Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 17/06/2010

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 17 de Junio de 2010

Nº 4838

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136
Precio Ejemplar del día: $ 2,00
PUBLICACION BISEMANAL
AÑO LI
EDICION DE 30 PAGINAS

SECRETARIA GENERAL
DE LA GOBERNACION
Dirección de Boletín Oficial Tel. 02920 422862 - 423512 Fax 02920-430404
Laprida 212 - 8500 Viedma
Sumario en Pág. 30

RESOLUCIONES

Provincia de Río Negro MINISTERIO DE TURISMO
Resolución Nº 162/10 MT
Viedma, 2 de marzo de 2010.
Visto, el Expte. Nº 1.554-AT-99, del registro de la ex Dirección General de Servicios Turísticos, mediante el cual se tramita la Habilitación Turística del alojamiento turístico denominado Iberia Sol, propiedad del Sr. Eduardo Gustavo Montero, con domicilio en la avenida San Antonio 835 del balneario Las Grutas, y CONSIDERANDO:
Que por Decreto 657/03 y Resolución 228/05
se aprobó la Reglamentación del Sistema de Clasificación de Alojamientos Turísticos de la Provincia de Río Negro;
Que el presente expediente fue iniciado con fecha 20/11/99, con Planos aprobados por el Municipio con fecha 25/03/98, Certificado Final de Obra del 27/01/99 y Habilitación Comercial del 23/01/98, por lo que se considera al establecimiento como existente al momento del dictado de la nueva reglamentación, conforme a la previsión del Art. 16 de la citada Resolución, y por ello es procedente mantener los requerimientos dimensionales de la normativa anterior;
Que ha presentado documentación suficiente al efecto de iniciar el trámite de Habilitación Turística indicada en el Art. 12 de la Resolución 228/05 y a Fs. 92 obra Acta de Inspección n 0268 y a Fs. 93/
105 el relevamiento confeccionado con fecha 08
de octubre de 2008;
Que a Fs. 106/108, surge del informe de Categorización que el establecimiento reúne los requisitos para su habilitación turística como Tipo 3: B&B - Bed and Breakfast, Categoría: Única.
Por ello, El Ministro de Turismo de la Provincia de Río Negro RESUELVE:
Artículo 1º - Habilitar por el término de tres 3
años a partir de la fecha, al establecimiento hotelero denominado Iberia Sol, propiedad del Sr. Eduardo Gustavo Montero, en el Tipo 3: B&B - Bed And Breaskfast, Categoría: Única, en virtud de lo normado por la Reglamentación del Sistema de Clasificación de Alojamientos Turísticos aprobado por Decreto 657/03 y Resolución 228/05, con un total de dieciséis 16 Unidades Alojativas y cuarenta y siete 47 Plazas Hoteleras.
Art. 2º - Inscribir al establecimiento Iberia Sol en el Registro Único Provincial de Alojamientos Turísticos.

Art. 3º - Extender el correspondiente Certificado de Habilitación Turística, el que deberá exhibirse permanentemente en la recepción o ingreso al establecimiento.
Art. 4º - Caducar la presente Habilitación Turística en caso de no mantener actualizada la documentación integrante del Legajo Hotelero Provincial, presentando la renovación de la misma para el caso de que se encuentre vencida.
Art. 5 - Registrar, comunicar, notificar al interesado, publicar, remitir copia a la Municipalidad de San Antonio Oeste, Dirección General de Rentas y Policía de Río Negro, dar al Boletín Oficial y archivar.Lic. José Omar Contreras, Ministro de Turismo.Guillermo Pino, Supervisión Servicios Turísticos.
oOo Resolución Nº 186/10 MT
Viedma, 5 de marzo de 2010.
Visto, el Expte n 2.429-AT-09 del registro de la Dirección General de Proyectos y Fiscalización, mediante el cual se tramita la Habilitación Turística del alojamiento turístico denominado Center Loft I, propiedad del Sr. José Omar Lubrano, con domicilio en la calle Tucumán 169 de la ciudad de General Roca, y CONSIDERANDO:
Que por Decreto 657/03 y Resolución 228/05
se aprobó la Reglamentación del Sistema de Clasificación de Alojamientos Turísticos de la Provincia de Río Negro;
Que el presente expediente fue iniciado con fecha 22/05/09, con habilitación comercial provisoria del 06/11/08, por lo que no se considera al establecimiento como existente al momento del dictado de la nueva reglamentación, conforme a la previsión del Art. 16 de la citada Resolución, y por ello no es procedente mantener los requerimientos dimensionales de la normativa anterior;
Que ha presentado documentación suficiente al efecto de iniciar el trámite de Habilitación Turística indicada en el Art. 12 de la Resolución 228/05 y a Fs. 18 obra Acta de Inspección n 0428 y a Fs.19/
26 el relevamiento confeccionado con fecha 3 de junio de 2009;
Que a Fs. 27/29, surge del Informe de Categorización que el establecimiento reúne los requisitos para su habilitación turística como Tipo 5: Departamentos de Alquiler Turístico, Categoría: Única.
Por ello, El Ministro de Turismo de la Provincia de Río Negro RESUELVE:
Artículo 1º - Habilitar por el término de tres 3
años a partir de la fecha, al establecimiento denominado Center Loft I propiedad del Sr. José Omar Lubrano, en el Tipo 5: Departamentos de Alquiler Turístico, Categoría: Única, en virtud de
lo normado por la Reglamentación del Sistema de Clasificación de Alojamientos Turísticos aprobado por Decreto 657/03 y Resolución 228/05, con un total de dos 02 unidades alojativas y cuatro 4
plazas.
Art. 2º - Inscribir al establecimiento Center Loft I en el Registro Único Provincial de Alojamientos Turísticos.
Art. 3º - Extender el correspondiente Certificado de Habilitación Turística, el que deberá exhibirse permanentemente en la recepción o ingreso al establecimiento.
Art. 4º - Caducar la presente Habilitación Turística en caso de no mantener actualizada la documentación integrante del Legajo Hotelero Provincial, presentando la renovación de la misma para el caso de que se encuentre vencida.
Art. 5º - Registrar, comunicar, notificar al interesado, publicar, remitir copia a la Municipalidad de General Roca, Dirección General de Rentas y Policía de Río Negro, dar al Boletín Oficial y archivar.Lic. José Omar Contreras, Ministro de Turismo.Guillermo Pino, Supervisión Servicios Turísticos.
oOo Resolución Nº 187/10 MT
Viedma, 5 de marzo de 2010.
Visto, el Expte. n 2.430-AT-09 del registro de la Dirección General de Proyectos y Fiscalización, mediante el cual se tramita la Habilitación Turística del alojamiento turístico denominado Center Loft II; propiedad del Sr. José Omar Lubrano, con domicilio en la calle Italia 1479 de la ciudad de General Roca, y CONSIDERANDO:
Que por Decreto 657/03 y Resolución 228/05
se aprobó la Reglamentación del Sistema de Clasificación de Alojamientos Turísticos de la Provincia de Río Negro;
Que el presente expediente fue iniciado con fecha 22/05/09, con habilitación comercial provisoria del 30/12/08, por lo que no se considera al establecimiento como existente al momento del dictado de la nueva reglamentación, conforme a la previsión del Art. 16 de la citada Resolución, y por ello no es procedente mantener los requerimientos dimensionales de la normativa anterior;
Que ha presentado documentación suficiente al efecto de iniciar el trámite de Habilitación Turística indicada en el Art. 12 de la Resolución 228/05 y a Fs. 47 obra Acta de Inspección n 0427 y a Fs. 48/
57 el relevamiento confeccionado con fecha 3 de junio de 2009;
Que a Fs. 58/60, surge del Inforrne de Categorización que el establecimiento reúne los requisitos para su habilitación turística como Tipo 5: Departamentos de Alquiler Turístico, Categoría:
Única.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 17/06/2010

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaysArgentine

Date17/06/2010

Page count30

Edition count1917

Première édition03/01/2002

Dernière édition04/07/2024

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