Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 21/10/2014

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

2014 - Año de Homenaje al Almirante Guillermo Brown, en el Bicentenario del Combate Naval de Montevideo.-

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ
Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación
BOLETIN
Correo Argentino RIO
GALLEGOS

FRANQUEO A PAGAR

OFICIAL
DIRECCION GENERAL BOLETIN OFICIAL E IMPRENTA
AUGUSTO RENE CARCAMO
Director General
CUENTA Nº 07-0034

AÑO LIX Nº 4869

PUBLICACION BISEMANAL Martes y Jueves
Río Gallegos, 21 de Octubre de 2014.-

Sr. DANIEL ROMAN PERALTA
Gobernador Ing. GUSTAVO ERNESTO MARTINEZ
Ministro de Gobierno a/c Jefatura de Gabinete de Ministros Sr. JOSE LUIS GARRIDO
Ministro de la Secretaría General de la Gobernación C.P.N. EDGARDO RAUL VALFRE
Ministro de Economía y Obras Públicas Sr. HAROLD JOHN BARK
Ministro de la Producción Prof. GABRIELA ALEJANDRA PERALTA
Ministro de Desarrollo Social Dr. ROBERTO ALEJANDRO ORTIZ
Ministro de Salud Prof. SILVIA ALEJANDRA SANCHEZ
Presidente Consejo Provincial de Educación Dr. IVAN FERNANDO SALDIVIA
Fiscal de Estado
de Gobierno.Artículo 3º.- PASE a Gobernación Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, quien remitirá copia del presente ante quien corresponde a sus efectos, tomen conocimiento, Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHIVESE.-

DECRETOS del poder ejecutivo DECRETO Nº 2004
RIO GALLEGOS, 05 de Diciembre de 2013.VISTO:
El Expediente MS-Nº 958.787/13, elevado por el Ministerio de Salud; y CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo se propicia la autorización para llevar adelante los trámites tendientes a la suscripción de un contrato de locación de Inmueble en la localidad de El Calafate, a fin de dar respuesta a la necesidad de falta de espacio físico en el Hospital Distrital Lago Argentino;
Que el inmueble a locar debe reunir las características edilicias para tal necesidad;
Que el informe proporcionado por la Dirección Médica del Hospital Distrital da cuenta de la necesidad de contar con un mayor número de consultorios médicos, a fin de evitar la superposición funcional de consultas médicas profesionales y poder cumplir adecuadamente con las horas médicas pautadas, descentralizando así la atención médica, y en la misma inteligencia, proveyéndola de un lugar apropiado a la naturaleza de esas prestaciones;
Que el presente trámite se encuadra en las excepciones del Artículo 17º del Decreto Nº 005/12, extendiéndose su vigencia por Decreto Nº 003/13, Prohíbe en el ámbito de la Administración Pública Provincial, Organismos Autárquicos y Entes Descentralizados, la Locación de Inmuebles de cualquier tipo y naturaleza, con independencia de la fuente de financiamiento que se trate, sin la autorización expresa y fundada del titular del Poder Ejecutivo Provincial;
Por ello, y atento al Dictamen DPAL Nº 1003/13, emitido por la Dirección Provincial de Asuntos Legales, obrante a fojas 9 y a Nota SLyT-GOB Nº 2426/13 emitida por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 11;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1º.- EXCEPTÚASE el presente trámite de los alcances establecidos en el Artículo 17º del Decreto Nº 005/12, extendiéndose su vigencia por Decreto Nº 003/13.Artículo 2º.- AUTORÍZASE, al señor Ministro de Salud a suscribir el Contrato de Locación de Inmueble en la localidad de El Calafate, con la finalidad indicada en los considerandos del presente.Artículo 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Salud.Artículo 4º.- PASE al Ministerio de Salud quien remitirá copia del presente ante quien corresponda a sus efectos, tomen conocimiento Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.Sr. PERALTA - Dr. Julio Esteban Vizconti
ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
b.o. nº 4869 DE 30 PAGINAS

DECRETO Nº 2028
RIO GALLEGOS, 09 de Diciembre de 2013.VISTO:
El Expediente GOB-Nº 113.039/13; y CONSIDERANDO:
Que por el actuado de referencia se tramita ratificar el Convenio suscripto el día 4 de octubre de 2013, entre la Municipalidad de Puerto Deseado, representada por el señor Intendente de la localidad, Don Luis Alberto AMPUERO y el Gobierno de la Provincia de Santa Cruz, representada por el Señor Gobernador de la Provincia Don Daniel Román PERALTA, el cual forma parte integrante del presente;
Que el citado Acuerdo tiene por objeto el compromiso de FINANCIAMIENTO TÉCNICO DE
LA FORMULACIÓN DEL PLAN ESTRATEGICO DE DESARROLLO LOCAL DE PUERTO
DESEADO 2020 con la finalidad de formular un Plan Estratégico de Desarrollo Local, como herramienta de planificación que permita la construcción a financiar la Asistencia Técnica por medio de inversiones provenientes del Consejo Federal de Inversiones, según modalidad y requisitos propios del programa;
Que en mérito a ello, corresponde el dictado del presente, a fin de proceder a su ratificación;
Por ello, y atento a Nota SLyT-GOB-Nº 2517/13, emitida por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 4;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1º.- RATIFICASE en todas sus partes el Convenio suscripto con fecha 4 de octubre de 2013, entre la Municipalidad de Puerto Deseado representada por el señor Intendente, Don Luis Alberto AMPUERO
y el Gobierno de la Provincia de Santa Cruz, representada por el señor Gobernador de la Provincia, Don Daniel Román PERALTA que tiene por finalidad el FINANCIAMIENTO TECNICO DE LA FORMULACION DEL PLAN ESTRATEGICO DE
DESARROLLO LOCAL DE PUERTO DESEADO 2020, el cual forma parte integrante del presente.Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento
Sr. PERALTA - Sr. Enrique Daniel Sloper ________
DECRETO Nº 2062
RIO GALLEGOS, 16 de Diciembre de 2013.VISTO:
El Expediente CPE-Nº 654.438/13, elevado por el Consejo Provincial de Educación; y CONSIDERANDO:
Que en el mismo obra Convenio de Colaboración, celebrado entre el Consejo Provincial de Educación representado por su Presidente, Profesora Marisa del Carmen OLIVA y la Fundación Manuel GONZALEZ
FUNDAMA de Río Gallegos, representado por el señor César Darío GONZALEZ;
Que por el mismo, dicho Consejo se compromete a contribuir con aporte mensual hasta la suma de PESOS VEINTISIETE MIL $ 27.000,00, con el cual la Asociación podrá hacer frente al gasto que demanden las remuneraciones de los profesionales que presten servicios en la mencionada Asociación;
Que la finalidad del presente Convenio es lograr un mayor nivel de interrelación entre dicho Organismo y la Fundación mencionada, con el objeto de establecer mecanismos que permitan una identidad funcional con la excelencia de capacitación que la misma requiere y que exige el conjunto de sectores comunitarios, según se lo expresa en la cláusula 2º del Convenio de Cooperación;
Que dicho Convenio tendrá una duración de doce 12 meses, desde el 1º de enero al 31 de diciembre del año 2013;
Que el gasto se encuentra contemplado en el Artículo 2 de la Ley 26.075 Ley de Financiamiento Educativo y Convenio Bilateral Nación - Provincia Nº 1140/06;
Por ello y atento al Dictamen DPAJ-Nº 1253/13, emitido por la Dirección Provincial de Asuntos Jurídicos, obrante a fojas 30 vuelta;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1º.- APROBAR el Convenio de Colaboración celebrado entre el Consejo Provincial de Educación representado por su Presidente, Profesora Marisa del Carmen OLIVA y la Fundación Manuel GONZALEZ
FUNDAMA de Río Gallegos, representado por el señor César Darío GONZALEZ, el que como Anexo forma parte integrante del presente, por un importe mensual hasta la suma de PESOS VEINTISIETE
MIL $ 27.000,00, lo que asciende a la suma total de PESOS TRESCIENTOS VEINTICUATRO MIL
$ 324.000,00, por el período 1º de enero al 31 de diciembre del año 2013.-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 21/10/2014

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaysArgentine

Date21/10/2014

Page count30

Edition count1766

Première édition19/02/2002

Dernière édition08/07/2024

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