Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 13/2/2012

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, lunes 13 de febrero de 2012
Que por las razones expuestas, la Comisión Asesora de Disciplina aconseja aplicar una medida disciplinaria expulsiva de los cuadros administrativos del Estado;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º: Apruébase y dáse por finalizado el sumario administrativo ordenado por Decreto Nº 6830/07 MEHF y seguido al agente Daniel Roberto Pozner, DNI Nº 16.131.273, dependiente de la Dirección General de Rentas, por encontrarse su conducta presuntamente incursa en la causal de cesantía prevista en el artículo 71º, Inciso a, de la Ley Nº 9755, modificada por Ley Nº 9811, en razón de los argumentos vertidos en los considerandos del presente decreto.Art. 2º: Dispónese la cesantía de la Administración Pública del agente Daniel Roberto Pozner, DNI Nº 16.131.273, por haber incurrido en inasistencias injustificadas a su lugar de trabajo, en las siguientes fechas: 12, 13, 14, 15 y 16, 19, 20, 21, 22, 23, 26, 27, 28, 29 y 30 del mes de marzo; 01 al 30 de abril; del 01 al 31
de mayo; del 01 al 30 de junio; del 02 al 31 de julio; del 01 al 31 de agosto; del 01 al 30 de septiembre, todas correspondientes al año 2007, quedando su conducta incursa en la causal de cesantía prevista en el artículo 71º Inc.
a de la Ley Nº 9755.Art. 3º: El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Economía, Hacienda y Finanzas.
Art. 4º: Regístrese, comuníquese, publíquese, archívese y pasen las actuaciones a la Dirección General de Rentas, para la notificación fehaciente del agente interesado. Cumplido, remitir las presentes a la Dirección de Sumarios dependiente de Fiscalía de Estado, a sus efectos.SERGIO D. URRIBARRI
Diego E. Valiero
DECRETO Nº 2048 MEHF
DISPONIENDO LLAMADO A LICITACION
Paraná, 16 de junio de 2011
VISTO:
La gestión iniciada por la Dirección General de Rentas; y CONSIDERANDO:
Que la misma se efectúa para la contratación del servicio de soporte y actualización de productos ORACLE, conjuntamente con el servicio de consultoría y capacitación, con destino a la Dirección General de Rentas, por un período de veinticuatro 24 meses, con opción a prórroga a favor del Estado por doce 12 meses más;
Que la Unidad Central de Contrataciones confeccionó los pliegos de bases y condiciones generales y particulares, y la Dirección de Sistemas Informáticos de la Dirección General de Rentas, el de Especificaciones Técnicas y el modelo de contrato, que regirán el llamado a licitación pública;
Que la Dirección de Administración de la Dirección General de Rentas ha realizado la afectación preventiva en la partida específica con una inversión aproximada de pesos ochocientos sesenta y nueve mil doscientos $
869.200;
Que la gestión encuadra en el artículo 17º Inciso b y Artículo 26º Inciso a de la Ley de Contabilidad Nº 5140 y sus modificatorias incluida la Ley Nº 8964 t.u.o. Decreto Nº 404/95
MEOSP, en el Articulo 6º, Punto 1; Articulo 7º, apartado 1 y Artículos 9º al 104º del Reglamento de Contrataciones del Estado aprobado por Decreto Nº 795/96 MEOSP, y sus modificatorios;
Que la Contaduría General de la Provincia -a través de su Contador Auditory el Departa-

BOLETIN OFICIAL
mento Legislación de la Dirección General de Rentas, han tomado la intervención de sus respectivas competencias;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º: Dispóngase el llamado a licitación pública a través de la Unidad Central de Contrataciones, para la contratación del servicio de soporte y actualización de productos ORACLE, conjuntamente con el Servicio de consultoría y capacitación, con destino a la Dirección General de Rentas, por un período de veinticuatro 24 meses, con opción a prórroga a favor del Estado por doce 12 meses más, con una inversión aproximada de pesos ochocientos sesenta y nueve mil doscientos $ 869.200
y de conformidad a los pliegos de bases y condiciones, especificaciones técnicas, y modelo de contrato que forman parte del presente decreto.Art. 2º: Impútese a la cuenta: Dirección de Administración 969, Carácter 1, Jurisdicción 30, Subjurisdicción 00, Entidad 000, Programa 29, Subprograma 00, Proyecto 00, Actividad 01, Obra 00, Finalidad 1, Función 60, Fuente Financiamiento 11, Subfuente Financiamiento 001, Inciso 4, Partida Principal 8, Partida Parcial 1, Partida Subparcial 0000, Departamento 84, Ubicación Geográfica 07, del presupuesto general de gastos vigente.
Art. 3º: Encuádrese la gestión en las previsiones contenidas en el Artículo 17º inciso b y Artículo 26º Inciso a de la Ley de Contabilidad Nº 5140 y sus Modificatorias incluida la Ley Nº 8964 t.u.o. Decreto Nº 404/95 MEOSP, en el Artículo 6º, Punto 1; Artículo 7º, Apartado 1
y Artículos 9º al 104º del Reglamento de Contrataciones del Estado aprobado por Decreto Nº 795/96 MEOSP, y sus modificatorios.Art. 4º: El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Economía, Hacienda y Finanzas.Art. 5º: Regístrese, comuníquese, publíquese, archívese y pasen las actuaciones a la Unidad Central de Contrataciones, a sus efectos.SERGIO D. URRIBARRI
Diego E. Valiero
DECRETO Nº 2049 MEHF
APROBANDO TABLAS DE INDICES
Paraná, 16 de junio de 2011
VISTO:
Las disposiciones en concepto de Coparticipación a los Municipios en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos establecidos en la Ley Nº 9638; y CONSIDERANDO:
Que el Articulo 2º de dicho texto legal ha fijado que a partir del 1º de enero de 2007 se distribuya en concepto de Coparticipación a los Municipios en el Impuesto a los Ingresos Brutos, el 12% de lo recaudado mensualmente por dicho impuesto proveniente de Contribuyentes Directos y de Convenio Multilateral;
Que la masa contributiva del 12% citado, se distribuirá entre los Municipios partícipes en base a un índice específico para cada concepto;
Que en consecuencia y conforme a la información brindada por la Dirección General de Rentas y los indicadores suministrados por la Dirección de Estadísticas y Censos, la Contaduría General de la Provincia, ha efectuado el cálculo de los índices de coparticipación definitivos con vigencia a partir del 1º de enero de 2011, que le corresponde a cada uno de los 78
Municipios de la Provincia, los cuales deben coparticipar en el presente ejercicio, tal como lo dispone la Ley Nº 9638;
Que en esta instancia, corresponde disponer la aprobación de los índices de distribución para su aplicación;

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Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º: Apruébanse las tablas de índices de distribución del porcentual asignado a los Municipios, en concepto de Coparticipación en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, conforme lo establecido por las disposiciones de la Ley 9638, aplicable por el período comprendido entre el 1º de enero al 31 de diciembre de 2011, los que como Anexos A Contribuyentes Directos y B Convenio Multilateral, forman parte integrante del presente decreto.
Art. 2º: La Contaduría General de la Provincia, procederá a efectuar las liquidaciones y los reajustes que correspondan a cada Municipio como consecuencia de la aplicación de los índices que se aprueban por el Artículo 1º del presente.
Art. 3º: El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Economía, Hacienda y Finanzas.
Art. 4º: Regístrese, comuníquese, publíquese, archívese y pasen las actuaciones a la Contaduría General de la Provincia, a sus efectos.
SERGIO D. URRIBARRI
Diego E. Valiero
DECRETO Nº 2050 MEHF
MODIFICANDO PRESUPUESTO
Paraná, 16 de junio de 2011
VISTO:
Las presentes actuaciones mediante las que se gestiona una modificación presupuestaria por la suma de $ 20.800; y CONSIDERANDO:
Que dicho requerimiento responde a la necesidad de reforzar las partidas asignadas a la Unidad Operativa de Control del Agente Financiero en concepto de Compensación por Residencia;
Que para permitir la atención de lo solicitado se ha dispuesto a tal fin una modificación presupuestaria mediante una transferencia compensatoria de crédito, ejercitándose al efecto la facultad conferida por el Artículo 10º de la Ley Nº 10.011 de Presupuesto año 2011;
Que la Secretaría de Presupuesto y Finanzas, al igual que la Dirección General dependiente de ésta, han tomado la intervención de sus respectivas competencias;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º: Modifícase el presupuesto general de la Administración Provincial Ejercicio 2011 Ley Nº 10.011- mediante transferencia compensatoria de crédito, por la suma de pesos veinte mil ochocientos $ 20.800, en la Jurisdicción 91: Obligaciones a cargo del Tesoro, Unidad Ejecutora: Secretaría de Hacienda y Jurisdicción 30: Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas, Unidad Ejecutora: Unidad Operativa de Control del Agente Financiero, conforme se discrimina en planillas analíticas del gasto, que adjuntas forman parte integrante del presente decreto.Art. 2º: Encuádrase la modificación dispuesta en el artículo anterior en los términos del Artículo 10º de la Ley Nº 10.011 de Presupuesto 2011.Art. 3º: El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Economía, Hacienda y Finanzas.Art. 4º: Regístrese, comuníquese, publíquese, archívese y pasen las actuaciones a la Dirección General Administrativo Contable del Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas, a sus efectos.SERGIO D. URRIBARRI
Diego E. Valiero

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 13/2/2012

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaysArgentine

Date13/02/2012

Page count16

Edition count4797

Première édition01/12/2003

Dernière édition29/07/2024

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