Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 18/11/2005

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

Pág. 4

BOLETIN OFICIAL

Artículo 2.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Gobierno y Derechos Humanos y suscripto por el señor Secretario de Seguridad.
Artículo 3.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, insértese en el Registro Oficial y oportunamente archívese.
Maza, A.E., Gobernador - Paredes Urquiza, A.N., M.G. y D.H. - Viñas, J.D., S.S.

LEY Nº 7.898
LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1.- Dispónese la incorporación al Plan de Trabajos Públicos de la Administración de Obras Públicas, la construcción de la obra Comisaría del distrito Malligasta.
Artículo 2.- La referida obra será emplazada en el terreno donado al efecto por el Obispado de La Rioja, mediante Disposición N 84/2004.
Artículo 3.- Los gastos que demande la ejecución de la obra serán tomados de la partida dispuesta en el presupuesto vigente para los trabajos públicos de la Administración de Obras Públicas.
Artículo 4.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 120 Período Legislativo, a veintidós días del mes de septiembre del año dos mil cinco. Proyecto presentado por los diputados Enrique Pedro Molina y Gustavo Adolfo Molina.
Ricardo Baltazar Cárbel - Vicepresidente 2º - Cámara de Diputados e/e de la Presidencia - Raúl Eduardo Romero Secretario Legislativo DECRETO N 1.416
La Rioja, 06 de octubre de 2005
Visto: el Expediente Código A2 N 0083-2/05, mediante el cual la Cámara de Diputados de la Provincia eleva el texto de la Ley N 7.898 y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 123 de la Constitución Provincial,
Viernes 18 de noviembre de 2005
LEY Nº 7.901

LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1.- Impónese el nombre de Dr. Luis de la Fuente al Servicio de Cardiología Intervencionista y Hemodinamia del Hospital Dr. Enrique Vera Barros de la ciudad Capital.
Artículo 2.- El acto homenaje de imposición de nombre se realizará en fecha a designar por el Ministerio de Salud.
Artículo 3.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 120º Período Legislativo, a veintidós días del mes de septiembre del año dos mil cinco. Proyecto presentado por los diputados Carlos Alberto Romero y José Francisco Díaz Danna.
Ricardo Baltazar Cárbel - Vicepresidente 2º - Cámara de Diputados e/e de la Presidencia - Raúl Eduardo Romero Secretario Legislativo DECRETO N 1.327
La Rioja, 03 de octubre de 2005
Visto: el Expediente Código A2 N 0085-4/05, mediante el cual la Cámara de Diputados de la Provincia eleva el texto de la Ley N 7.901 y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 123 de la Constitución Provincial, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1.- Promúlgase la Ley N 7.901 sancionada por la Cámara de Diputados de la Provincia con fecha 22 de setiembre de 2005.
Artículo 2.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Salud.
Artículo 3.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, insértese en el Registro Oficial y oportunamente archívese.
Maza, A.E., Gobernador - Buso, A.E., M.S.
DECRETOS AÑO 2004

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1.- Promúlgase la Ley N 7.898 sancionada por la Cámara de Diputados de la Provincia con fecha 22 de setiembre de 2005.
Artículo 2.- El presente decreto será refrendado por los señores Ministros de Hacienda y Obras Públicas y de Gobierno y Derechos Humanos.
Artículo 3.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, insértese en el Registro Oficial y oportunamente archívese.
Maza, A.E., Gobernador - Garay, J.M., M.H. y O.P. Paredes Urquiza, A.N., M.G. y D.H.

DECRETO Nº 188
La Rioja, 16 de febrero de 2004
Visto: el informe elevado por la Subsecretaría de Gestión Pública y el informe de la Escribanía General de Gobierno respecto a los decretos por los cuales se autoriza a distintas áreas de la Administración Pública a suscribir Contratos de Locación de Servicios; y,Considerando:
Que de acuerdo a estos informes, existen errores materiales en el texto de algunos de los decretos por los cuales se autoriza la celebración de Contratos de Locación de Servicios para el año 2004.

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 18/11/2005

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

PaeseArgentina

Data18/11/2005

Conteggio pagine22

Numero di edizioni2476

Prima edizione02/01/1998

Ultima edizione18/06/2024

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