Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 28/7/2016

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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Infraestructura y Servicios y el Departamento Legal de la Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones, en lo que es de su competencia;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Autorízase a la Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones a invertir hasta la suma de pesos doce millones trescientos mil $ 12.300.000 para solventar las erogaciones derivadas de los estudios y proyectos y de las inspecciones técnicas de las obras públicas que se ejecutan en todo el territorio provincial y los gastos que sus oficinas departamentales originan, según detalle de planilla de gastos que como Anexo I forma parte integrante del presente decreto, encuadrando el gasto a través de la vía de excepción, según se establece en el artículo 12º, incisos a y c del Decreto Ley de Obras Públicas Nº 6.351 en forma supletorio con la Ley de Contabilidad Pública Nº 5.140.
Art. 2º Facúltase al señor Ministro de Planeamiento, Infraestructura y Servicios a efectuar todas las contrataciones que resulten necesarias en el marco del presente, a través de resoluciones ministeriales.
Art. 3º Facúltase a la señor Ministro Secretario de Estado del Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios a variar los montos estimativos programados entre los rubros que comprende el detalle de planilla de gastos Anexo I antes citada, cuando razones debidamente fundadas así lo requieran.
Art. 4º Autorízase el manejo de caja chica de pesos siete mil $ 7.000 mensuales en la sede central de la Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones y de pesos cinco mil $
5.000 mensuales en sus delegaciones del interior de la provincia.
Art. 5º Dispónese que la Tesorería General de la Provincia, mediante Sistema de Libramiento, entregue a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable del Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios, la suma de pesos doce millones trescientos mil $ 12.300.000, de conformidad a la autorización conferida por el artículo 1º del presente, con cargo de oportuna rendición de cuentas.
Art. 6º Impútase el gasto a: Dirección de Administración 958 - Carácter 1 - Jurisdicción 25 - Subjurisdicción 01 - Entidad 0000 - Programa 16 - Subprograma 00 - Proyecto 32 Actividad 00 - Obra 09 - Finalidad 3 - Función 43 - Fuente de Financiamiento 13 - Subfuente de Financiamiento 0411 - Inciso 4 - Partida Principal 2 - Partida Parcial 1 - Partida Subparcial 0000, Departamento 99 - Ubicación Geográfica 99 del presupuesto vigente.
Art. 7º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Planeamiento, Infraestructura y Servicios.
Art. 8º Comuníquese, publíquese, archívese y pásense las actuaciones a la Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones a sus efectos.
GUSTAVO E. BORDET
Luis A. Benedetto
DECRETO Nº 392 MPIyS
DEJANDO SIN EFECTO DECRETOS
Paraná, 11 de marzo de 2016
VISTO:
El Decreto Nº 5.693/10 MPIyS, rectificado por el Decreto Nº 1.556/12 MPIyS; y CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nº 5.693/10 MPIyS se facultó a la entonces Secretaria Ministerial de Obras y Servicios Públicos, hoy Secretaría de Planeamiento, Infraestructura y Servicios, a disponer la autorización y/o aprobación de:
ampliaciones de plazos; análisis de precios;
cuadros comparativos de aumentos y disminu-

BOLETIN OFICIAL
ciones; actas de recepción provisorias y/o definitivas, debidamente regladas en las normativas vigentes y referidas a obras contratadas por el Estado Provincial dentro de su territorio en la Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones, norma legal rectificada por el Decreto Nº 1.556/12 MPIyS, referente a los organismos involucrados: Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones, Dirección Provincial de Obras Sanitarios de Entre Ríos y Dirección Hidráulica; y Que ante el nuevo cambio de Gobierno, éste Poder Ejecutivo considera dejar sin efecto las normas legales citadas y determinar que, a partir de la sanción del presente decreto, el organismo jurisdiccional competente y con facultades para disponer la autorización y/o aprobación de los actos administrativos detallados en el párrafo precedente es el señor Ministro Secretario de Estado de Planeamiento, infraestructura y Servicios; y Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Déjase sin efecto en todos sus términos los Decretos Nº 5.693/10 MPIyS y Nº 1.556/12 MPIyS.
Art. 2º Facúltase al señor Ministro Secretario de Estado de Planeamiento, Infraestructura y Servicios, a partir de la sanción del presente decreto, a disponer la autorización y/o aprobación de: ampliaciones de plazos;
análisis de precios; cuadros comparativos de aumentos y disminuciones; actas de recepciones provisorias y/o definitivas, debidamente regladas en las normativas vigentes y referidas a obras contratadas por el Estado Provincial dentro de su territorio en la Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones, Dirección Provincial de Obras Sanitarias de Entre Ríos y Dirección de Hidráulica.
Art. 3º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Planeamiento, Infraestructura y Servicios.
Art. 4º Comuníquese, publíquese y archívese y pasen a la Subsecretaría de Administración del Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios.
GUSTAVO E. BORDET
Luis A. Benedetto
DECRETO Nº 393 MPIyS
MODIFICANDO PARCIALMENTE
DECRETO
Paraná, 11 de marzo de 2016
VISTO:
El Decreto Nº 785 MPIyS, de fecha 4 de abril de 2013; y CONSIDERANDO:
Que por dicha norma legal se crea la Unidad Especial para la ejecución de obras en el marco del Programa Más Cerca, Más Municipio, Mejor País, Más Patria; y Que ante un nuevo cambio institucional resulta procedente modificar parcialmente dicho texto legal;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Modifícase parcialmente, a partir de la sanción de la presente norma legal, el Decreto Nº 785/13 MPIyS en sus artículos que a continuación se detallan, los cuales quedarán redactados de la siguiente manera:
Art. 1º Dispónese que la Unidad Especial para la Ejecución de Obras en el marco del Programa Más Cerca, Más Municipio, Mejor País, Más Patria, pasará bajo exclusiva dependencia jerárquica del señor Ministro Secretario de Estado de Planeamiento, Infraestructura y Servicios.
Art. 3º Excepciónanse los contratos de obras a suscribir en el marco del Programa Más Cerca, Más Municipio, Mejor País, Más Patria, de lo dispuesto por Decreto Nº 5299/05
GOB, y facúltase al señor Ministro Secretario de Estado de Planeamiento, Infraestructura y
Paraná, jueves 28 de julio de 2016
Servicios" a suscribir los instrumentos respectivos.
Art. 4º Facúltase al señor Ministro Secretario de Estado de Planeamiento, Infraestructura y Servicios a suscribir, en caso de ser necesarios, informes y/o documentaciones requeridas en el marco del Programa Más Cerca, Más Municipio, Mejor País, Más Patria.
Art. 5º Facúltase al señor Ministro Secretario de Estado de Planeamiento, Infraestructura y Servicios a disponer mediante Resolución, las afectaciones de personal que se desempeñarán en la Unidad Especial, como, asimismo, los pedidos de colaboración a organismos Provinciales en los casos que considere necesarios para atender a la implementación del programa.
Art. 2º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Planeamiento, Infraestructura y Servicios.
Art. 3º Comuníquese, publíquese y archívese y pase a la Subsecretaría de Administración del Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios para el debido trámite.
GUSTAVO E. BORDET
Luis A. Benedetto
DECRETO Nº 394 MPIyS
DISPONIENDO RENOVACIÓN DE
CONTRATOS
Paraná, 11 de marzo de 2016
VISTO:
La necesidad de asegurar la prestación de servicios en la Secretaría de Energía de la Gobernación durante el ejercicio 2016; y CONSIDERANDO:
Que en determinados organismos resulta necesario disponer la ejecución de los servicios que no pueden ser cumplidos por el personal de planta permanente, y para cuyo cumplimiento se ha dispuesto de agentes cuya situación de revista es la de contrato bajo el régimen de locación de servicios; y Que la Secretaría de Energía en función de las necesidades operativas mantiene las causales que motivaron su contratación, resultando pertinente renovarlos por el ejercicio presupuestario 2016; y Que en el presupuesto de la jurisdicción correspondiente a dicho ejercicio se encuentran previstos los cupos y créditos presupuestarios necesarios para atender este tipo, de contrataciones; y Que por todo ello se entiende procedente disponer la renovación de los contratos de locación de servicios vigentes, a partir del 1º de enero de 2016; y Que la repartición ha solicitado la renovación de los contratos, conforme a sus necesidades; y Que ha tomado intervención la Dirección de Administración y la Asesoría Legal de la Secretaría de Energía de la Gobernación; y Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Dispónese la renovación de los contratos de locación de servicios, por el plazo de 1 año a partir del 1 de enero de 2016 y hasta el 31 de diciembre de 2016, para desempeñar funciones en el ámbito de la Secretaría de Energía de la Gobernación y en las mismas condiciones, conforme a la nómina de agentes enunciados en el Anexo I, el que agregado forma parte integrante del presente.
Art. 2º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Planeamiento, Infraestructura y Servicios.
Art. 3º Comuníquese, publíquese y archívese. Con copia del presente pasen las actuaciones a la Dirección de Administración de la Secretaría de Energía de la Gobernación, a sus efectos.
GUSTAVO E. BORDET
Luis A. Benedetto

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 28/7/2016

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaysArgentine

Date28/07/2016

Page count24

Edition count4786

Première édition01/12/2003

Dernière édition12/07/2024

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