Boletín Oficial de la República Argentina del 12/09/1997 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 28.729 1 Sección Nº 11.683, texto ordenado en 1978 y sus modificaciones, resultando justo imponer una multa del 70 % de los montos ajustados previamente actualizados.
Que obra en las presentes actuaciones el dictamen jurídico contemplado en el artículo 10 del Decreto Nº 618/97, de cuyas conclusiones surge la adecuación a derecho del procedimiento observado y la justa aplicación de las normas legales para la determinación de la materia imponible.
Que la no localización de la Sra. María Rosa Tonini de Shaieb, obliga a esta Administración a practicar su notificación mediante edictos durante cinco 5 días hábiles en el Boletín Oficial, conforme lo previsto en los arts. 4º y 7º de la Resolución General 2.210.
Por ello y atento a lo dispuesto por los artículos 4º, 9º, 10 y 16 del Decreto 618/97; 23, 24, 26, 42, 45, 58, 72, 73, 76, 100 último párrafo y 115 a 128 de la ley Nº 11.683, texto ordenado en 1978
y sus modificaciones, 3º del Decreto Nº 1397/79 y sus modificaciones, Ley Nº 23.658, art. 34
punto 17 y arts. 4º y 7º de la Resolución Nº 2210.
EL JEFE INT. DE LA
DIVISION DETERMINACIONES DE OFICIO E
RESUELVE:
ARTICULO 1º Establecer la responsabilidad solidaria de la Sra. Tonini de Shaieb, María Rosa no inscripta ante esta Dirección General, con DNI Nº 3.975.003, en su carácter de Vicepresidenta de la firma CIPOL S.A.I. y C., respecto de la deuda determinada a la misma por el Impuesto sobre los Capitales, correspondiente al período fiscal 1990, en su carácter de deudora solidaria correspondiendo ingresar en concepto de impuesto la suma de PESOS UN MIL CIENTO
CUATRO CON OCHENTA Y CINCO CENTAVOS $ 1.104,85 por actualización prevista en la Ley Nº 23.658, artículo 34, punto 17 PESOS UN MIL QUINIENTOS VEINTISEIS CON TRECE CENTAVOS $ 1.526,13, lo que determina un impuesto total a depositar de PESOS DOS MIL SEISCIENTOS TREINTA CON NOVENTA Y OCHO CENTAVOS $ 2.630,98, a la que se le agrega la suma de PESOS TRES MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y TRES CON OCHENTA Y OCHO CENTAVOS
$ 3.433,88, en concepto de actualización de la deuda, artículo 115 a 128 de la Ley Nº 11.683, texto ordenado en 1978 y sus modificaciones, y la suma de PESOS TREINTA MIL SEISCIENTOS
VEINTIDOS CON CUARENTA Y SIETE CENTAVOS $ 30.622,47 en concepto de intereses resarcitorios, artículo 42 de la misma norma procedimental.
ARTICULO 2º Aplicar a la Señora María Rosa Tonini de Shaieb, una multa de PESOS
CUATRO MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y CINCO CON CUARENTA CENTAVOS $ 4.245,40 graduada en un SETENTA POR CIENTO 70 % del impuesto omitido actualizado, en virtud de lo dispuesto por el artículo 45 de la Ley Nº 11.683, texto ordenado en 1978 y sus modificaciones.
ARTICULO 3º Intimar a la contribuyente el ingreso de las sumas adeudadas establecidas en el artículo 1º, dentro de los quince 15 días de verificado el incumplimiento de la intimación administrativa de pago según resolución de fecha 15/12/93 a la responsable CIPOL S.A.I. y C., en virtud de lo establecido en el artículo 18 de la Ley Nº 11.683 texto ordenado en 1978 y sus modificaciones, haciéndole saber que los pagos deberán efectuarse en las instituciones bancarias habilitadas conforme a las normas vigentes, debiendo comunicar en igual plazo, la forma, fecha y lugar de pago a la Agencia Nº 51, bajo apercibimiento de gestionar su cobro por la vía de ejecución correspondiente.

Viernes 12 de setiembre de 1997

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Que el 25/6/97, se dictó resolución iniciando el sumario prescripto por los artículos 72 y 73
de la Ley Nº 11.683, texto ordenado en 1978 y sus modificaciones, siendo notificada también por edictos durante cinco 5 días hábiles en el Boletín Oficial a partir del día 7/7/97.
Que habiéndose cumplido el plazo legal, la interesada no ha presentado descargo en defensa de sus derechos, y CONSIDERANDO:
Que tal proceder importa el reconocimiento tácito del cargo formulado por este Organismo, relevando a esta instancia de mayores consideraciones sobre el tema.
Que en consecuencia, ante la falta de cancelación de la deuda que mantiene con la Administración la firma CIPOL S.A.I. y C., corresponde determinar de oficio la responsabilidad personal y solidaria de aquéllos que administraron o dispusieron de los fondos sociales en virtud a las funciones que desempeñaron, habiendo tenido facultades de decisión en materia tributaria o el control de la correcta administración de la sociedad, al momento de hacer efectivo el cumplimiento de las obligaciones fiscales correspondiente al impuesto al valor agregado, de los períodos fiscales indicados, la Sra. María Rosa Tonini de Shaieb, en su carácter de Vicepresidenta de la sociedad citada, en sustento de lo dispuesto por los arts. 16 inc. d; 18 inc. a y 24 de la Ley Nº 11.683 texto ordenado en 1978 y sus modificaciones.
Que en razón de no haberse ingresado el monto de impuesto reclamado a la fecha de sus vencimientos, como se ha indicado, resultan de aplicación las normas referidas a la liquidación de intereses resarcitorios y actualización de la deuda prevista en los artículos 42 y 115 a 128 de la Ley Nº 11.683, texto ordenado en 1978 y sus modificaciones, conceptos éstos que se calculan a la fecha del presente pronunciamiento, sin perjuicio del reajuste que corresponda hasta el día del efectivo pago del tributo.
Que cabe dejar constancia, que la determinación de la base imponible correspondiente al período fiscal noviembre de 1989, no arroja diferencia de impuesto a ingresar, sino un saldo a favor de la responsable CIPOL S.A.I. y C., menor al oportunamente declarado.
Que entrando al juzgamiento de la conducta tributaria, a la luz de las disposiciones fiscales en vigencia, cabe señalar que los hechos sujetos en definitiva a las resultas de las presentes actuaciones, cuya materialidad, oportunidad y circunstancias, se encuentran descriptas en párrafos anteriores, encuadran en su naturaleza en las previsiones del artículo 45 de la Ley Nº 11.683, texto ordenado en 1978 y sus modificaciones.
Que la contribuyente no hizo uso de su derecho de defensa en el sumario instruido, por lo que esta Dirección se encuentra en condiciones de expedirse, señalándose que en virtud de las prescripciones del artículo 58 de la Ley de rito, la encartada resulta personalmente responsable de la sanción descripta en el párrafo que antecede.
Que como consecuencia de lo expuesto, corresponde sancionar la infracción señalada, en su carácter de deudora solidaria de la firma CIPOL S.A.I. y C., frente al Impuesto Valor Agregado, por los períodos fiscales Octubre a Diciembre de 1989 y Enero a Mayo de 1990, mediante la aplicación del margen previsto en el artículo 45 de la Ley Nº 11.683, texto ordenado en 1978 y sus modificaciones, resultando justo imponer una multa del 70 % de los montos ajustados previamente actualizados.

ARTICULO 4º Intimarle dentro de los quince 15 días hábiles de notificada la presente, el ingreso de la multa establecida en el artículo 2º de esta resolución, haciéndole saber con respecto a los pagos que deberá adoptar igual temperamento al explicitado en el artículo 3º.

Que obra en las presentes actuaciones el dictamen jurídico contemplado en el artículo 10 del Decreto Nº 618/97, de cuyas conclusiones surge la adecuación a derecho del procedimiento observado y la justa aplicación de las normas legales para la determinación de la materia imponible.

ARTICULO 5º Dejar expresa constancia, a los efectos de lo dispuesto en el artículo 26 de la ley Nº 11.683, texto ordenado en 1978 y sus modificaciones, que la determinación es parcial y sólo abarca los aspectos a los cuales hace referencia y en la magnitud que los elementos de juicio tenidos en cuenta lo permiten.

Que la no localización de la Sra. María Rosa Tonini de Shaieb, obliga a esta Administración a practicar su notificación mediante edictos durante cinco 5 días hábiles en el Boletín Oficial, conforme lo previsto en los arts. 4º y 7º de la Resolución General 2.210.Por ello y atento a lo dispuesto por los artículos 4º, 9º, 10 y 16 del Decreto 618/97; 23, 24, 26, 42, 45, 58, 72, 73, 76, 100 último párrafo y 115 a 128 de la ley Nº 11.683, texto ordenado en 1978 y sus modificaciones, 3º del Decreto Nº 1.397/79 y sus modificaciones, Decreto 435/90 y arts. 4º y 7º de la Resolución Nº 2210.

ARTICULO 6º Hacerle saber, que de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 78 de la Ley Nº 11.683, texto ordenado en 1978 y sus modificaciones, podrá interponer a su opción dentro de los quince 15 días hábiles de notificada la presente, los siguientes recursos: a Recurso de Reconsideración para ante el Superior; b Recurso de Apelación para ante el Tribunal Fiscal competente.
ARTICULO 7º Notifíquese, remitiendo copia de la presente resolución, mediante publicación de edictos durante cinco 5 días hábiles en el Boletín Oficial, y pase a la Agencia Nº 51 para su conocimiento y demás efectos. Contador Público MIGUEL ANGEL TREGOB, Jefe Int. División Determinaciones de Oficio E, e. 9/9 Nº 198.439 v. 15/9/97

MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA
REGION Nº 5
DIVISION DETERMINACIONES DE OFICIO E
Tonini de Shaieb María Rosa. CUIT: No Inscripta.
Bs. As., 29/8/97
VISTO las actuaciones administrativas pertenecientes a CIPOL S.A.I. y C., con domicilio fiscal en la calle Vera Nº 533, Piso 4º, Dto. 19, Capital Federal, e inscripta ante esta Dirección General bajo la Clave Unica de Identificación Tributaria 30-52032231-7, de las que resulta:
Que mediante resolución de fecha 15/12/93, se determinó de oficio la obligación tributaria de CIPOL S.A.I. y C. por el impuesto al valor agregado por los períodos fiscales 1983, 1984, 1985, 1986, irregular 1986 1-3-86 al 31-10-86, Noviembre y Diciembre 1986, Enero a Diciembre 1987, Enero a Diciembre de 1988, Enero a Diciembre de 1989 y Enero a Mayo de 1990.
Que en dicho acto se intimaron los siguientes conceptos: Impuesto omitido, la suma de PESOS DOCE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y CINCO $ 12.335,00, por los períodos mencionados en el párrafo anterior; por actualización prevista en el artículo 37 del Decreto Nº 435/90 la suma de PESOS SEISCIENTOS SETENTA Y OCHO CON OCHENTA Y OCHO CENTAVOS $ 678,88, a la que se le agrega la suma de PESOS TRES MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y UNO CON TREINTA Y UN CENTAVOS $ 3.863.681,31 en concepto de actualización de la deuda, artículo 115 a 128 de la Ley Nº 11.683, texto ordenado en 1978 y sus modificaciones, y la suma de PESOS QUINCE MILLONES DIECINUEVE MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y NUEVE CON DIEZ CENTAVOS $ 15.019.689,10 en concepto de intereses resarcitorios, artículo 42 de la misma norma procedimental.
Que, de acuerdo a las constancias obrantes en las actuaciones administrativas seguidas a la sociedad en cuestión, surge que en oportunidad coincidente con la fecha dispuesta legalmente como plazo general fijado para el cumplimiento del pago del tributo referido, por los períodos fiscales Octubre a Diciembre de 1989 y Enero a Mayo de 1990, se desempeñaba como Vicepresidenta de la firma, la Sra. María Rosa Tonini de Shaieb, no inscripta ante esta Dirección General, y con Documento Nacional de Identidad Nº 3.975.003.
Que mediante resolución de fecha 16/11/94, se confirió vista a la Sra. María Rosa Tonini de Shaieb, de las liquidaciones practicadas a la firma CIPOL S.A.I. y C., por el Impuesto al Valor Agregado por los períodos fiscales Octubre a Diciembre de 1989 y Enero a Mayo de 1990, conforme lo establece el artículo 24 de la Ley Nº 11.683, texto ordenado en 1978 y sus modificaciones, para que en su carácter de Vicepresidenta, solidariamente responsable de la deuda y sus accesorios, formule por escrito su descargo y ofrezca o presente las pruebas que hagan a su derecho, habiéndose notificado la misma mediante publicación de edictos durante cinco 5 días hábiles en el Boletín Oficial a partir del 22/11/94, iniciándose así el procedimiento de determinación de oficio previsto en el artículo 23 y siguientes del señalado texto legal.

EL JEFE INT. DE LA
DIVISION DETERMINACIONES DE OFICIO E
RESUELVE:
ARTICULO 1º Establecer la responsabilidad solidaria de la Sra. María Rosa Tonini de Shaieb, no inscripta ante esta Dirección General, con Documento Nacional de Identidad Nº 3.975.003, en su carácter de Vicepresidenta de la firma CIPOL S.A.I. y C., respecto de la deuda determinada a la misma por el Impuesto al Valor Agregado, por los períodos fiscales Octubre y Diciembre de 1989 y Enero a Mayo de 1990, correspondiendo ingresar en concepto de impuesto la suma de PESOS
DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE CON CINCUENTA Y TRES CENTAVOS $ 257,53 OCTUBRE
1989, PESOS DOSCIENTOS NOVENTA Y SEIS CON SESENTA Y CINCO CENTAVOS $ 296,65
DICIEMBRE 1989, PESOS UN MIL DIECISEIS CON VEINTIUN CENTAVOS $ 1.016,21 ENERO
1990, PESOS OCHOCIENTOS CUATRO CON NOVENTA Y NUEVE CENTAVOS $ 804,99 FEBRERO
1990, PESOS SETECIENTOS CUARENTA Y CUATRO CON TREINTA Y SEIS CENTAVOS $ 744,36
MARZO 1990, PESOS TRES MIL TRESCIENTOS TREINTA Y SIETE CON TREINTA Y DOS CENTAVOS $ 3.337,32 ABRIL 1990, PESOS DOS MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CON OCHENTA
Y SEIS CENTAVOS $ 2.359,86 MAYO 1990, a la que se agrega la suma de PESOS SEISCIENTOS
SETENTA Y OCHO CON OCHENTA Y OCHO CENTAVOS $ 678,88, en concepto de actualización financiera dispuesta por el Decreto Nº 435/90, por los períodos fiscales febrero de 1990 a mayo de 1990, la suma de PESOS CUARENTA Y OCHO MIL CIENTO SESENTA Y CINCO CON OCHENTA Y
DOS CENTAVOS $ 48.165,82 en concepto de actualización de la deuda, artículo 115 a 128 de la Ley Nº 11.683, texto ordenado en 1978 y sus modificaciones, y la suma de PESOS DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS SETENTA CON CUARENTA Y UN CENTAVOS $ 275.570,41 en concepto de intereses resarcitorios, artículo 42 de la misma norma procedimental.
ARTICULO 2º Aplicar a la Señora María Rosa Tonini de Shaieb, una multa de PESOS
CUARENTA MIL TRESCIENTOS SESENTA Y TRES CON SEIS CENTAVOS $ 40.363,06 graduada en un SETENTA POR CIENTO 70 % del Impuesto al Valor Agregado omitido actualizado, en virtud de lo dispuesto por el artículo 45 de la Ley Nº 11.683, texto ordenado en 1978 y sus modificaciones.
ARTICULO .3º Intimar a la contribuyente el ingreso de las sumas adeudadas establecidas en el artículo 1º, dentro de los quince 15 días hábiles de verificado el incumplimiento de la intimación administrativa de pago según resolución de fecha 15/12/93 a la responsable CIPOL
S.A.I. y C., en virtud de lo establecido en el artículo 18 de la Ley Nº 11.683 texto ordenado en 1978
y sus modificaciones, haciéndole saber que los pagos deberán efectuarse en las instituciones bancarias habilitadas conforme a las normas vigentes, debiendo comunicar en igual plazo, la forma, fecha y lugar de pago a la Agencia Nº 51, bajo apercibimiento de gestionar su cobro por la vía de ejecución correspondiente.
ARTICULO 4º Intimarle dentro de los quince 15 días hábiles de notificada la presente, el ingreso de la multa establecida en el artículo 2º de esta resolución, haciéndole saber con respecto a los pagos que deberá adoptar igual temperamento al explicitado en el artículo 3º.
ARTICULO .5º Dejar expresa constancia, a los efectos de lo dispuesto en el artículo 26 de la ley Nº 11.683, texto ordenado en 1978 y sus modificaciones, que la determinación es parcial y sólo abarca los aspectos a los cuales hace referencia y en la magnitud que los elementos de juicio tenidos en cuenta lo permiten.
ARTICULO 6º Hacerle saber, que de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 78 de la Ley Nº 11.683, texto ordenado en 1978 y sus modificaciones, podrá interponer a su opción dentro de los quince 15 días hábiles de notificada la presente, los siguientes recursos: a Recurso de Reconsideración para ante el Superior; b Recurso de Apelación para ante el Tribunal Fiscal competente.
ARTICULO 7º Notifíquese, remitiendo copia de la presente resolución, mediante publicación de edictos durante cinco 5 días hábiles en el Boletín Oficial, y pase a la Agencia Nº 51 para su

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 12/09/1997 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date12/09/1997

Page count32

Edition count9393

Première édition02/01/1989

Dernière édition11/07/2024

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