Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 20/11/2001

Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

Martes 20 de noviembre de 2001

BOLETIN OFICIAL

DECRETOS AÑO 1999
DECRETO N 172
La Rioja, 10 de febrero de 1999
Visto: el Expte. Código A2 N 00235-0/96, mediante el cual el señor Víctor Hugo Aballay solicita la cesión definitiva de un inmueble de propiedad del Estado Provincial; y,Considerando:
Que de los informes producidos por la Dirección Provincial de Catastro y el Registro General de la Propiedad Inmueble, obrantes a fojas 9/11 y 13
respectivamente de los autos referenciados, surge que el inmueble en cuestión pertenece al Estado Provincial.
Que mediante Decreto N 1.457 de fecha 17 de agosto de 1993, protocolizado mediante escritura N 111
de fecha 24 de agosto de 1993, se dispuso la cesión en comodato del citado inmueble a favor del ocurrente por el término de cinco años a partir del día 24/08/93, estableciéndose que el mismo será destinado a la construcción de una vivienda única y de habitación permanente, la que deberá estar concluida al vencimiento del plazo estipulado y en caso de incumplimiento deberá restituir el inmueble con sus accesorios y mejoras producidas, las que quedarán en beneficio del Estado Comodante, sin derecho a indemnización alguna por ningún concepto.
Que la Dirección General de Catastro a fojas 20 de autos adjunta informe sobre la situación actual del inmueble, del cual surge que no se ha dado cumplimiento a la condición requerida, puesto que la vivienda no está concluida y en consecuencia no se encuentra aún en condiciones de observarse el destino previsto en el acuerdo, que era el de habitarla, habiendo ya excedido el tiempo considerado para tal fin.
Que la evidente inacción por parte del comodatario hace declinar la motivación o razón del contrato, por lo que es voluntad de la Administración comodante solicitar su restitución, haciendo uso de la facultad prevista en el Artículo 5.del mencionado contrato de comodato y conforme los términos de los Artículos 2265, 2271 y 2282, siguientes y concordantes del Código Civil.
Que Asesoría General de Gobierno en su dictamen N 395/98, establece que por lo expuesto, puede dictarse el acto administrativo de rigor por el cual se declare improcedente la solicitud impetrada en autos.
Por ello y en uso de las facultades otorgadas por el Artículo 123 de la Constitución Provincial, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1.- Recházase la petición efectuada por el señor Víctor Hugo Aballay en el Expediente Código A2N 00235-0/96, por las consideraciones tenidas en cuenta para el dictado del presente acto administrativo.

Pág. 5

Artículo 2.- Hácese uso de la facultad prevista en el Artículo 5 del Contrato de Comodato celebrado entre el Estado Provincial y el señor Víctor Hugo Aballay, mediante escritura N 111 de fecha 24 de agosto de 1993, operándose la restitución del inmueble cedido en comodato al dominio efectivo del Estado Provincial, de conformidad a las expresas disposiciones de los artículos 2265, 2271 y 2282, siguientes y concordantes del Código Civil.
Artículo 3.- Por Escribanía General de Gobierno, Dirección General de Catastro y Contaduría General de la Provincia División Patrimonio efectúense las registraciones pertinentes.
Artículo 4.- El presente decreto será refrendado por los señores Ministros: Coordinador de Gobierno y de Hacienda y Obras Públicas.
Artículo 5.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Fdo.: Maza, A.E., Gdor. Herrera, L.B., M.C.G.
Cayol, R.E., M.H. y O.P.-

RESOLUCIONES AÑO 2000
RESOLUCION D.G.P.E. N 103
La Rioja, 02 de octubre de 2000
Visto: el Expte. D 1.1. 00037-2- Año 2000, por el que la firma Hilado S.A. solicita la transferencia de los bienes de capital, importados e incorporados en su proyecto industrial promovido con los beneficios de la Ley Nacional Nº 22021 mediante Decreto Nº 243/87 y su modificatorio Nº 599/93, al proyecto industrial promovido por Decreto Nº 206/95Anexo VI; y, Considerando:
Que por Resolución D.G.P.E. Nº 014/97, Anexo II, se aprobó el listado de bienes de capital nuevos de origen importado que se incorporaron en la planta industrial promovida por Decreto Nº 243/87 y su modificatorio Nº 599/93.
Que por Resolución D.G.P.E. Nº 063/97, Anexo I, se aprobó el listado de bienes de capital repuestos nuevos de origen importado, que se incorporaron a la planta industrial promovida por Decreto Nº 243/87 y su modificatorio Nº 599/93.
Que la empresa expone los motivos que la llevan a solicitar autorización para transferir los bienes aprobados por Resolución D.G.P.E. Nº 014/97 Anexo II, ítems 3, 4, 5 y 8 y los bienes aprobados por Resolución D.G.P.E. Nº 063/97 Anexo I, al proyecto industrial promovido por Decreto Nº 206/95 Anexo VI.
Que la transferencia de los bienes no altera ninguno de los compromisos contraídos como beneficiaria promocional.
Que del análisis técnico, económico y legal surge opinión favorable para acceder a lo solicitado.

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 20/11/2001

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

PaeseArgentina

Data20/11/2001

Conteggio pagine17

Numero di edizioni2476

Prima edizione02/01/1998

Ultima edizione18/06/2024

Scarica questa edizione

Altre edizioni

<<<Noviembre 2001>>>
DLMMJVS
123
45678910
11121314151617
18192021222324
252627282930