Boletín Oficial de la República Argentina del 12/09/1997 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN

OFICIAL

DE LA REPUBLICA ARGENTINA
BUENOS AIRES, VIERNES 12 DE SETIEMBRE DE 1997

AÑO CV

$ 0,70
Los documentos que aparecen en el BOLETIN OFICIAL

Nº 28.729
MINISTERIO DE JUSTICIA
DR. RAUL E. GRANILLO OCAMPO
MINISTRO

SECRETARIA DE ASUNTOS
TECNICOS Y LEGISLATIVOS

LEGISLACION
Y AVISOS OFICIALES

1

del Regimiento de Infantería Mecanizado TRES
General Belgrano, con asiento en La Tablada, en cuyo Museo se encuentra la Enseña Patria heróicamente rescatada.
ARTICULO 3º Los gastos que demande el cumplimiento de esta ley serán imputados a Rentas Generales.
ARTICULO 4º Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.

DIRECCION NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A
LOS TRECE DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL
AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE.

Domicilio legal: Suipacha 767
1008 - Capital Federal Tel. y Fax 322-3788/3949/
3960/4055/4056/4164/4485

http www.jus.gov.ar/servi/boletin/
Sumario 1 Sección Síntesis Legislativa Sumario 3 Sección Contrataciones del Estado

ALBER TO R. PIERRI. CARLOS F.
RUCKAUF. Esther H. Pereyra Arandía de Pérez Pardo. Edgardo Piuzzi.

Bs. As., 8/9/97

Sancionada: Agosto 13 de 1997.
Promulgada: Septiembre 8 de 1997.
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc.
sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1º Confiérese al ciudadano Pablo BERTIN, Documento Nacional de Identidad Nº 16.109.219, Soldado Veterano de la Guerra del Atlántico Sur, la condecoración MEDALLA
El Pueblo Argentino al Valor en Combate, por los hechos ocurridos durante la jornada del 15
de junio de 1982, que le permitieron rescatar en un acto de arrojo la Bandera Nacional que aún flameaba en el Hospital de Campaña de Puerto Argentino y conservarla entre sus ropas hasta la liberación definitiva de los prisioneros.
ARTICULO 2º Comuníquese este otorgamiento al señor Jefe del Estado Mayor General del Ejército, debiéndose notificar a la Jefatura
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Exímese del pago del derecho de importación, del impuesto al valor agre-

SUMARIO
ACTIVIDAD NUCLEAR
Resolución 10/97-ARN
Apruébase el Régimen de Tasas por Licenciamiento e Inspección que se aplicará a las personas físicas o jurídicas que soliciten el otorgamiento o sean titulares de licencias, autorizaciones de operación, autorizaciones específicas y permisos individuales, como así también para aquellas personas físicas o jurídicas que soliciten el otorgamiento o sean titulares de certificados de aprobación del transporte de material radiactivo, a partir del 1º de enero de 1998.

3

DECRETOS

AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR
Resolución 9/97-ARN
Apruébase el proyecto de presupuesto general de gastos y la estimación de recursos para el ejercicio 1998.

7

EXENCION DE GRAVAMENES

CONDECORACIONES
Ley 24.867
Condecórase a un Soldado Veterano de la Guerra del Atlántico Sur, por hechos ocurridos durante la jornada del 15 de junio de 1982.

1

Decreto 892/97
Apruébase un Acta mediante la cual se acuerda una condecoración al Embajador de la República Dominicana en la República.

2

POR TANTO:
Téngase por Ley de la Nación Nº 24.867 cúmplase, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
MENEM. Jorge A. Rodríguez. Jorge Domínguez.

Exímese del pago del derecho de importación y demás tributos a los productos originarios y procedentes de los países participantes en el evento XXXII Exposición Agrícola, Ganadera, Comercial e Industrial, Expo Tucumán 97.
Bs. As., 1/9/97

Condecórase a un Soldado Veterano de la Guerra del Atlántico Sur, por hechos ocurridos durante la jornada del 15 de junio de 1982.

Que el presente decreto se dicta en uso de las facultades conferidas al PODER EJECUTIVO NACIONAL, por el artículo 5º, inciso s, de la ley Nº 20.545 incorporado por su similar Nº 21.450 y mantenido por el artículo 4º de la Ley Nº 22.792 en lo que hace a la exención de los tributos que gravan a la importación para consumo.

gado, de los impuestos internos, de tasas por servicios portuarios, estadística y comprobación de destino que gravan la importación para consumo de los alimentos, bebidas, tabacos, cigarrillos, artesanías, folletos impresos, catálogos, afiches, otras formas de propaganda y elementos de construcción y decoración de stands, originarios y procedentes de los países participantes en el evento XXXII EXPOSICION AGRICOLA, GANADERA, COMERCIAL
E INDUSTRIAL, EXPO TUCUMAN 97, a realizarse en el Predio de la Sociedad Rural de Tucumán, Provincia de TUCUMAN REPUBLICA ARGENTINA del 3 al 21 de setiembre de 1997, para su exhibición, venta y/u obsequio en la mencionada muestra, por un monto máximo de DOLARES ESTADOUNIDENSES
QUINCE MIL U$S 15.000 por país participante, tomando como base de cálculo valores FOB.

Pág.

Decreto 886/97

Ley 24.867

da intervención, opinando que la medida propuesta resulta legalmente viable.

Decreto 899/97

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 712.478

CONDECORACIONES

y por comunicados y suficientemente circulados dentro
REGISTRADA BAJO EL Nº 24.867

e-mail: boletin@jus.gov.ar
LEYES

auténticos y obligatorios por el efecto de esta publicación
de todo el territorio nacional Decreto Nº 659/1947

DR. CARLOS G. OCAMPO
SECRETARIO

DR . RUBEN A. SOSA
DIRECTOR NACIONAL

DE LA REPUBLICA ARGENTINA serán tenidos por
VISTO el Expediente Nº 061-005441/97 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y CONSIDERANDO:
Que la SOCIEDAD RURAL DE TUCUMAN
solicita la exención del pago del derecho de importación y demás tributos que gravan la importación para consumo de los alimentos, bebidas, tabacos, cigarrillos, artesanías, folletos impresos, catálogos, afiches, otras formas de propaganda y elementos de construcción y decoración de stands originarios y procedentes de los países participantes en el evento XXXII EXPOSICION AGRICOLA, GANADERA, COMERCIAL E INDUSTRIAL, EXPO TUCUMAN 97, a realizarse en el Predio de la Sociedad Rural de Tucumán, Provincia de TUCUMAN REPUBLICA ARGENTINA, del 3 al 21 de setiembre de 1997.
Que la realización de esta muestra acrecentará el intercambio tecnológico, comercial y cultural de nuestro país con los demás países participantes.
Que el Servicio Jurídico Permanente del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y
SERVICIOS PUBLICOS ha tomado la debi-

Decreto 893/97
Apruébase un Acta mediante la cual se acuerdan condecoraciones a autoridades de las Repúblicas Federativa del Brasil, Oriental del Uruguay, Paraguay, Bolivia y Perú y de los Estados Unidos de América.
CONVENIOS
Decreto 905/97
Apruébanse convenios suscriptos por el Ministro de Trabajo y Seguridad Social con el Gobernador de la Provincia de La Rioja, a través de los cuales se ha acordado la cooperación en materia de empleo y capacitación laboral, inspección del trabajo y relaciones laborales.
EXENCION DE GRAVAMENES
Decreto 886/97
Exímese del pago del derecho de importación y demás tributos a los productos originarios y procedentes de los países participantes en el evento XXXII Exposición Agrícola, Ganadera, Comercial e Industrial, Expo Tucumán 97.
FARMACIAS
Resolución 113/97-SPRS
Modifícase la Resolución Nº 55/92 ex-SS, por la cual se aprobaron normas regulatorias para el funcionamiento de las mismas.

Pág.
al territorio nacional por determinadas posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR.

10

Resolución 987/97-MEYOSP
Declárase el cierre de la investigación por salvaguardias para operaciones de importación de calzados, que se despachan a plaza por determinadas posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR.

9

IMPUESTOS
Resolución General 16/97-AFIP
Impuesto al Valor Agregado. Ley según texto ordenado en 1997. Artículo 43. Exportadores. Régimen opcional de devolución anticipada. Resolución General Nº 3417 DGI y sus modificaciones. Capítulo II. Regímenes de pago a cuenta, retención y percepción. Resolución General Nº 3591 DGI. Resolución General Nº 4011 DGI. Artículo 1º. Nómina de responsables excluidos.

7

Resolución General 17/97-AFIP
Impuesto al Valor Agregado. Ley según texto ordenado en 1997. Regímenes de retención, percepción y/o pagos a cuenta. Solicitud de exclusión total o parcial. Resolución General Nº 3851 DGI. Su sustitución.

10

MINISTERIO DE JUSTICIA
Resolución 145/97-MJ
Créase el Centro de Estudios Jurídicos y Sociales.
Funciones. Organos de conducción. Desígnase Vice-Presidente Ejecutivo. Déjase sin efecto la Resolución Nº 124/95.

8

VETO
Decreto 901/97
Obsérvase en su totalidad el Proyecto de Ley registrado bajo el Nº 24.858.

2

Decreto 903/97
Obsérvase en su totalidad el Proyecto de Ley registrado bajo el Nº 24.863.

2

2

2

CONCURSOS OFICIALES
Nuevos
13

1
REMATES OFICIALES
Nuevos
13

8
AVISOS OFICIALES

IMPORTACIONES
Resolución 986/97-MEYOSP
Fíjanse Derechos de Importación Extrazona D.I.E. ad-valorem para el calzado que ingresa
Nuevos
13

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 12/09/1997 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date12/09/1997

Page count32

Edition count9385

Première édition02/01/1989

Dernière édition03/07/2024

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