Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 10/11/2011

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 10 de Noviembre de 2011

Nº 4985

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136
Precio Ejemplar del día: $ 4,00 PUBLICACION BISEMANAL
AÑO LII
EDICION DE 22 PAGINAS

SECRETARIA GENERAL
DE LA GOBERNACION
Dirección de Boletín Oficial Tel. 02920 422862 - 423512 Fax 02920-430404
Laprida 212 - 8500 Viedma
Sumario en Pág. 22

DECRETOS

DECRETO Nº 1562
Viedma, 20 de octubre de 2011.
Visto: el Expediente N 079.123-DRHYC-2011 del registro del Ministerio de Familia, y;
CONSIDERANDO:
Que por el mismo se tramita la incorporación a la Planta Permanente de la Administración Pública Provincial, del personal temporario ingresado con anterioridad al 30 de abril de 2009, conforme lo previsto en cl Art. 1 de la Ley L N 4.420;
Que, asimismo, la citada Ley fija las condiciones que debe reunir el personal temporario con vista a su ingreso a la Planta Permanente de la Administración Pública Provincial:
Que el Decreto L N 463/09, reglamenta los recaudos a cumplimentar para tornar operativa la Ley, Que la agente que se detalla en Planilla Anexa que forma parte integrante del presente Decreto ha aprobado el examen previsto por la Resolución N
2.496/10 del registro del Ministro de Familia de llamado a proceso de evaluación para determinar la idoneidad de la postulante en el marco del Art.
11 del Anexo II del Decreto Reglamentario L N 463/09;
Que la misma reúne todos los requisitos y condiciones exigidos por la Ley L N 4.420;
Que el Art. 7 de la Ley L N 4.420 y el Decreto Reglamentario L N
463/09, determina que el ingreso de los agentes se realizará por la categoría mínima del agrupamiento en el que cumplen efectivamente funciones.
tomando en cuenta lo previsto en el Art. 4 de la Ley L N 3.959;
Que la categoría asignada en la Planilla Anexa que forma parte integrante del presente Decreto, se corresponde con el cómputo certificado a fojas 25.
por la Dirección de Recursos Humanos y Capacitación del Ministerio de Familia, conforme las previsiones del Art. 4 de la Ley L N 3.959, dejando establecido que el mismo es a los fines de la carrera del agente, y en ningún caso, implicará pago retroactivo de importe alguno en concepto de diferencias salariales por dicho concepto;

Que el presente Decreto se dicta en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley L N 4.420 y el Art. 31 del Anexo II del Decreto Reglamentario L N
463/09;
Que la aptitud psicofísica de la postulante, exigida por la normativa de riesgos de trabajo, Resoluciones N 043/97 y N 054/98 de la Superintendencia de Riesgos de Trabajo, se encuentra acreditada mediante el examen preocupacional realizado por el Sistema de Juntas Médicas de la Provincia de Río Negro, de acuerdo a la constancia en copia certificada agregada a fojas 06;
Que a fojas 42 ha tomado intervención la Subsecretaría de Presupuesto en los términos del Art. 42 de la Ley N 4.599;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, Asesoría Legal del Ministerio de Familia, Secretaría Ejecutiva del Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado y Fiscalía de Estado, a fojas 48, vuelta;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Art. 181 Inciso 3 de la Constitución Provincial.
Por ello, El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1º - Incorporar, a partir de la firma del presente Decreto, a la Planta Permanente de la Administración Pública Provincial a la agente que cumple funciones en el Ministerio de Familia de la Provincia de Río Negro en el agrupamiento y categoría que se detalla en la Planilla Anexa que forma parte integrante del presente Decreto, de acuerdo a lo normado por la Ley L N 4.420 y su Decreto Reglamentario L N 463/09.Art. 2º - El presente Decreto será refrendado por la Sra. Ministra de Familia.Art. 3º - Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.SAIZ.- M. T. Seghezzo.

Planilla Anexa al Decreto Nº 1562

oOo DECRETO Nº 1563
Viedma, 20 de octubre de 2011.
Visto, el Expediente N 084.701-DRHYC-2.010, del registro del Ministerio de Familia. y;
CONSIDERANDO:
Que por el mismo se tramita la incorporación a la Planta Permanente de la Administración Pública Provincial, del personal temporario ingresado con anterioridad al 30 de abril de 2009, conforme lo previsto en el Art. 1 de la Ley L N 4.420;

Que, asimismo, la citada Ley fija las condiciones que debe reunir el personal temporario con vista a su ingreso a la Planta Permanente de la Administración Pública Provincial;
Que el Decreto L N 463/09, reglamenta los recaudos a cumplimentar para tornar operativa la Ley;
Que la agente que se detalla en Planilla Anexa que forma parte integrante del presente Decreto ha aprobado el examen previsto por la Resolución N
2.274/11 del registro del Ministro de Familia de llamado a proceso de evaluación para determinar la idoneidad de la postulante en el marco del Art.
11 del Anexo II del Decreto Reglamentario L N 463/09;

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 10/11/2011

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaysArgentine

Date10/11/2011

Page count22

Edition count1919

Première édition03/01/2002

Dernière édition11/07/2024

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