Boletín Oficial de la República Argentina del 15/01/2016 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Viernes 15 de enero de 2016

BOLETIN OFICIAL Nº 33.297

ANEXO IV

66

MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO YSEGURIDAD SOCIAL

GENERAL MILLS ARGENTINA SA.

SECRETARÍA DETRABAJO

Escala Salarial del mes de Dic. 2015 del CCT Empresa 953/08 E

Resolución 1429/2015
Bs. As., 22/09/2015
VISTO el Expediente N1.660.691/15 del Registro MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N14.250 t.o. 2004, la Ley N20.744 y sus modificatorias, y CONSIDERANDO:
Que a fojas 2/3 del Expediente N 1.668.505/15 agregado a fojas 14 del Expediente N1.660.691/15, obra agregado el Acuerdo celebrado, entre la UNION TRABAJADORES DE ENTIDADES DEPORTIVAS Y CIVILES U.T.E.D. y C., por el sector sindical y el SERVICIO UNIVERSITARIO MÉDICO ASISTENCIAL S.U.M.A, por el sector empleador, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N14.250 t.o. 2004.
Que mediante el referido acuerdo las partes pactan nuevas condiciones salariales para los trabajadores de la empresa, comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N1214/11 E, con vigencia desde el 1 de enero de 2015.
Que respecto a lo manifestado en el artículo segundo del presente, resulta procedente hacer saber a las partes que la atribución de carácter no remunerativo a conceptos que componen el ingreso a percibir por los trabajadores y su aplicación a los efectos contributivos es exclusivamente de origen legal.
Que consecuentemente, cabe dejar expresamente sentado que los pagos que, en cualquier concepto, sean acordados en favor de los trabajadores tendrán el carácter que les corresponda según lo establece la legislación laboral y su tratamiento a los efectos previsionales será el que determinan las leyes de seguridad social.

ANEXO IV
GENERAL MILLS ARGENTINA SA.

Que el ámbito de aplicación del acuerdo se corresponde con la actividad de la empresa signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Escala Salarial del mes de Ene. 2016 - Feb. del CCT Empresa 953/08 E

Que las partes han acreditado la representación invocada ante esta Cartera de Estado.
Que mediante Disposición de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo N361 de fecha 23 de julio de 2015, cuya copia fiel luce agregada a fojas 23/25, se declaró formalmente constituida la unidad de negociación entre las partes.
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N14.250 t.o. 2004 y por la Ley N23.546 t.o. 2004.
Que por todo lo expuesto, corresponde dictar el presente acto administrativo de homologación, con el alcance que se precisa en los considerandos, tercero y cuarto de la presente medida.
Que una vez dictado el presente acto administrativo, se remitirán las actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio establecido en el artículo 245 de la Ley N20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias.
Que la presente se dicta en uso de las facultades previstas en el artículo 10 del Decreto N200/88 y sus modificatorios.
Por ello, LA SECRETARIA
DE TRABAJO
RESUELVE:

ANEXO IV

ARTÍCULO 1 Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la UNION TRABAJADORES DE ENTIDADES DEPORTIVAS Y CIVILES U.T.E.D. y C., por el sector sindical y el SERVICIO
UNIVERSITARIO MÉDICO ASISTENCIAL S.U.M.A, por el sector empleador, obrante a fojas 2/3
del Expediente N1.668.505/15 agregado a fojas 14 del Expediente N1.660.691/15, conforme lo dispuesto en la Ley N14.250 t.o. 2.004.

GENERAL MILLS ARGENTINA SA.
Escala Salarial del mes de Mar - May. 2016 del CCT Empresa 953/08 E

ARTÍCULO 2 Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a fojas 2/3 del Expediente N1.668.505/15 agregado a fojas 14 del Expediente N1.660.691/15.
ARTÍCULO 3 Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo a fin de evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio, de acuerdo a lo establecido en el artículo 245
de la Ley N20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias. Finalmente, procédase a la guarda del presente conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N1214/11 E.
ARTÍCULO 4 Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuita del acuerdo homologado, resultará aplicable lo dispuesto en el tercer párrafo del Artículo 5 de la Ley N14.250 t.o.
2004.
ARTÍCULO 5 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.
Expediente N1.660.691/15
Buenos Aires, 23 de Septiembre de 2015
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N1429/15 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2/3 del expediente 1.668.505/15 agregado como fojas 14 al expediente de

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Boletín Oficial de la República Argentina del 15/01/2016 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date15/01/2016

Page count68

Edition count9405

Première édition02/01/1989

Dernière édition23/07/2024

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