Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 5/1/2016

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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Departamento 84 - Ubicación Geográfica 12, del presupuesto vigente.
Art. 4º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Planeamiento, Infraestructura y Servicios.
Art. 5º Comuníquese, publíquese y archívese; y pasen las actuaciones a la Dirección Provincial de Obras Sanitarias de Entre Ríos, para la prosecución de su trámite.
SERGIO D. URRIBARRI
J. Javier García
DECRETO Nº 1799 MPIyS
RECHAZANDO RECURSO
Paraná, 11 de junio de 2015
VISTO:
El recurso de apelación jerárquica contra la Resolución Nº 2.328/13 DPV, de fecha 27 de agosto de 2013, interpuesto por el agente de la Dirección Provincial de Vialidad Sergio Indalecio Schumacher, con patrocinio letrado de la doctora Carolina A. Suárez Schumacher; y CONSIDERANDO:
Que a fojas 261/265 vta. se ha expedido la Fiscalía de Estado emitiendo dictamen de su competencia; y Que mediante la misma el organismo vial rechazó su reclamo de actualización del pago que fue reconocido mediante el dictado del Decreto Nº 793/11 MPIyS, de fecha 29 de marzo de 2011, en cuyo artículo 1º se establece:
Hácese lugar al recurso de apelación jerárquica contra la Resolución Nº 232/07 DPV, de fecha 2 de marzo de 2007, interpuesto por el agente de lo Dirección Provincial de Vialidad, Sergio Indalecio Schumacher, debiendo dicho organismo restituir a aquel el adicional por dedicación exclusiva a partir del 1 de enero de 2006 y en adelanto, siempre que su situación de revista no haya sufrido modificaciones, de conformidad con los argumentos vertidos en los considerandos del presente", debiendo, asimismo, tomarse en consideración lo ordenado por la Dirección Provincial de Vialidad visto el Decreto Nº 793/11 MPIyS en la Resolución Nº 809/11 DPV: Artículo 1º.- Dispónese la restitución y pago del adicional por dedicación intensiva anteriormente denominado dedicación exclusiva a favor del agente Sergio Indalecio Schumacher, a partir del 1.1.06 y hasta el 30.9.08, de conformidad a lo dispuesto por Decreto Nº 793/11 MPIyS; Artículo 2º:
Dispónese el pago a favor del agente Sergio Indalecio Schumacher de los diferencias monetarias existentes entre los adicionales por mayor jornada horaria y por dedicación intensiva para el período comprendido entre el 1.10.08 y el 31.12.10, atento a lo ordenado por Decreto Nº 793/11 MPIyS y a los considerandos de la presente"; y Que la resolución recurrida fue notificada el día 16 de septiembre de 2013, tal como surge de la cédula obrante a fojas 238, mientras que el recurso bajo análisis fue presentado por ante la Mesa de Entradas de la Gobernación en fecha 3 de octubre de 2013, según sello de recepción obrante al pie de la fojas 249, motivo por el cual cabe tenerlo por deducido en tiempo y forma, de conformidad con lo previsto por el artículo 62º de la Ley Nº 7.060, correspondiendo en consecuencia analizar la cuestión sustancial; y Que el Dictamen Nº 3.510 obrante a fojas 255
a 257 vta. emanado en fecha 18 de octubre de 2013 del Departamento 1- Legal de la Dirección Provincial de Vialidad contiene una sucinta reseña de los antecedentes de la tramitación, se remite a aquella por razones de brevedad; y Que sin perjuicio de ello, es de destacar:
I.- Que en fecha 29 de marzo de 2011 fue dictado el Decreto Nº 793 MPIyS adjunto en copia a fojas 187 a 190, por el que se hizo lugar al recurso de apelación jerárquica deducido por el reclamante contra la Resolución Nº 232/07 DPV, de fecha 2 de marzo de 2007, por la que fue rechazada su pretensión de restitu-

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ción, reconocimiento y pago del adicional por dedicación exclusiva a partir del 1 de enero de 2006 en adelante artículo 1º; y II.- Que en fecha 19 de abril de 2011 fue dictada la Resolución Nº 809/11 DPV por la que se dispuso la restitución y pago del adicional por dedicación intensiva anteriormente denominado dedicación exclusiva a favor del señor Schumacher por el periodo 1.1.06 al 30.9.08 vid, artículo 1º, y el pago de las diferencias monetarias existentes entre los adicionales por mayor jornada horaria y por dedicación intensiva por el periodo comprendido entre el 1.10.08 y eI 31.12.10 vid. artículo 2º; y III.- Que en fecha 14 de febrero de 2012 se da inicio a las actuaciones administrativas grabadas bajo el número único 1.513.357", caratuladas: DPV c/nota presentada por el agente Schumacher, Sergio - Solicitando pago de haberes por restitución de la dedicación intensiva desde el 1.1.06 hasta 30.9.08 y diferencia entre mayor jornada horaria y dedicación intensiva", atento la presentación por parte del señor Schumacher, por ante la D irección Provincial de Vialidad, Zonal IIICerrito, de una nota fechada el 8 de febrero de 2012, mediante la cual viabiliza la pretensión de actualización del pago que se me realizara por restitución y pago del adicional por dedicac ión in te nsiv a, a part ir del 1.1.06 y el 30.9.08, como asimismo se actualice las diferencias percibidas entre la mayor jornada horaria y por dedicación intensiva por el período 1.10.08 y el 31.12.10, pagos ordenados por Decreto Nº 793/11 MPIyS, los cuales fueron abonados a valores históricos"; y IV.- Que en fecha 24 de julio de 2012 es dictada la Resolución Nº 1.821/12 DPV, por lo cual se rechaza el reclamo del señor Schumacher con fundamento en las razones expresadas por las asesorías legales preopinantes trasvasadas a la motivación de éste acto administrativo, en el cual se señala: Que habiéndose constatado que el agente Schumacher no efectuó reserva y/o disconformidad al momento de percibir el capital reclamado primigeniamente, ni expresó disconformidad alguna con respecto a la Resolución Nº 809/11 DPV ni pretendió enervar los fundamentos de la misma en las formas y plazos establecidos por la Ley 7.060, y atento los criterios sentados por la Fiscalía de Estado y la Secretaría Legal y Técnica de la repartición es opinión de la Secretaría Legal y Técnica de la repartición rechazar el reclamo incoado por el mencionado agente y V.- Que en fecha 13 de agosto de 2012, conforme surge de fojas 216, el señor Schumacher se notificó en disconformidad de lo dispuesto en la Resolución Nº 1.821/12 DPV adjuntando nota reiteratoria de su pretensión, acompañado de documental adjunta a fojas 217 a 225; y VI.- Que luego de emitir opinión mediante los dictámenes pertinentes, tanto el Departamento 1- Legal como la Secretaría Legal y Técnica de la Dirección Provincial de Vialidad, en fecha 27
de agosto de 2013 fue dictada la Resolución Nº 2.328/13 DPV impugnado, de la cual el quejoso se notificó en fecha 6 de septiembre de 2013, en disconformidad; y VII.- Que en fecha 3 de octubre de 2013
conforme surge del cargo obrante a fojas 249, el quejoso presentó el recurso de apelación jerárquica, examinado contra la Resolución Nº 2.328/13 DPV; y VIII.- Que a fojas 255 a 257 vta. se agrega el Dictamen Nº 3.510, emanado en fecha 18 de octubre de 2013 del Departamento ILegal de la Dirección Provincial de Vialidad, en el que se sugiere el rechazo del remedio recursivo; y IX.- Que a fojas 259 desde la Coordinación de la Secretaría Legal y Técnica de la Dirección Provincial de Vialidad se sugiere la elevación de las actuaciones a la Fiscalía de Estado; y Que a fojas 201 se anexa el reclamo del
Paraná, martes 5 de enero de 2016
recurrente fechado 8 de febrero de 2012, por el que se peticiona la actualización del pago que se me realizara por restitución y pago del adicional por dedicación exclusiva, a partir del 1.1.06 al 30.9.08, como asimismo se actualicen las diferencias percibidos entre la mayor jornada horaria y por dedicación intensiva por el período 1.10.08 y el 31.12.10, pagos ordenados por Decreto Nº 793/11 MPIyS, los cuales me fueran abonados a valores históricos; y Que a fojas 209 a 210, atento a la consulta efectuada en el penúltimo párrafo del informe de fojas 206, se emite opinión en el sentido de asumirse el reclamo efectuado por el ahora recurrente como una pretensión de reconocimiento y pago de intereses moratorios; y Que se aprecia que en su escrito de reiteración del reclamo, adjunto a fojas 217, el reclamante peticiona se brinde a su caso un tratamiento equitativo respecto del dispensado en actuaciones que identifica como: El pago de intereses p/pagos fuera de término ; y Que la pretensión sustancial que el ahora recurrente viabiliza será analizada como una solicitud de reconocimiento y pago de intereses moratorios; y Que acerca de la procedencia del recurso de apelación jerárquica interpuesto por el señor Schumacher contra la Resolución Nº 2.328/13
DPV, la cual rechaza su pretensión de actualización del pago que le fuera reconocido mediante el Decreto Nº 793/11 MPIyS con fundamento en la falta de expresión de disconformidad y de reserva de reclamar intereses al percibir el capital reconocido mediante el citado decreto, la falta de acreditación por porte del quejoso de haber presentado reclamo alguno con anterioridad al 8 de febrero de 2008 o -en otros términosla extemporaneidad del reclamo del quejoso; y Que la decisión recurrida valora las siguientes circunstancias;
Que el recurrente se agravia entendiendo que: a no se habría tenido en cuenta una supuesta nota interpuesta con fecha anterior a la cursada, en fecha 4 de julio de 2011 cuya copia obra a fojas 222, b asimismo afirma que, no habría manifestado disconformidad por la solo razón de haber desconocido como se habría efectuado el pago y desconocía las leyes; y Que el presente debe interpretarse como un recurso de revocatoria, teniendo en cuenta el tenor de lo requerido a fojas 222, revistiendo las características formales mínimas necesarias para este tipo de recurso teniendo en cuenta el principio de formalismo moderado, se procede al tratamiento de las presentes"; y Que no existen en la repartición antecedentes de la supuesta nota interpuesta en fecha 4
de julio de 2011, como así también se vislumbra la alteración o corrección de la fecha como resulta ostensible, pues el día 4 ha sido corregido y no salvado al final; y Que en nuestro Derecho, rige el principio ignorantia vel error luris non excusat o sea:
la ignorancia o el error de derecho, no excusan, proveniente del Derecho Romano y tiene aplicación en nuestro sistema jurídico por aplicación extensiva del artículo 923 del Código Civil que transcripto dispone"; y Que atento lo expresado ut supra, el recurrente no ha demostrado interposición de reclamo alguno con anterioridad al 8 de febrero de 2008, como así tampoco puede darse virtualidad jurídica al desconocimiento de las leyes como se ha expresado en los párrafos precedentes; y Que examinadas atentamente las presentes y en particular las constancias agregadas a partir de fojas 187 se adjunta copia del Decreto Nº 793/11 MPIyS, es dable anticipar una opinión contraria a la procedencia de la pretensión del recurrente, consistente en que sea revocado el acto administrativo por el cual se conformó la decisión de denegarle el

Acerca de esta edición

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TitreBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaysArgentine

Date05/01/2016

Page count24

Edition count4789

Première édition01/12/2003

Dernière édition17/07/2024

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