Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 22/12/2016

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Página Oficial del Gobierno: www.entrerios.gov.ar/ Página Oficial del Boletín: www.entrerios.gov.ar/boletin/
E-mail:decretosboletin@entrerios.gov.ar - imprentaoficialentrerios@arnet.com.ar
Nº 26.079 - 237/16

PARANA, jueves 22 de diciembre de 2016

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA
Ministerio de Gobierno y Justicia Ministerio de Educación, Deportes y Prevención de Adicciones Ministerio de Cultura y Comunicación Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas Ministerio de Desarrollo Social Ministerio de Salud Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios Ministerio de Producción Ministerio de Turismo Ministerio de Trabajo Secretaría General de la Gobernación
SECCION ADMINISTRATIVA
MINISTERIO DE GOBIERNO Y
JUSTICIA
DECRETO Nº 1833 MGJ
RECHAZANDO RECURSO
Paraná, 7 de julio de 2016
VISTO:
El recurso de apelación jerárquica interpuesto por la firma Infinito Constructora S.R.L. contra la Resolución N 0504 de fecha 7 de septiembre de 2012 del Ministerio de Trabajo; y CONSIDERANDO:
Que, por la resolución citada se aplicó a la recurrente una sanción de multa de pesos sesenta y un mil sesenta $ 61.060,00 con fundamento en el apartado 2 y 3, Art. 5 de las sanciones - Capítulo 2 - Anexo D - Anexo II
Régimen General de Sanciones por infracciones Laborales - Ley Nacional N 25.212 Pacto Federal del Trabajo - Ley Provincial N
9297, en razón de haber infringido normas laborales descriptas en el Inc. h - Art. 3 Infracciones Gravese Inc. G Art. 4 - Infracciones Muy Graves - Capítulo 2 de las Infracciones y Sanciones Laborales - Ley Nacional 25.212 Pacto Federal del Trabajo - Ley Provincial N 9297; y Que, la resolución cuestionada fue notificada a la quejosa en fecha 20 de septiembre de 2012, y el recurso fue incoado en fecha 1 de octubre de 2012 por lo que es dable destacar que el mismo ha sido interpuesto en tiempo y forma, conforme a lo dispuesto en los Art. 62 y s.s. de la Ley N 7060; y Que, mediante el escrito recursivo en análisis, se presenta el socio gerente de la firma Infinito Constructora S.R.L., agraviándose de
E D ICION: 20 Págs. - $ 5,00

Cr. D. Gustavo Eduardo Bordet Cr. D. Adán Humberto Bahl D. Mauro Gabriel Urribarri Cr. D. Hugo Alberto Ballay Lic. Da. María Laura Stratta Dr. D. Ariel Lisandro de la Rosa Ing. D. Luis Alberto Benedetto D. Carlos Schepens D. Adrián Federico Fuertes D. Edgardo Darío Kueider
la resolución impugnada, expresando que lo requerido por el Ministerio de Trabajo fue cumplimentado y se encuentra acreditado y que la multa que se le impone le ocasiono un grave perjuicio ya que es muy elevada; y Que, sostiene a su vez que, dado el cumplimiento inmediato de lo requerido por dicho organismo y la ausencia de antecedentes ante el mismo, le corresponde la eximición y/o morigeración de la sanción impuesta, ya que la ejecución de la multa llevaría, según sus dichos, a la quiebra de la empresa con las consecuencias sociales y laborales que ello implica; y Que, en definitiva peticiona se revoque la sanción o subsidiariamente se morigere sustancialmente la misma; y Que, vale destacar que los antecedentes del presente trámite se remontan al día 8 de Noviembre de 2011 ya que en esa oportunidad, personal del organismo de trabajo procedió a realizar un acta de intimidación en el marco de la normativa vigente, a fin de que se acrediten y cumplimenten los puntos allí detallados, en el plazo de cinco 5 días hábiles; y Que, en la misma fecha se ordeno suspender las tareas en la obra que se encontraba ejecutando la empresa, por no contar con los recaudos exigidos por la normativa legal vigente; y Que, en respuesta a tales intimidaciones, la firma inspeccionada procedió a cumplimentar lo que fuera requerido, a raíz de lo cual el Ministerio de Trabajo labró un acta de levantamiento de suspensión impuesta; y Que, posteriormente, se labró el acta de infracción N 015/12 de fecha 23 de enero de 2012, por haber infringido la empresa la normativa allí detallada, lo cual le fuera notificado a la misma mediante cédula, en fecha 25 de enero de 2012, otorgándole un plazo de cinco
5 días hábiles para acreditar las pruebas y/o descargos que considere necesarios, dejándose aclarado que para el caso de no comparecer en el plazo establecido, se proseguirá con el trámite sumarial pertinente; y Que, frente a la incomparecencia de la requerida se le instruyó un sumario administrativo, lo cual le fue comunicado el día 26 de abril de 2012; y Que, a partir de allí se desplegó el procedimiento sumarial pertinente, concluyendo en el dictado de la Resolución N 0504/12 M.T., por la que se dispuso aplicar a la firma Infinito Constructora S.R.L. la suma precitada en concepto de multa y que fuera impugnada mediante el presente recurso; y Que, se expidió el Departamento Asuntos Jurídicos del Ministerio de Trabajo, sugiriendo el rechazo del recurso interpuesto; y Que, la Ley N 25.212, por la cual se ratifica el Pacto Federal del Trabajo, adhiriéndose nuestra provincia mediante la Ley Provincial N 9297, establece, entre otros, un Régimen General de Sanciones por Infracciones Laborales, y en el Capítulo II Arts. 2 a 4, las infracciones leves, graves y muy graves; y en el Art. 5 se establecen las sanciones que se aplicarán en carácter de multa, de acuerdo a la infracción cometida; y Que, del análisis de estas actuaciones, se arriba al dictado de la Resolución N 0504/12
M.T. como consecuencia de lo informado por las áreas competentes del organismo laboral luego de efectuarse las inspecciones correspondientes en el domicilio de la empresa, para así comprobarse las infracciones en el Capítulo 2 - Anexo D - Anexo II Ley Federal N 25.212
- Ley Provincial N 9297; y Que, se verificó que la empresa incurrió en infracción de la normativa laboral vigente, y en

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 22/12/2016

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaysArgentine

Date22/12/2016

Page count20

Edition count4777

Première édition01/12/2003

Dernière édition28/06/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Diciembre 2016>>>
DLMMJVS
123
45678910
11121314151617
18192021222324
25262728293031