Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 17/2/2011

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

Página 2

Minería - SUBFUNCIÓN: Generación y Distribución de Energía SECCIÓN: Erogaciones de Capital SECTOR: Transferencias - PARTIDA PRINCIPAL: Transferencias PARTIDA PARCIAL: Transferencias al Sector Privado para Financiar Gastos de Capital - PARTIDA SUBPARCIAL: Transferencias a Empresas Privadas DISTRIGAS S.A, conforme al detalle que figura en la Planilla que como Anexo I
forma parte del presente.Artículo 2º.- COMUNIQ UESE a la Honorable Cámara de Diputados conforme lo establece el Artículo 10 de la Ley Nº 3114.Artículo 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Economía y Obras Públicas.Artículo 4º.- PASE al Ministerio de Economía y Obras Públicas Subsecretaría de Presupuesto y a la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación quien comunicará a la Honorable Cámara de Diputados, a sus efectos tomen conocimiento Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHIVESE.Sr. PERALTA-C.P. Diego Leonardo Robles ________
DECRETO Nº 2308
RIO GALLEGOS, 24 de Septiembre de 2010.VIS T O:
El Expediente MEOP-Nº 414.210/10, elevado por el Ministerio de Economía y Obras Públicas; y CONS IDERANDO:
Que la Ley Nº 3009 en su Artículo 7 - Inciso 1, es tabl ece que la emp resa PAN AM ERICAN ENERGY, reconoce a favor de la Provincia de Santa Cruz, un aporte especial equivalente al tres por ciento 3% de los ingresos netos correspondientes a las operaciones de las áreas de la concesión;
Que mediante Nota DB-TGP-Nº 480-10, obrante a fojas 2, la Tesorería General de la Provincia certifica el ingreso de la suma de PESOS OCHO MILLONES SETENTA MIL DIECISIETE CON NOVENTA Y UN CENTAVOS $ 8.070.017,91, en concepto de aporte especial mencionado en el considerando anterior;
Que para posibilitar su utilización resulta necesaria la incorporación de los mismos en el Presupuesto en vigencia;
Que asimismo se indica la distribución del crédito, conforme a requerimientos formulados por los organismos mediante notas obrantes a fojas 03/13 inclusive;
Que el Artículo 10 de la Ley Nº 3114, faculta al Poder Ejecutivo a realizar dicha incorporación;
Por ello y atento al Dictamen CAJ-Nº 190/10, emitido por la Coordinación deAsuntos Jurídicos, obrante a fojas 24;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
Artículo 1º.- INCREMÉNTASE en la suma de PESOS OCHO MILLONES SETENTA MIL DIECISIETE C ON NOVENTA Y UN C ENTAVOS
$ 8.070.017,91, el total de Recursos de laAdministración Central en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos 2010, conforme al detalle que figura en la Planilla que como Anexo I forma parte integrante del presente y en un todo de acuerdo a los considerandos.Artículo 2º.- AMPLÍASE en la suma de PESOS
OCHO MILLONES SETENTA MIL DIECISIETE
CON NOVENTA Y UN CENTAVOS $ 8.070.017,91, el total de Gastos del P resupuesto General de la Provin cia 2010, en los ANEXOS; ÍTEMS ; CARÁCTER; F INALIDAD; FUNCIÓN; SUBFUNCIÓN; SECCIÓN; SECTOR; PARTIDAS PRINCIPALES; PARTIDAS PARCIALES Y SUBPARCIALES, conforme al detalle que figura en las Planillas que como ANEXOS II a VI inclusive forman parte integrante del presente.Artículo 3º.- REESTRUCTURASE en la suma de PESOS QUINIENTOS UN MIL TRESCIENTOS

RIO GALLEGOS, 17 de Febrero de 2011.VEINTIUNO $ 501.321.-, el ANEXO: Tribunal de Cuentas - ITEM: Tribunal de Cuentas - CARÁCTER; FINALIDAD; FUNCION; SUBFUNCION;
SECCION; SECTOR; PARTIDAS PRINCIPALES;
PARCIALES y SUBPARCIALES conforme al detalle que figura en la Planilla que como ANEXO III
forma parte integrante del presente.Artículo 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Economía y Obras Públicas.Artículo 5º.- PASE al Ministerio de Economía y Obras Públicas Subsecretaría de Presupuesto a sus efectos, tomen conocimiento Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.Sr. PERALTA-C.P. Diego Leonardo Robles ________
DECRETO Nº 2323
RIO GALLEGOS, 27 de Septiembre de 2010.VIS T O:
Los Expedientes CPS-Nros. 252.268/03, 248.664/01, 249.730/02 y 253.651/03, elevados por la Caja de Previsión Social; y CONS IDERANDO:
Que por los actuados de referencia se tramita el Recurso de Alzada interpuesto por el señor Segundo Antonio AGUILAR contra el Artículo 4º del Acuerdo Nº 2757/09, indicando la improcedencia de la retención por aportes a la Caja de Servicios Sociales por el período comprendido entre los meses de mayo a octubre del año 2009, por no revestir a esa fecha la calidad de afiliado en actividad o pasividad;
Que analizado el planteo en su aspecto formal se advierte que el señor Segundo Antonio AGUILAR
fue notificado del acto atacado el día 30/10/2009 según consta al pie de la copia del mismo que obra glos ada en autos, habiendo p resentad o el escrito recursivo en fecha 25/11/2009;
Que de lo expuesto se advierte que al momento de la interposición del recurso, los plazos procesales administrativos se encontraban ampliamente vencidos;
Que el Artículo 94º y subsiguientes del Decreto Nº 181/79 reglamentario de la Ley Nº 1260, prevé que el recurso de Alzada procederá Co ntra los actos administrativos definitivos o que impidan totalmente la tramitación del reclamo o pretensión del recurrente emanados del órgano superior de un ente autárquico, el cual debe interponerse en virtud de la remisión del Artículo 98º al Artículo 90º primera parte, en el término de quince 15 días de la notificación del acto impugnado;
Que co nsecuentemente, el recurso sub-examine resulta desde el punto de vista formal improcedente al haber sido interpuesto fuera de término;
Que en base a lo expuesto corresponde rechazar in li mit e p or ext emp oráneo el Recurs o d e Alzada impetrado por el señor Segundo Antonio AGUILAR
contra el Artículo 4º del Acuerdo Nº 2757/09;
Por ello y atento al Dictamen AE/SLyT-Nº 060/10, emitido por Asesoría Ejecutiva de la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 370/373
y a Nota SLyT-GOB-Nº 1438/10, emitida por Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 375;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
Artículo 1º.- RECHÁZASE por extemporáneo el Recurso de Alzada interpuesto por el señor Segundo An to ni o AG UI LAR Cl as e 19 54 - D.N.I.Nº 10.789.668 contra el Articulo 4º del Acuerdo Nº 2757/09
emitido por la Caja de Previsión Social, en un todo de acuerdo con los considerandos del presente.Artículo 2º.- NOTIFÍQ UESE al interesado.Artículo 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Asuntos Sociales.Artículo 4º.- PASE a la Caja de Previsión Social a
ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
B.O. Nº 4466 DE 14 PAGINAS

BOLETIN OFICIAL
sus efectos, tomen conocimiento, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.Sr. PERALTA-Sr. Horacio Matías Mazú ________

DECRETOS
SINTETIZADOS
DECRETO Nº 2299
RIO GALLEGOS, 23 de Septiembre de 2010.Expediente MSGG-Nº 323.164/10.OTÓRGASE un Aporte No Reintegrable con cargo a rendir cuenta documentada de su inversión, por la suma de PESOS CINCO MIL $ 5.000.- a favor de la señora Joana Verenice GARCIA VELASQ UEZ
D.N.I. Nº 33.447.115 de nuestra ciudad capital, destinado a cubrir diversos gastos en virtud de la derivación de su hija Paulina Gabriela MELLADO
GARCIA a la ciudad de Buenos Aires, debido a la enfermedad que padece y por no poder hacer frente a los mismos por la difícil situación económica por la que atraviesa.EL GASTO que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo anterior, será atendido con cargo al ANEXO: Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación - ITEM: Ministerio - CARÁCTER: Administración Central - FINALIDAD: Servicios Sociales - FUNCIÓN: Promoción y Asistencia Social - SUBFUNCIÓN: Promoción y Asistencia Social Sin Discriminar - SECCIÓN: Erogaciones Corri entes - SEC TOR: Trans feren cias - PART IDA
PRINCIPAL: Transferencias - PARTIDA PARCIAL:
Transferencias al Sector Privado para Financiar Gastos Corrientes - PARTIDA SUBPARCIAL: Ayudas Sociales a Personas, del Presupuesto 2010.Por Tesorería General de la Provincia previa intervención de la Contaduría General y la Dirección Provincial de Administración de la Gobernación, ABÓNESE la suma de PESOS CINCO MIL $ 5.000.-
de la señora Joana Verenice GARCIA VELASQ UEZ
D.N.I. Nº 33.447.115 de nuestra ciudad capital, con cargo a rendir cuenta documentada de su inversión.________
DECRETO Nº 2300
RIO GALLEGOS, 23 de Septiembre de 2010.Expediente MSGG-Nº 323.045/10.ACEPTASE a partir del día 1º de octubre del año 2010, la renuncia a la Administración Pública Provincial interpuesta por la agente de Planta Permanente Agrupamiento: Administrativo - Categoría 20, señora Lidia Esther CABRERA D.N.I. Nº 12.777.566
con situación de revista en el ANEXO: Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación - ITEM: Dirección Provincial de Telecomunicaciones, en virtud de acogerse al beneficio de la Jubilación Ordinaria.________
DECRETO Nº 2301
RIO GALLEGOS, 23 de Septiembre de 2010.ACÉPTASE a partir del día 20 de Septiembre de 2010, la renuncia al cargo de Presidente de la Comisión de Fomento de El Chaltén, presentada por la señora Beatriz Susana OROÑO D.N.I. Nº 16.531.213, quien fuera designada mediante Decreto Nº 2272-08._______
DECRETO Nº 2302
RIO GALLEGOS, 23 de Septiembre de 2010.ACÉPTASE a partir del día 20 de Septiembre de 2010, la renuncia al cargo de Secretaria General de la Com isión de F oment o de El C haltén, present ada

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 17/2/2011

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaysArgentine

Date17/02/2011

Page count14

Edition count1772

Première édition19/02/2002

Dernière édition30/07/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Febrero 2011>>>
DLMMJVS
12345
6789101112
13141516171819
20212223242526
2728