Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 15/10/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

1520-2020: 500 Años de la Primera Misa en lo que actualmente conforma el Territorio Argentino y 2020- Año del Bicentenario del Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano.-

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ
Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación
BOLETIN
Correo Argentino RIO
GALLEGOS

FRANQUEO A PAGAR
CUENTA Nº 07-0034

AÑO LXV Nº 5501

publicacion bisemanal Martes y Jueves
DECRETOs del poder ejecutivo

OFICIAL

DECRETO Nº 0777
RÍO GALLEGOS, 30 de Junio de 2020.-

VISTO:
El Expediente MS-Nº 780.040/20 Cuerpos II, elevado por el Ministerio de Seguridad; y CONSIDERANDO:
Que por la Ley N 3680 se sustituyeron los artículos 1 y 5 de la Ley Orgánica de Ministerios N 3480 y su modificatoria, incorporándose el artículo 10 ter, que determina la creación del MINISTERIO DE SEGURIDAD, el cual asistirá al PODER EJECUTIVO PROVINCIAL en todo lo concerniente a la seguridad pública provincial, a la preservación de la libertad, la vida y el patrimonio de los habitantes, sus derechos y garantías en un marco de plena vigencia de las instituciones del sistema democrático; estableciendo además, sus competencias particulares;
Que por la Ley N 3680, se modificaron diversos artículos de la Ley de Seguridad Pública N 3523; cuya motivación tuvo lugar exclusivamente en la necesidad de armonizar el plexo normativo vigente;
Que mediante el Decreto Provincial N 2273/16 de fecha 1º de diciembre del año 2.016, se ratificó en todas sus partes el Convenio Marco VISA FLOTA de prestación de servicios y administración de pago, implementándose el sistema en las diferentes dependencias de la Secretaría de Estado de Seguridad y la Policía de la Provincia de Santa Cruz;
Que por el citado Instrumento Legal se facultó al titular del Ministerio de Gobierno de la Provincia de Santa Cruz a gestionar asignaciones de fondos con cargo a rendir cuenta documentada de su inversión, conforme los lineamientos establecidos en la Ley N 760 y concordantes, destinados a solventar los gastos que demandare la adquisición de combustible y todo gasto relacionado al Convenio en mención;
Que por otra parte, a través del Decreto Provincial N 1165/19, se aprobó la Estructura Organizativa del MINISTERIO DE SEGURIDAD y a su vez, se procedió a transferir a los agentes de planta permanente con prestación de servicios en la entonces Secretaría de Estado de Seguridad;
Que en atención a lo expuesto, deviene necesario efectuar la modificación del Decreto Provincial N 2273, en virtud de la vigencia de la nueva cartera Ministerial;
Que la CLAÚSULA DÉCIMO CUARTA del citado Convenio estipula la Cesión de Derechos y obligaciones bajo autorización expresa, previa y por escrito de la contraparte;
Que el BANCO SANTA CRUZ S.A. en fecha 04/02/20
prestó conformidad a través de sus representantes para efectuar la cesión de derechos y obligaciones, a fojas 148/149;
Que por Resoluciones Ministeriales N 083-MS/20, emanada por el Ministerio de Seguridad y N 176-MG/20
emitida por el Ministerio de Gobierno, se ratificaron en todas sus partes la CESIÓN DE DERECHOS Y
OBLIGACIONES del CONVENIO MARCO VISA
FLOTA y su Addenda, celebrada entre el Ministro de Gobierno, Señor Leandro ZULIANI y el Ministro de Seguridad, Dr. Lisandro DE LA TORRE, debidamente certificada por la Escribanía Mayor de Gobierno de la Provincia de Santa Cruz, a fin de continuar la ejecución del Convenio;

ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
B.O. nº 5501 DE 10 PAGINAS

Dra. ALICIA MARGARITA KIRCHNER
Gobernadora Sr. LEONARDO DARIO ALVAREZ
Ministro Jefatura de Gabinete Sr. LEANDRO EDUARDO ZULIANI
Ministro de Gobierno Dr. LISANDRO GABRIEL DE LA TORRE
Ministro de Seguridad Lic. IGNACIO PERINCIOLI
Ministro de Economía, Finanzas e Infraestructura Sra. CLAUDIA ALEJANDRA MARTINEZ
Ministra de la Secretaría General de la Gobernación Lic. SILVINA DEL VALLE CORDOBA
Ministra de la Producción, Comercio e Industria Dra. BARBARA DOLORES WEINZETTEL
Ministra de Desarrollo Social Dr. claudio jose garcia Ministro de Salud y Ambiente Sr. TEODORO SEGUNDO CAMINO
Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Lic. MARIA CECILIA VELAZQUEZ
E/C Presidente Consejo Provincial de Educación Dr. FERNANDO PABLO TANARRO
E/C Fiscal de Estado
Que la Subsecretaría de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Seguridad ha tomado intervención en el marco del artículo 7 inciso d de la Ley N 1.260;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 119 Inciso 18 de la CONSTITUCIÓN PROVINCIAL y del artículo 16 de la Ley N 3680;
Por ello y atento al Dictamen SAJ-N 119/20 emitido por la Subsecretaría de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Seguridad, obrante a fojas 208 y vuelta y a Nota SLyT-GOB-Nº 830/20, emitida por Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 235;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1º.- SUSTITÚYASE los artículos 2, 3, 5
y 6 del Decreto N 2273 de fecha 1 de Diciembre del año 2016, los que quedarán redactados de la siguiente manera:
Artículo 2.- IMPLEMÉNTASE, el SISTEMA VISA
FLOTA en las diferentes dependencias e Instituciones Policiales y de Seguridad actuantes bajo la órbita del MINISTERIO DE SEGURIDAD.
Artículo 3.- FACÚLTASE, al titular del MINISTERIO DE SEGURIDAD a gestionar Asignaciones de Fondos con cargo a rendir cuenta documentada de su inversión, por un importe que no podrá superar el límite que establece la Ley N 760 y su reglamentación para la aprobación a nivel Ministro; monto que será destinado a solventar los gastos que demandare la adquisición de combustible y todo gasto referente al Convenio Marco Visa Flota.
Artículo 5.- AUTORÍZASE, al titular de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA dependiente del MINISTERIO DE SEGURIDAD a llevar adelante la implementación, apertura de cuenta raíz y todo acto administrativo necesario para la puesta en funcionamiento, control y rendición de fondos del Convenio Marco Visa Flota.
Artículo 6.- FACÚLTASE, al titular de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA, dependiente del MINISTERIO DE SEGURIDAD al dictado de la reglamentación del presente convenio.
Artículo 2º.- APRUÉBASE, en todas sus partes la Cesión de Derechos y Obligaciones emanadas del Convenio Marco Visa Flota celebrada el día 04 de Febrero de 2020, entre el titular del Ministerio de Seguridad de la Provincia, Dr. Lisandro DE LA TORRE y el titu-

Río Gallegos, 15 de Octubre de 2020.lar del Ministerio de Gobierno, Sr. Leandro ZULIANI, ratificada oportunamente por ambas carteras ministeriales, de conformidad a lo expuesto en los considerandos del presente.Artículo 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Seguridad.Artículo 4º.- PASE al Ministerio de Seguridad a sus efectos, tomen conocimiento Dirección Provincial de Recursos Humanos, Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.Dra. KIRCHNER - Dr. Lisandro Gabriel De La Torre _______
DECRETO Nº 0779
RIO GALLEGOS, 01 de Julio de 2020.VISTO:
El Expediente JPNº 15.547- R/18; y CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo la Jefatura de Policía tramita la Cesantía del Sargento de Policía Aníbal David DIAZ, a partir del día de la fecha;
Que las actuaciones sumariales se inician a raíz del parte informativo de fecha 21/05/18 dirigido a la División Cuartel Nro.12º de la localidad de Perito Moreno donde se pone en conocimiento que la pareja de la Agente de Policía N. Y. R. se presentó para hablar con el jefe de esa dependencia a los fines de denunciar los maltratos que habría sufrido la mencionada por parte del Sargento de Policía DÍAZ, que la han afectado en su salud y vida familiar;
Que luego de iniciada las presentes actuaciones, se procedió a recabar el testimonio de la agente N.Y.R.
quien dio relato de diversas situaciones donde el sumariado la habría acosado mientras estaban en servicio, intentando en una oportunidad abrazarla y tocarla, acción que la agente impidió empujándolo. Asimismo, señalo que el sumariado se dirigía hacia su persona con términos descalificatorios, lo que generaba que se sienta angustiada y llore cada vez que llegaba a su domicilio al punto de querer pedir la baja de forma voluntaria para evitar tener contacto con el Sargento DIAZ;
Que seguidamente a fs. 7 consta declaración testimonial del Agente de Policía L.E.G quien expresa que el sumariado le hacía comentarios inoportunos que la incomodaban en el lugar de trabajo;
Que a fojas 8, surge de la declaración testimonial del Agente de Policía M.L.B.O., que mantuvo un percance con el Sargento de Policía DIAZ., quien se dirigió hacia su persona de forma indebida, momentos en que procedía a darle el parte de salida de franco de él, que se encontraba sentado en el escritorio de recepción, no recordando sus dichos solo gesticulaciones;
Que otro de los testimonios a destacar, resulta el de la agente R.E.V. a fs. 16, quien manifestó haber vivido situaciones parecidas, con el sumariado tales como tironeadas de pelo, manoseos en la cintura o cuando se estaba por meter a la ducha, agregando que en otras ocasiones el Sargento Díaz la llamó al quincho, para realizarle propuestas indecorosas mientras se tocaba sus partes íntimas;
Que por último a fs. 17 se luce el testimonio del agente A.G. quien confirmó que las actitudes del sumariado con el personal femenino, siendo testigo ocasionalmente de algunas situaciones, aduciendo además que el sargento Díaz era prepotente con todo el personal en ge-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 15/10/2020

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaysArgentine

Date15/10/2020

Page count10

Edition count1767

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