Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 24/1/2023

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Source: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

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B.O. P. DE CADIZ NUM. 15

2.- No podrán formar parte del Tribunal; el personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual. La pertenencia a un Tribunal será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.

3.- Los miembros de los Tribunales deberán poseer titulación o especialización de igual o superior nivel de titulación a la exigida para el ingreso en la plaza equivalente.

4.- Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la autoridad convocante, y los aspirantes podrán recusarlos cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

5.- Para que un Tribunal quede válidamente constituido y pueda actuar, se requerirá la presencia de dos de sus vocales, titulares o suplentes indistintamente, más la del presidente y secretario o quienes les sustituyan.

6.- Corresponderá al Tribunal dilucidar las cuestiones planteadas durante el desarrollo de los procesos selectivos, así como, velar por el buen desarrollo de estos.

7.- Cuando lo considere conveniente, el Tribunal podrá recabar la colaboración de asesores expertos en la materia de que se trate, que intervendrán con voz, pero sin voto.

SÉPTIMA. PROCESOS DE SELECCIÓN.

La selección se realizará mediante el sistema selectivo de oposición, y se desarrollarán bajo los principios de igualdad, mérito, capacidad y transparencia, prescritos en la legislación vigente.
Fase de oposicion
Los aspirantes deberán realizar una única prueba tipo test que será eliminatoria. La puntuación máxima será de 0 y la máxima de 10. El aspirante que no alcance 5 puntos en la prueba quedará eliminado del proceso de selección.

La prueba será obligatoria y eliminatoria igual para todos los aspirantes y, consistirá en la resolución de un tipo test con un total de 50 preguntas más 8 de reserva, cada una de ellas con 3 posibles respuestas, siendo solo una de ellas la correcta. Las preguntas de reserva solo se corregirán si alguna de las 50 primeras es reclamada por algún aspirante y la citada reclamación es estimada por el Tribunal. En ese supuesto, se anulará la pregunta para todos los aspirantes y, será sustituida por la primera pregunta de reserva si hubiese más impugnaciones estimadas por el Tribunal se actuará de la msima forma, siempre siguiendo el orden establecido en las preguntas de reserva.
Todas las preguntas estarán relacionadas con los temas recogidos en el Anexo II de estas bases.

Corrección del ejercicio: Se aplicará el siguiente criterio, por cada respuesta correcta se sumarán 0,20 puntos, las preguntas respondidas erróneamente o no contestadas ni sumarán ni restarán puntos. La puntuación obtenida, que estará comprendida entre 0
y 10, deberá ser igual o superior a cinco, en caso contrario el aspirante será eliminado del proceso de selección.
Calificación de la oposición: Vendrá determinada por la nota obtenida en el ejercicio tipo test
OCTAVA. LISTAPROVISIONAL DE INTEGRANTES DE LAS BOLSAS
DE TRABAJO.

Los órganos de selección harán público en el tablón de edictos del Ayuntamiento, la lista provisional de seleccionados. Contra la citada lista se podrán presentar alegaciones, que no tendrán carácter de recurso ante el órgano de selección, en el plazo de tres días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de ésta. Dichas alegaciones, informadas por el órgano de selección, serán resueltas en la resolución por la que se apruebe el resultado definitivo de la selección.

NOVENA. - RESOLUCIÓN DE RECLAMACIONES, CRITERIOS
DE DESEMPATE Y, LISTA DEFINITIVA DE INTEGRANTES DE LA BOLSA DE
TRABAJO

1. Finalizado el plazo de alegaciones, el Tribunal hará pública la lista definitiva de integrantes de la bolsa de trabajo ordenada de mayor a menos puntuación. Dicha publicación, se hará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, quedando constituida la bolsa de trabajo.

2. En el caso de que, al proceder a la ordenación de los aspirantes se produjera empate entre dos o más, se resolverá a favor del aspirante que haya acertado más preguntas de reserva del tipo test, en el supuesto de continuar la situación de igualdad, ésta se decidirá por el aspirante que más preguntas haya respondido correctamente de entre las diez últimas del tipo test, en el caso de continuar el equilibrio, se realizará un sorteo público en presencia del Secretario del Tribunal para su resolución.

DÉCIMA. - LLAMAMIENTOS Y ACREDITACIÓN DE REQUISITOS

1. Constituidas las bolsas de trabajo, sus integrantes podrán ser llamados conforme a lo establecido en la base segunda. El llamamiento seguirá siempre el orden establecido en la bolsa, teniendo en cuenta el funcionamiento establecido en el Reglamento de Gestión de Bolsas del Excmo. Ayuntamiento de Espera.

2. Una vez producido el llamamiento, el integrante de la bolsa de trabajo deberá acreditar el cumplimiento de los requisitos recogidos en la base tercera, para ello se le concederá un plazo de tres días hábiles a contar desde el dia siguiente al llamamiento para presentar en la Entidad local los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.

DÉCIMA. - RECURSOS.

1.- Contra las presentes bases podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el órgano que aprobó las bases en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su última publicación, o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados igualmente desde el día siguiente al de su última publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondiente, todo ello de conformidad con los artículos, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. En el caso de interposición de recurso de reposición, se deberá esperar a que éste se resuelva y notifique, o bien a que pueda ser entendido como desestimado en virtud de silencio. No obstante, lo anterior, los interesados podrán
24 de enero de 2023

presentar cualquier otro recurso que estimen procedente en defensa de sus derechos e intereses.

2.- Los actos administrativos que se deriven de las presentes bases y de las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma establecidos en la Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Se atribuye a la Alcaldía-Presidencia la facultad de interpretar estas bases, y la resolución de incidencias y recursos hasta el acto de constitución del Tribunal.
ANEXO I MODELO DE SOLICITUD
Convocatoria: CREACIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO, PARA CUBRIR
NECESIDADES TEMPORALES EN EL AYUNTAMIENTO DE ESPERA.
Fecha de convocatoria: __/___/202_

Datos personales:

1º Apellido:
Nombre:
Fecha de nacimiento:
Domicilio calle, plaza, núm., piso:
Municipio:
Correo electrónico:

Fecha de Presentación: __/__/202_

2º Apellido:
NIF:
Lugar:
C. Postal:
Teléfono:

Documentación adjunta a esta solicitud:
- DNI.
- Titulación - Justificante de ingreso de la Tasa por Derechos de Examen
Solicitud y declaración:

El/La abajo firmante SOLICITA ser admitido/a a las pruebas selectivas a que se refiere la presente solicitud y DECLARA que son ciertos los datos consignados en ella, y que reúne las condiciones exigidas para el ingreso en la función pública y las especialmente señaladas en las bases de la convocatoria, comprometiéndose a probar documentalmente cuantos datos se especifiquen en ellas, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran incurrir por inexactitudes o falsedades en los mismos.

En cumplimiento de los dispuesto en el Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, se facilita la siguiente información básica sobre protección de datos:

El Ayuntamiento de Espera es el responsable del tratamiento de los datos, la finalidad es la selección de plazas de Auxiliares de Ayuda domicilio,
El tratamiento de los datos queda legitimado por el consentimiento que el interesado otorga a través de esta solicitud para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al Ayuntamiento de Espera. No se cederán datos a terceros, salvo obligación legal.

Tiene derecho a acceder, rectificar, suprimir los datos, así como ejercer el derecho a la limitación del tratamiento, de oposición a su tratamiento, derecho a retirar el consentimiento prestado y derecho a reclamar la Autoridad de Control.

Los datos serán conservados durante el tiempo que sea necesario para garantizar la finalidad por la que han sido recogidos.
. a,. de . de 202_.
Fdo: ______________________________________________________
Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento de Espera.
ANEXO II
TEMARIO BOLSA DE AUXILIAR ADMINISTRATIVO

MÓDULO 1: BLOQUE CONSTITUCIONAL
Tema 1: La Constitución Española.
Tema 2: El Tribunal Constitucional.
Tema 3: Las Cortes Generales.
Tema 4: El Poder Judicial.
Tema 5: El Gobierno y la Administración.
Tema 6: Organización de la Unión Europea.

MÓDULO 2: BLOQUE ORGANIZACIÓN PÚBLICA ESTATAL
Tema 1: Gobierno Abierto.
Tema 2: La Administración General del Estado.
Tema 3: La organización territorial del Estado.
Tema 4: Leyes de Procedimiento Administrativo Común de las AAPP y Régimen Jurídico del Sector Público y su normativa de desarrollo.
Tema 5: Protección de Datos Personales y garantías de los derechos digitales.
Tema 6: Personal Funcionario Estatal.
Tema 7: Derechos y deberes de los funcionarios.
Tema 8: Presupuesto del Estado.
Tema 9: Políticas para la igualdad de género.

MÓDULO 3: BLOQUE DOCUMENTACIÓN YATENCIÓNAL PÚBLICO
Tema 1: Atención al Público.
Tema 2: Servicios de información administrativa. Iniciativas, reclamaciones, quejas y peticiones.
Tema 3: Concepto de documento, registro y archivo.
Tema 4: Administración electrónica.

MÓDULO 4: BLOQUE OFIMÁTICO
Tema 1: Informática básica.
Tema 2: Introducción al sistema operativo: el entorno Windows.
Tema 3: El explorador de Windows.
Tema 4: Procesadores de texto: Word. Principales funciones y utilidades. Creación y estructuración del documento. Gestión, grabación, recuperación e impresión de ficheros. Personalización del entorno de trabajo.
Tema 5: Hojas de cálculo: Excel. Principales funciones y utilidades. Libros, hojas y celdas. Configuración. Introducción y edición de datos. Fórmulas y funciones. Gráficos.

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 24/1/2023

TitreDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaysEspagne

Date24/01/2023

Page count15

Edition count6034

Première édition02/01/2001

Dernière édition11/07/2024

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