Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 11/07/2011

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 11 de Julio de 2011

Nº 4949

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136
Precio Ejemplar del día: $ 4,00 PUBLICACION BISEMANAL
AÑO LII
EDICION DE 30 PAGINAS

SECRETARIA GENERAL
DE LA GOBERNACION
Dirección de Boletín Oficial Tel. 02920 422862 - 423512 Fax 02920-430404
Laprida 212 - 8500 Viedma
Sumario en Pág. 30

LEYES

LEY Nº 4668
Viedma, 06 de Julio de 2011.
Visto el Decreto Ley Nº 01/10, de fecha 28-1210, publicado en el Boletín Oficial Nº 4895; Se Promulga de conformidad al Artículo 181º Inciso 6, último párrafo de la Constitución Provincial.
Registrado bajo el Nº de ley cuatro mil seiscientos sesenta y ocho 4668.Comuníquese, publíquese, tómese razón, dése al Boletín Ofcial y Archívese.
Dra. Silvia Jáñez, Secretaria Legal y Técnica de Asuntos Legislativos - Secretaría General de la Gobernación.

LEY Nº 4669
Viedma, 06 de Julio de 2011.
Visto el Decreto Ley Nº 02/10, de fecha 28-1210, publicado en el Boletín Oficial Nº 4895; Se Promulga de conformidad al Artículo 181º Inciso 6, último párrafo de la Constitución Provincial.
Registrado bajo el Nº de ley cuatro mil seiscientos sesenta y nueve 4669.Comuníquese, publíquese, tómese razón, dése al Boletín Ofcial y Archívese.
Dra. Silvia Jáñez, Secretaria Legal y Técnica de Asuntos Legislativos - Secretaría General de la Gobernación.

LEY Nº 4670
Viedma, 06 de Julio de 2011.
Visto el Decreto Ley Nº 03/10, de fecha 28-1210, publicado en el Boletín Oficial Nº 4895; Se Promulga de conformidad al Artículo 181º Inciso 6, último párrafo de la Constitución Provincial.
Registrado bajo el Nº de ley cuatro mil seiscientos setenta 4670.Comuníquese, publíquese, tómese razón, dése al Boletín Ofcial y Archívese.
Dra. Silvia Jáñez, Secretaria Legal y Técnica de Asuntos Legislativos - Secretaría General de la Gobernación.

LEY Nº 4671
Viedma, 06 de Julio de 2011.
Visto el Decreto Ley Nº 01/11, de fecha 01-0311, publicado en el Boletín Oficial Nº 4922; Se Promulga de conformidad al Artículo 181º Inciso 6, último párrafo de la Constitución Provincial.
Registrado bajo el Nº de ley cuatro mil seiscientos setenta y uno 4671.Comuníquese, publíquese, tómese razón, dése al Boletín Ofcial y Archívese.
Dra. Silvia Jáñez, Secretaria Legal y Técnica de Asuntos Legislativos - Secretaría General de la Gobernación.

LEY Nº 4672
Viedma, 06 de Julio de 2011.
Visto el Decreto Ley Nº 02/10, de fecha 01-0311, publicado en el Boletín Oficial Nº 4922; Se Promulga de conformidad al Artículo 181º Inciso 6, último párrafo de la Constitución Provincial.
Registrado bajo el Nº de ley cuatro mil seiscientos setenta y dos 4672.Comuníquese, publíquese, tómese razón, dése al Boletín Ofcial y Archívese.
Dra. Silvia Jáñez, Secretaria Legal y Técnica de Asuntos Legislativos - Secretaría General de la Gobernación.
oOo
DECRETOS

DECRETO Nº 571
Viedma, 23 de junio de 2011.Visto, el Expediente N 077.875-DRHYC-11, del Registro del Ministerio de Familia, y;
CONSIDERANDO:
Que por el mismo se tramita el Traspaso a Contrato de Locación de Servicios mediante excepción al Artículo 2 de la Ley H N 3.238
beneficiario comprendido bajo el régimen del Decreto N 115/05, de la Señora FUMAROLA, María Cecilia DNI N 28.616.078, Categoría 08, Agrupamiento Profesional, quien se desempeña en la Delegación de Promoción Familiar Zona Atlántica, dependiente de la Subsecretaría de Promoción Familiar del Ministerio de Familia, a partir de la firma del presente Decreto y hasta el 31 de Diciembre de 2.011;
Que la Señora María Cecilia, FUMAROLA DNI
N 28.616.078, cumple con los requisitos de ingreso establecidos en el Artículo 3 de la Ley L N 3.487
y los Artículos 14 y 15, Capítulo VI, Anexo II de la Ley L N 1.844;
Que las tareas a realizar por la mencionada agente no se superponen ni están en colisión con las encomendadas al personal estable de la Administración Pública Provincial;
Que el Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado, mediante ACTA N
06/11, autoriza por excepción a contratar a la citada agente;
Que el presente trámite se encuadra en los términos de la Ley L N 3.487, Anexo I, Capítulo IX, Estatuto del Empleado Público Provincial y la Resolución N 90/97 del Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado;
Que la aptitud psicofísica de la postulada, exigida por la normativa de riesgos del trabajo, Resoluciones N 043/97 y N 054/98 de la Superintendencia de Riesgos de Trabajo, se
encuentra acreditada mediante el examen preocupacional realizado por el Sistema de Juntas Médicas de la Provincia de Río Negro;
Que a fojas 25, ha intervenido la Subsecretaría de Presupuesto en los términos de la Ley N 4.599;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, Asesoría Legal del Ministerio de Familia, Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado y Fiscalía de Estado, a fojas 35 vuelta;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 181 Inciso 1 de la Constitución Provincial;
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro D E C R E T A:
Artículo 1.- Dejar sin efecto a partir del presente Decreto, el Contrato en el Marco del Decreto N 115/05 suscripto entre el Ministerio de Familia y la Señora FUMAROLA, María Cecilia DNI N 28.616.078, que fuera aprobado mediante Resolución N 7336, del Ministerio de Familia de fecha 13 de Diciembre de 2.006 y prorrogado últimamente mediante Resolución N 71, de fecha 18 de Enero de 2.011, del Ministerio de Familia, de acuerdo a lo establecido en la Cláusula Primera del mismo.Art. 2.- Apruébese, en todos sus términos el Contrato de Locación de Servicios celebrado entre el Señor Ministro de Familia, Don Alfredo Daniel PEGA DNI N 12.711.465 y la Señora FUMAROLA, María Cecilia DNI N 28.616.078, Categoría 08, Agrupamiento Profesional, quien se desempeña en la Delegación de Promoción Familiar Zona Atlántica, dependiente de la Subsecretaría de Promoción Familiar del Ministerio de Familia, a partir de la firma del presente Decreto y hasta el 31 de Diciembre de 2.011, que como Anexo forma parte integrante del presente Decreto.Art. 3.- Comprométase el gasto que demande la presente erogación a los Créditos presupuestarios de la Jurisdicción 19, Programa 01.00.00.01, dependiente del Ministerio de Familia.Art. 4.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Familia.Art. 5.- Regístrese, comuníquese, publíquese, tómese razón, dése al Boletín Oficial y archívese.SAIZ.- A. D. Pega.
CONTRATO
DE LOCACION DE SERVICIOS
Entre la Provincia de Río Negro representada en este acto por el Señor Ministro de Familia, Don Alfredo Daniel PEGA DNI. N 12.711.465 con domicilio en calle Buenos Aires y Belgrano de la

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 11/07/2011

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaysArgentine

Date11/07/2011

Page count30

Edition count1916

Première édition03/01/2002

Dernière édition01/07/2024

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