Boletín Oficial de la República Argentina del 15/01/2016 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Viernes 15 de enero de 2016

referencia, quedando registrado bajo el número 1181/15. VALERIA ANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

BOLETIN OFICIAL Nº 33.297

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En el día y lugar antes indicado, se firman cuatro ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, uno para cada parte y dos para presentar ante el Ministerio de Trabajo Empleo y Seguridad Social de la Nación.

ACTA ACUERDO SUMA 2015
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 12 días del mes de marzo de 2015, entre la UNION TRABAJADORES DE ENTIDADES DEPORTIVAS Y CIVILES UTEDYC representada por Carlos BONJOUR, en su carácter de Secretario General Nacional, Gustavo PADIN, Secretario Gremial Nacional, Marcel CARRETERO, Subsecretaria Gremial Nacional, Juan Ignacio Riccio Secretario Gremial - Seccional Mar del Plata y María Celeste ROSSO, constituyendo domicilio especial en calle Alberti 646. de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por el sector gremial y por la parte empleadora SERVICIO UNIVERSITARIO MEDICO ASISTENCIAL, lo hace el Dr. Marcelo A. Galaverna, en su carácter de apoderado, constituyendo domicilio especial en la calle Santa Fe N2639, de la Ciudad de Mar del Plata, Provincia de Buenos Aires. La parte empleadora ratifica la legitimidad y representatividad de la U.T.E.D.Y.C. para negociar colectivamente en el marco del convenio colectivo CCT 1214/11 E y en consecuencia acuerdan:
Primero: El personal convencionado percibirá un incremento total del 30% sobre los básicos vigentes al 31/12/2014, a otorgarse de modo no acumulativo y de la siguiente manera: a 15%
quince por ciento a partir del 1º de enero de 2015; b 10% diez por ciento a partir del 1 de julio de 2015; c 5% cinco por ciento a partir del 1 de octubre de 2015, arribando a un incremento total del 30%. Las remuneraciones básicas de cada categoría a partir del 1 de enero de 2015 se consignan en un nuevo Anexo A del mencionado convenio colectivo que se firma por separado e integra el presente acuerdo.
En atención a que ya se encuentran liquidados los haberes de los meses de Enero y Febrero, se acuerda que la diferencia por la aplicación retroactiva del presente acuerdo salarial será abonada en un solo pago y conjuntamente con la liquidación de haberes correspondientes al mes de Marzo de 2015.
Segundo: Se deja constancia que el personal convencionado ha percibido en el mes de Diciembre una Gratificación Extraordinaria por única vez y no remunerativa de pesos $1.500.-.
Tercero: Este acuerdo tiene aplicación inmediata y cobra vigencia a partir de su suscripción, debiendo abonar el empleador los nuevos importes, con total independencia del posterior acto administrativo de homologación por parte de la autoridad laboral correspondiente.
Cuarto: Las partes asumen el compromiso de mantener conversaciones durante el año 2015
a fin de evaluar si los aumentos aquí convenidos fueron acordes a la realidad económica del país.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 15/01/2016 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date15/01/2016

Page count68

Edition count9405

Première édition02/01/1989

Dernière édition23/07/2024

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