Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 29/7/2016

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, viernes 29 de julio de 2016
795/96 MEOSP y modificatorios, Título X, Art.
Nº 133 y Art. Nº 142 punto 10;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Execptúase a la Unidad Ejecutora Provincial; de aplicar lo dispuesto por Resolución Ministerial Nº 1304/13 y N 800/08 y su modificatoria, Resolución Ministerial N
404/14, todas del Ministerio de Educación de la Nación.
Art. 2º Autorízase a la Unidad Ejecutora Provincial a realizar el procedimiento de contratación directa por vía de excepción previsto en el Art. 27 Inc. c, Apart. b punto 9 de la Ley Provincial N 5140 y modificatorias, t.o.
Decreto N 404/95 MEOSP y Reglamentario N
795/96 MEOSP y modificatorios, Título X, Art.
N 133 y Art. N 142 punto 10, para la adquisición de mobiliario escolar destinado a los establecimientos educativos afectados por la emergencia hídrica en la ciudad de Concordia, Provincia de Entre Ríos.
Art. 3º Encuádrese el presente en lo dispuesto por Decreto N 338/15 GOB, y el Art.
27 Inc. c, Apart. b punto 9 de la Ley N 5140
y m o d i f i c a t o ri a s , t . o . D e c r e t o N 4 0 4 / 9 5
MEOSP y Reglamentario N 795/96 MEOSP y modificatorios, Título X, Art. N 133 y Art. N
142 punto 10.
Art. 4º Impútese el gasto correspondiente a las partidas del presupuesto vigente que se detallan: Dirección de Administración 962 Carácter 1 - Jurisdicción 1 - Subjurisdicción 01
- Entidad 0000 - Programa 23 - Subprograma 00 - Proyecto 20 - Actividad 01 - Obra 00 Finalidad 3 - Función 43 - Fuente de Financiamiento 14 - Subfuente 0585 - Inciso 4 - Partido Principal 3 - Partida Parcial 5 - Subparcial 0000
- Departamento 84 - Ubicación Geográfica 07.
Art. 5º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y Justicia.
Art. 6º Regístrese, comuníquese, publíquese y remitase copia a la Unidad Ejecutora Provincial a sus efectos.
GUSTAVO E. BORDET
Mauro G. Urribarri
MINISTERIO DE SALUD
DECRETO Nº 444 M.S.
DEJANDO SIN EFECTO DESIGNACIÓN
Paraná, 30 de diciembre de 2015
VISTO:
Las presentes por las cuales se interesa designar en forma interina como coordinador del Centro de Rehabilitación de Pediatría de Santa Elena, al doctor Francisco José Nogueira, DNI
Nº 13.229.059; y CONSIDERANDO:
Que resulta procedente dejar sin efecto la designación como coordinador del Centro de Rehabilitación de Pediatría de Santa Elena al doctor Héctor Leites, DNI Nº 18.515.439, otorgada mediante Resolución Nº 979/13 M.S.;
Que para tal fin corresponde designar en forma interina como coordinador del Centro de Rehabilitación de Pediatría de Santa Elena, al d o c t o r F ra n c i s c o J o sé N ogu eira, D N I N º 13.229.059, reteniendo el cargo del cual es titular;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Déjase sin efecto la designación como coordinador del Centro de Rehabilitación de Pediatría de Santa Elena al doctor Héctor Leites, DNI Nº 18.515.439, otorgada mediante Resolución Nº 979/13 M.S., a partir de la fecha del presente texto normativo, en virtud de lo expresado en los considerandos precedentes.
Art. 2º Desígnase a partir de la fecha del presente decreto como coordinador del Centro de Rehabilitación de Pediatría de Santa Elena al doctor Francisco José Nogueira, DNI Nº
BOLETIN OFICIAL
13.229.059, reteniendo el cargo del cual es titular, en mérito de lo expuesto en los considerandos del presente texto normativo.
Art. 3º Facúltase a la Dirección General de Administración del Ministerio de Salud, a realizar las adecuaciones y cálculos correspondientes para realizar el pago a favor del doctor José Nogueira, DNI Nº 13.229.059, que será con una remuneración equivalente al cargo de Director General, prevista en la Ley 8.620.
Art. 4º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Estado de Salud.
Art. 5º Comuníquese, publíquese y archívese.
GUSTAVO E. BORDET
Ariel L. de la Rosa
DECRETO Nº 445 M.S.
DESIGNACIÓN
Paraná, 30 de diciembre de 2015
VISTO:
El inicio de la nueva gestión de Gobierno elegido democráticamente para el período 2015-2019; y CONSIDERANDO:
Que atento a ello se ha dispuesto la designación de la licenciada en Psicopedagogía Silvia Roxana Robledo, DNI Nº 17.394.244, como Coordinadora de Desarrollo Infantil, dependiente del Ministerio de Salud;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Desígnase como Coordinadora de Desarrollo Infantil, dependiente de la Dirección Materno Infantil Juvenil del Ministerio de Salud, a la licenciada en Psicopedagogía Silvia Roxana Robledo, DNI Nº 17.394.244, con retención de cargo del cual es titular, categoría 4, Carrera Profesional, Tramo C, Escalafón General.
Art. 2º Facúltase a la Dirección General de Administración del Ministerio de Salud a efectuar los cálculos correspondientes y efectivizar el pago a favor de la licenciada en Psicopedagogía Silvia Roxana Robledo, DNI Nº 17.394.244, con una remuneración equivalente a Funcionario Fuera de Escalafón Nivel I
-Cargo 43-, previsto en la Ley 8.620.
Art. 3º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Salud.
Art. 4º Comuníquese, publíquese y archívese.
GUSTAVO E. BORDET
Ariel L. de la Rosa
DECRETO Nº 448 M.S.
MODIFICANDO ARTÍCULO
Paraná, 30 de diciembre de 2015
VISTO:
Las presentes actuaciones que dieron origen al Decreto Nº 4.152 M.S. del 10.11.15; y CONSIDERANDO:
Que mediante el referido texto legal se aprueba la contratación directa, vía de excepción, con Fresenius Medical Care S.A. de Paraná, en concepto de Hemodiálisis Crónicas, realizadas a pacientes derivados desde el Sector Público, durante el período febrero/15, por la suma de pesos ciento ocho mil cuatrocientos dieciséis $ 108.416,00, según factura B Nº 157-00001127 del 28.2.15, debiéndose efectuar el débito de la suma de pesos once mil seiscientos dieciséis $ 11.616,00 adjuntando dicha firma nota de crédito B Nº 15700000260 del 31.5.15;
Que es procedente modificar el artículo 4º del Decreto Nº 4.152 M.S. del 10.11.15, el que quedará redactado de la siguiente manera: Facúltase a la Dirección General de Administración del Ministerio de Salud a confeccionar la orden de pago y autorizar a la Tesorería General de la Provincia a efectuar el pago a Fresenius Medical Care S.A. de Paraná por la suma de pesos noventa y seis mil ochocientos $
96.800,00, según normativa vigente Resolución Nº 124/14 MEHF;

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Que a los efectos de regularizar la presente gestión, es procedente acceder a lo peticionado en autos;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Modifícase el artículo 4º del Decreto Nº 4.152 M.S., del 10.11.15, el que quedará redactado de la siguiente manera: Facúltase a la Dirección General de Administración del Ministerio de Salud a confeccionar la orden de pago y autorizar a la Tesorería General de la Provincia a efectuar el pago a Fresenius Medical Care S.A. de Paraná por la suma de pesos noventa y seis mil ochocientos $ 96.800,00, según normativa vigente Resolución Nº 124/14
MEHF, atento a lo expresado en los considerandos precedentes.
Art. 2º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Salud.
Art. 3º Comuníquese, publíquese y archívese.
GUSTAVO E. BORDET
Ariel L. de la Rosa
DECRETO Nº 449 M.S.
APROBANDO CONTRATACION DIRECTA
Paraná, 30 de diciembre de 2015
VISTO:
Las presentes actuaciones por las cuales se tramita el reconocimiento y pago de la factura B Nº 006-00015864 del 31.5.15, correspondiente a la firma Agrupación Salud Integral de Buenos Airespor la suma de pesos ochenta y c i n c o m i l t r e s c i e n t o s s e t e n t a y c i n c o $
85.375,00, obrante a fojas 2 de autos; y CONSIDERANDO:
Que la citada factura obedece a Servicios Médicos Asistenciales brindados al beneficiario UGP Incluir Salud Nº 405-8522647/00, Isaías Martín Alani, DNI Nº 48.621.930;
Que en autos obra informe producido por la Auditoria Médica y autorización de las autoridades competentes, intervención del coordinador Técnico Administrativo ambos del UGP
Incluir Salud como, asimismo, la autorización pertinente para la reserva de los fondos e imputación del gasto;
Que a fin de regularizar el pago reclamado, por intermedio de la Dirección General de Administración del Ministerio de Salud, se procedió a la reserva de los fondos correspondientes, como, asimismo, a la imputación del gasto;
Que el delegado contable de la Contaduría General de la Provincia en el referido Ministerio ha tomado la intervención correspondiente;
Que la presente gestión encuadra en la Ley 5.140, texto único y ordenado Decreto Nº 404/95 MEOSP, artículo 27º, inciso c, apartado b, punto 3, concordante con el Decreto Reglamentario Nº 795/96 MEOSP, artículo 142º, inciso 4, puntos a y b y Decreto Modificatorio Nº 1.334/14 MEHF, Resolución Nº 1.771/96 S.S. y Decreto Nº 3.912/12 M.S.
Convenio Marco del Programa Federal Incluir Salud;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Apruébase la contratación directa, vía de excepción y reconocer el gasto efectuado con la firma Agrupación Salud Integral de Buenos Aires, por la suma de pesos ochenta y c i n c o m i l t r e s c i e n t o s s e t e n t a y c i n c o $
85.375,00, según factura B Nº 00600015864 del 31.5.15, obrante a fojas 2 de autos, en concepto de los Servicios Médicos Asistenciales brindados al beneficiario UGP
Incluir Salud Nº 405-8522647/00, Isaías Martín Alani, DNI Nº 48.621.930, en virtud de lo expuesto en los considerandos precedentes.
Art. 2º Encuádrase la presente gestión en la Ley 5.140, texto único y ordenado Decreto Nº 404/95 MEOSP, artículo 27º, inciso c, apartado b, punto 3, concordante con su Decreto Reglamentario Nº 795/96 MEOSP, artículos

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 29/7/2016

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaysArgentine

Date29/07/2016

Page count22

Edition count4801

Première édition01/12/2003

Dernière édition02/08/2024

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