Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 15/12/2016

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, jueves 15 de diciembre de 2016
los Decretos N 4458/90 MGJOSP, Decreto N
5384/03 GOB y Decreto N 2426/04 GOB.
La Subsecretaría de Administración jurisdiccional arbitrará las medidas tendientes a la liquidación y efectivización del adicional por responsabilidad funcional que corresponde por el concepto expresado, conforme a la legislación vigente en la materia, debiendo tenerse en cuenta el reemplazo realizado desde el 02.11.15 y hasta tanto resulte necesario.
DECRETO Nº 1893 MDS
Paraná, 7 de julio de 2016
Aprobando el convenio de ejecución ampliatorioPlan Nacional de Seguridad Alimentaria suscripto entre el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, representado en este acto por el Sr. Secretario de Gestión y Articulación Institucional. Dn. Carlos María Pedrini y el Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Entre Ríos representado por su titular Lic. María Laura Stratta, mediante el cual el organismo nacional acuerda la transferencia de un subsidio no reintegrable, de carácter ampliatorio, por la suma total de $ 17.640.000 destinado a financiar la Asistencia Alimentaria para 49.000 familias en Situación de Vulnerabilidad Social, por medio de Tarjetas Magnéticas habilitadas para la compra en comercios adheridos, hasta el 30 de junio de 2016, actividad encuadrada dentro de los lineamientos del Plan Nacional de Seguridad Alimentaria, conforme a las cláusulas y condiciones que en el mismo se establecen y de acuerdo a lo expresado.
Encuadrando la presente gestión en las disposiciones del Decreto N 2612/15 MDS y Decreto N 3357/14 MDS.
Facultando a la Subsecretaría de Administración del Ministerio de Desarrollo Social, a efectuar las reimputaciones de los créditos presupuestarios que resulten necesarias, como así también la devolución de fondos en favor de la Tesorería General de la Provincia, de conformidad a lo acordado en el convenio que se aprueba por el presente.
Dejando establecido que las entregas correspondientes serán aprobadas mediante resoluciones de la Sra. Ministro de Desarrollo Social, previa intervención de la auditora de la Contaduría General de la Provincia, como así los actos administrativos complementarios que resulten necesarios para su ejecución.
DECRETO Nº 1958 MDS
DISPOSICION
Paraná, 21 de julio de 2016
VISTO:
Lo dispuesto mediante la Ley N 4035 y los Decretos Nºs. 3930/13 MEHF y 2889/14
M.D.S.; y CONSIDERANDO:
Que el artículo 1 de la Ley Nº 4035 autoriza al Poder Ejecutivo a prestar asistencia social conforme los siguientes items: a a la ancianidad, b a la madre con hijos a cargo, y c a la invalidez;
Que de acuerdo a su artículo 2 los beneficios consistirán en una pensión mensual cuyo monto fijará el Poder Ejecutivo;
Que mediante Decreto N 3930/13 M.E.H.F.
se fijaron los valores que regirían a partir del 1 de septiembre del año 2013 y por Decreto N 2889/14 M.D.S. los valores aplicables a partir 1 de septiembre de 2015;
Que es decisión del Poder Ejecutivo disponer un incremento de los valores en los beneficios que se liquidan actualmente, aplicables desde el 1 de julio de 2016;
Que se entiende factible incrementar los valores de los beneficios de la Ley N 4035;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Dispónese un incremento en los valores de los beneficios de la - Asistencia Social instituidos por el artículo 1 de la Ley N

BOLETIN OFICIAL
4035, con vigencia a partir de 1 de julio de 2016, los que quedarán fijados, en los siguientes importes:
a Asistencia social a la ancianidad: $ 1.800;
b Madre con hijos a cargo: $ 900;
c Asistencia social a la invalidez: $ 1.800;
d Incremento por cada hijo a partir del segundo hijo a cargo, para la titular del beneficio a la madre con hijos a cargo: $ 20.
Art. 2º Impútase el gasto resultante a las partidas específicas establecidas en la Jurisdicción 40: Ministerio de Desarrollo Social.
Art. 3º El presente decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado de Economía, Hacienda y Finanzas y de Desarrollo Social.
Art. 4º Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
GUSTAVO E. BORDET
Hugo A. Ballay María L. Stratta
DECRETO Nº 1982 MDS
Paraná, 21 de julio de 2016
Aprobando y reconociendo la suma total de $ 13.774,13, en concepto de alquileres adeudados correspondientes al inmueble sito en calle San Juan N 173 de esta ciudad, en el que funcionaran dependencias de la Dirección de Integración Comunitaria del Ministerio de Desarrollo Social, proporcional de marzo 2015;
con más los intereses por efectivización fuera de término, y autorizando a la Subsecretaría de Administración de dicha Jurisdicción a efectuar el pago de la suma mencionada a favor de la Sra. Ruiz, Stella Maris, M.I. N 5.634.485, en su carácter de administradora de la sociedad que conforma junto a las Sras. Saiz, Alejandra Inés; Saiz, María Gabriela; y Ruiz, María del Carmen, propietarias del inmueble.
Autorizando a la Subsecretaría de Administración del Ministerio de Desarrollo Social a emitir orden de pago y su respectiva solicitud de fondos ante la Tesorería General de la Provincia y a efectuar el pago pertinente, conforme lo dispuesto.
DECRETO Nº 1983 MDS
Paraná, 21 de julio de 2016
Reconociendo la prestación de servicios en el ámbito del Centro Cultural y de Convenciones La Vieja Usina, dependiente del Ministerio de Comunicación y Cultura, por parte de la agente Stella Maris Flores, M.I. N 14.659.526, Legajo N 214.372, desde el 01.6.14 y hasta la fecha del presente.
Adscribiendo a prestar servicios en el ámbito del Centro Cultural y de Convenciones La Vieja Usina dependiente del Ministerio de Comunicación y Cultura, a la agente Stella Maris Flores, Legajo N214.372, personal de la Planta de Personal Permanente de la Dirección de Comedores del Ministerio de Desarrollo Social, a partir de la fecha del presente y por el término de 1 año, encuadrando en las previsiones del Art. 39 de la Ley N 9755, modificada por Ley 9811 y Art. 6Incs. 1y 2de la Ley N10.271, modif. por Ley N 10.334.
El Centro Cultural y de Convenciones La Vieja Usina, a través de Área correspondiente deberá presentar la documental que acredite la efectiva prestación de servicios por parte de la agente ante el Área Personal de la Dirección de Comedores del Ministerio de Desarrollo Social.
DECRETO Nº 1984 MDS
Paraná, 21 de julio de 2016
Reconociendo la prestación de servicios en el ámbito de la Dirección Departamental de Escuelas de Feliciano, dependiente del Consejo General de Educación, al agente Rubén Lator, M.I. N 11.566.721, Legajo N 160.765, personal de la planta permanente de la Dirección de Comedores del Ministerio de Desarrollo Social a partir del 26.1.16 y hasta la fecha del presente texto.

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Adscribiendo para prestar servicios en el ámbito de la Dirección Departamental de Escuelas de Feliciano, dependiente del Consejo General de Educación, al agente Rubén Lator, M.I. N 11.566.721, Legajo Nº 160.765, personal de la planta permanente de la Dirección de Comedores del Ministerio de Desarrollo Social, a partir de la fecha del presente y por el término de 1 año.
DECRETO Nº 2006 MDS
Paraná, 21 de julio de 2016
Reconociendo la prestación de servicios en carácter de adscripción en el ámbito de la Zonal III de la Dirección Provincial de Vialidad en la localidad de Cerrito, dependiente del Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios Públicos, por parte del agente Mariano José González, M.I. N 25.421.961, Legajo N
154.931, personal de la planta permanente del Ministerio de Desarrollo Social, a partir del 16.1.16 y hasta la fecha del presente.
Adscribiendo para prestar servicios en el ámbito de la Zonal III de la Dirección Provincial de Vialidad en la localidad de Cerrito, dependiente del Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios Públicos, por parte del agente Mariano José González, M.I. N 25.421.961, Legajo N 154.931, personal de la planta permanente del Ministerio de Desarrollo Social, a partir de la fecha del presente y por el término de 1 año, encuadrando en las previsiones por el artículo 39de la Ley N9755 modif. por Ley N 9811 y los incisos 1 y 2 del artículo 6 de la Ley Nº 10271, modif. por Ley Nº 10334.
DECRETO Nº 2008 MDS
Paraná, 21 de julio de 2016
Aprobando todo lo actuado por la Unidad Central de Contrataciones, en la Licitación Pública N 03/16, autorizada por Decreto Nº 535/16 MDS, tendiente a la adquisición de 30.000 kgs. de tela tipo polar liso, ambas caras cardadas, calidad estándar, 100% poliéster, y demás características especificadas en los pliegos, con destino a la fabricación de frazadas y prendas de abrigo, en virtud de las políticas implementadas para el fortalecimiento productivo de los emprendimientos textiles de nuestra Provincia y a la cobertura de las necesidades de la población perteneciente a los sectores más vulnerables, conforme lo solicitado por el Ministerio de Desarrollo Social.
Rechazando las ofertas presentadas a la Licitación Pública N 03/16 que se aprueba, por las firmas que a continuación se detallan y por los motivos que en cada caso se especifican, de conformidad con lo aconsejado por la Comisión de Compras en Acta N 35/16 y lo expresad o e n e l inf orme t écnico obrante a fs.
132/138, por el Subsecretario de Políticas Sociales:
Rozumny Alejandro y Rozumny Gerardo S.H.
Litoral Textil: el material ofrecido posee un rendimiento inferior a lo requerido y no cumple con lo previsto en los numerales 4.5 y 6 del pliego de condiciones particulares, en su oferta base, y tampoco da cumplimiento a estos mismos últimos requerimientos en su oferta alternativa.
Andrés Eduardo Héctor Ramarcom; el material ofrecido posee un rendimiento inferior a lo requerido, y si bien ha cumplido con los numerales 4.5 y 6 del P.C.P. con posterioridad al acto de apertura presentando nota del fabricante, en la misma se condiciona el plazo de entrega a la definición y aceptación de colores y concreción de la compra.
Adjudicando la Licitación Pública N 03/16, llevada a cabo por la Unidad Central de Contrataciones, por un monto total de $ 6.996.000, a la firma Compañía Comercial Mayorista, la provisión de 30.000 kgs. de tela tipo polar liso, ambas caras cardadas, marca Cladd, 100%
poliéster, y demás características especificadas en los pliegos, con destino a la fabricación de frazadas y prendas de abrigo, a un precio

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 15/12/2016

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaysArgentine

Date15/12/2016

Page count24

Edition count4785

Première édition01/12/2003

Dernière édition11/07/2024

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