Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 13/12/2016

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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Nº 26.072 - 230/16

PARANA, martes 13 de diciembre de 2016

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA
Ministerio de Gobierno y Justicia Ministerio de Educación, Deportes y Prevención de Adicciones Ministerio de Cultura y Comunicación Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas Ministerio de Desarrollo Social Ministerio de Salud Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios Ministerio de Producción Ministerio de Turismo Ministerio de Trabajo Secretaría General de la Gobernación
SECCION ADMINISTRATIVA
GOBERNACION
DECRETO Nº 3750 GOB
RECTIFICANDO ARTICULO
Paraná, 12 de diciembre de 2016
VISTO:
El Decreto N 2719 GOB de fecha 13 de septiembre de 2016; y CONSIDERANDO:
Que por el referido texto legal se aprueba la Reglamentación de la Ley Nº 10.436, para la designación de las Autoridades de los Órganos de Control, de conformidad con lo establecido en el artículo 217 de la Constitución de la Provincia de Entre Ríos;
Que producto de un error material involuntario, en el artículo 4, inciso b, del mencionado Reglamento se omitió consignar la totalidad de los representantes del sector Académico, en consonancia con lo dispuesto tanto en la Carta Magna Provincial, como en la Ley citada ut supra;
Que en virtud de lo expuesto, corresponde obrar en consecuencia;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1 - Rectifíquese el artículo 4, inciso b de la Reglamentación de la Ley N 10.436, aprobada por Decreto N 2719 GOB de fecha 13 de septiembre de 2016, el que quedará redactado de la siguiente manera:
b Académicos: deberán ser profesores regulares titulares o adjuntos de cátedra universitaria de las Facultades de Derecho, Ciencias Económicas y especialistas de otras Facultades de las Universidades que tengan sede o
E D ICION: 18 Págs. - $ 5,00

Cr. D. Gustavo Eduardo Bordet Cr. D. Adán Humberto Bahl D. Mauro Gabriel Urribarri Cr. D. Hugo Alberto Ballay Lic. Da. María Laura Stratta Dr. D. Ariel Lisandro de la Rosa Ing. D. Luis Alberto Benedetto D. Carlos Schepens D. Adrián Federico Fuertes D. Edgardo Darío Kueider
subsede con asistencia presencial obligatoria en la provincia. Estos catedráticos deberán tener antecedentes y conocimientos relacionados con la materia de los cargos a concursar.
Los integrantes de la lista a presentar, serán elegidos por cada una de las casas de altos estudios en forma democrática.
Art. 2º - El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y Justicia.
Art. 3 - Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
GUSTAVO E. BORDET
Mauro G. Urribarri
MINISTERIO DE GOBIERNO Y
JUSTICIA
DECRETO Nº 1903 MGJ
RECHAZANDO RECURSO
Paraná, 7 de julio de 2016
VISTO:
El recurso de apelación jerárquica interpuesto por el Oficial Principal Alfredo Ernesto Zapata L.P. N 19.713, M.I N 14.718.502, contra la Resolución D.P. N 1565/14; y CONSIDERANDO:
Que por Resolución DAI Nº 105/04 de fecha 15 de abril de 2004, se ordenó la instrucción del sumario administrativo N 2016, contra el Oficial Principal Zapata Alfredo Alberto; y Que por su parte, en sede judicial, el 26 de marzo de 2007, el Juzgado de Instrucción N 1
de la ciudad de Paraná ordenó el procesamiento del agente Zapata por el delito de hurto calificado en los autos caratulados Levrand, Reinaldo Edgardo; Acevedo, Esteban Alberto;
Franchessi, Adelfi Fabián; Chinuini, Francisco;
Zapata, Alfredo; Achor, Ariel; Salzman, Darío s/ Hurto CalificadoCalamitoso; y
Que en atención a ello, la situación del agente Zapata quedó encuadrada en el presupuesto del artículo 117inciso a de la Ley N5654/75, por lo que el Sr. Jefe de Policía de Entre Ríos, dispuso por Resolución DAI N704/07, su pase a situación de revista activopasivo; y Que se le inició al recurrente expediente de retiro obligatorio por aplicación del artículo 248 inciso b del Reglamento General de Policía, el cual se mantuvo reservado debido a la existencia del trámite administrativo antes citado; y Que por sentencia de fecha 5 de marzo de 2012 se declaró al agente Zapata como responsable del delito de hurto calificado calamitoso, junto con otros funcionarios policiales procesados en dicha causa, pero ulteriormente fue dejada sin efecto por sentencia del 20 de octubre de 2012, quedando absuelto de culpa y cargo; y Que con posterioridad, el Procurador General de la Provincia, presentó un recurso extraordinario federal el cual fue concedido y elevado ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, la que en fecha 5 de marzo de 2013, lo consideró inadmisible desestimándolo; y Que por Resolución J.P. N096/14 el Sr. Jefe de Policía de Entre Ríos resolvió sobreseer administrativamente, al Oficial Principal Zapata Alfredo Ernesto, de acuerdo al artículo 93
del Reglamento General de Policía; y Que por medio de la Resolución D.A.I. N
060/14, se hizo lugar al pedido del Oficial Principal Zapata y se dispuso el pase a servicio activoefectivo y la restitución de la diferencia de haberes retenidos durante el lapso de tiempo en que revistara en situación de activopasivo, artículo 146 del Reglamento General de Policía; y Que el 30 de julio de 2014, el Oficial Principal

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 13/12/2016

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaysArgentine

Date13/12/2016

Page count18

Edition count4777

Première édition01/12/2003

Dernière édition28/06/2024

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