Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 26/11/2004
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja
Pág. 2
BOLETIN OFICIAL
Viernes 26 de noviembre de 2004
DECRETOS
Administración Provincial - Fuentes Financieras Nivel Institucional
TOTAL
Administración Central 1.299.999,70
Organismo Descentralizado
Instituc. de Seg. Social
Total 1.299.999.70
1.299.999,70
1.299.999,70
Gastos PG.
SP.
PY.
AC.
OB.
U.G.
1
30
0 310
27
0 3 0 0 2801 888
4 2 2 0 1.299.999,70
TOTAL GENERAL
1.299.999,70
Disminuc.
I.
P.
PA.
SP.
Sbjur.
S.A.F.
Increm.
Jur.
Visto: el Expediente Código F16 N 00030-9/04, mediante el cual la Unidad Ejecutora Provincial -S.A.F. N 310solicita incorporar al Presupuesto de la Administración Pública Provincial Ley N 7.599 recursos provenientes del Banco Interamericano de Reconstrucción y Fomento por la suma de $
1.299.999,70; y,
Concepto Endeud. Públ. e Increm. de O/Pasivos Obtenc. de Prest. a Largo Plazo del Sector Externo
Orden
La Rioja, 18 de mayo de 2004
F.F.
DECRETO N 585
0,00
Considerando:
ANEXO
Conc.
Sbconc.
CED
F.F.
Increm.
37
9
2
2
0
888
1.299.999,70
0,00
1.563.785,70
0,00
1.299.999,70
263.786,00
SERVICIO
JURISDICCION
1.563.785,70
1.563.785,70
0,00
0,00
0,00
1.563.785,70
0,00
1.299.999,70
263.786,00
2801
TOTAL GENERAL
888
0 Correc. y Protección s/el Río Bermejo Villa Unión 0 3 0
27
2006
INCREM.
DISMIN.
2004
2005
PROYECTO DE OBRAS
F.F.
U.G.
Ppto.
PLAN DE TRABAJOS PUBLICOS
A.P.V.
PROYECTO
SUB-PROGRAMA
PROGRAMA
310
Clase
0
Dismin.
Tipo
310
Sbjur.
30
S.A.F.
Jur.
Recursos
OBRA
ACTIVIDAD
30
Maza, A.E., Gobernador - Garay, J.M., M.H y O. P.
Caridad, A.G., S.H.
ANEXO
2004
Ppto.
MODIFICADO
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1.- Modificase el Artículo 4 de la Ley de Presupuesto N 7.599, estimándose un incremento en las Fuentes de Financiamiento, conforme se detalla en el anexo que se adjunta y que forma parte integrante del presente acto administrativo.
Artículo 2.- Modifícanse los totales establecidos en el Artículo 1 de la Ley de Presupuesto N 7.599 como consecuencia de lo establecido en el artículo anterior, estimándose un incremento en los Gastos, conforme al Anexo que adjunta y que forma parte integrante del presente decreto.
Artículo 3.- Comuníquese por donde corresponda de la presente Modificación Presupuestaria a la Función Legislativa Provincial, conforme lo establecido en el Artículo 7 de la Ley de Presupuesto N 7.599.
Artículo 3.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Hacienda y Obras Públicas y suscripto por el señor Secretario de Hacienda.
Artículo 4.- Comuníquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Resto
PLAN PLURI ANUAL
TOTAL
S.A.F. Nº 310: U.E.P. - Expte. Cód. F16- Nº 00030-9/04
MODIFICACION
Que el Artículo 6 de la Ley de Presupuesto N 7.599
para la Administración Pública Provincial faculta a la Función Ejecutiva a introducir ampliaciones en los créditos presupuestarios y establecer su distribución en la medida que las mismas sean financiadas con incrementos en los montos estimados para Recursos y para el Endeudamiento Público determinados en los Artículos 2 y 4 de la citada ley.
Que el Artículo 7 de la Ley de Presupuesto N 7.599
faculta a la Función Ejecutiva a disponer las reestructuraciones y modificaciones que considere necesarias con la única limitación de no alterar el total de erogaciones fijadas en los Artículos 1º y 3, comunicando las mismas a la Función Legislativa en un plazo de cinco 5 días.
Que corresponde dictar el presente acto administrativo en virtud de lo dispuesto por el Artículo 2 del Decreto de Distribución N 01/04, reglamentario de la Ley N 7.599.
Por ello y en uso de las facultades conferidas por los Artículos 6 y 7 de la Ley de Presupuesto N 7.599 y 123 de la Constitución Provincial,