABEL y Carlos Francisco GARCIA ALLOCCO, con la asistencia de la Subdirectora de Superintendencia Sra. Adriana JASIN DE FRATTARI y ACORDARON:
I.- DISPONER que a partir del día de la fecha, la Sala Laboral del Tribunal Superior de Justicia quede integrada de la siguiente manera:
SALA LABORAL:
Presidente: Dr. Luis Enrique RUBIO, Vocales: Dres. Carlos Francisco GARCÍA ALLOCCO y María de las Mercedes BLANC de ARABEL. En caso de vacancia, licencia, impedimento, recusación

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 22/03/2007 - 1º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaeseArgentina

Data22/03/2007

Conteggio pagine4

Numero di edizioni4191

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione01/08/2024

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