Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 16/08/2023 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

1983/2023 40 AÑOS DE DEMOCRACIA

MIÉRCOLES 16 DE AGOSTO DE 2023
AÑO CX - TOMO DCCIV - Nº 153
CÓRDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar
PODER EJECUTIVO

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a SECCION

LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS

SUMARIO
PODER EJECUTIVO
Decreto N 1092 Pag. 1
MINISTERIO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA
Resolución N 33 Pag. 2

Decreto N 1092
Córdoba, 14 de agosto de 2023
VISTO: el Expediente Digital N 0716-042991/2023 del registro del Ministerio de Hábitat y Economía Familiar.
Y CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto N 495/2009, se creó el Programa de Regularización y Escrituración de Viviendas Sociales, con el objetivo de programar, planificar, coordinar y ejecutar todas las acciones necesarias y previas al otorgamiento de las escrituras traslativas de dominio, a la suscripción de éstas y su posterior inscripción en el Registro General de la Propiedad, de aquellos inmuebles pertenecientes a emprendimientos, loteos, planes y/o programas entregados y/o adjudicados por el Estado en sus distintos estamentos, u originados desde el ámbito privado con más de diez 10 años de antigedad, en un marco de promoción social.
Que por su parte, el Decreto N 1615/2019, ratificado por Ley N 10.726 y modificatorios, que establece la actual estructura orgánica del Poder Ejecutivo Provincial, al fijar las competencias del Ministerio de Hábitat y Economía Familiar prevé en el inciso 12 de su artículo 27: Garantizar las acciones necesarias tendientes al otorgamiento de escrituras traslativas de dominio, con su consecuente suscripción e inscripción en el Registro General de la Provincia, dentro del marco del Programa de Escrituración de Viviendas Sociales.
Que en ese marco, el señor Director de Jurisdicción Regularización Dominial y Fiscal, dependiente de la Secretaría de Desarrollo Territorial y Hábitat de la Jurisdicción actuante, refiere que a los fines de dar continuidad a la ejecución del Programa de Regularización y Escrituración de Viviendas Sociales, resulta necesario adecuar los términos del Decreto N 495/2009 citado, a la actual estructura orgánica del Poder Ejecutivo Provincial. Así, propone establecer que todas las menciones a la Dirección de Escrituración de Viviendas Sociales que se efectúan en el Decreto N 495/2009, se deberán entender como realizadas a la Dirección de Regularización Dominial y Fiscal; y, de igual modo, las efectuadas al Ministerio de Desarrollo Social, se entiendan como realizadas al Ministerio de Hábitat y Economía Familiar.

Que la señora Ministra del ramo confiere su Visto Bueno a lo tramitado.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales del Ministerio de Hábitat y Economía Familiar con el N 2023/DD-00001255, por Fiscalía de Estado
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Resolución N 68 - Letra:D Pag. 2
Resolución N 221 - Letra:D Pag. 3
MINISTERIO DE SERVICIOS PÚBLICOS
COMISIÓN LABORAL DE CONCURSO Y PROMOCIÓN
Resolución N 8 - Letra:D Pag. 4
Resolución N 9 - Letra:D Pag. 4
AGENCIA CÓRDOBA CULTURA S.E.
Resolución N 179 Pag. 5
ENTE REGULADOR DE SERVICIOS PÚBLICOS - ERSEP
Resolución General N 77 Pag. 5

bajo el N 936/2023 y en uso de atribuciones conferidas por el artículo 144, inciso 1, de la Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1- ESTABLÉCESE que todas las menciones a la Dirección de Escrituración de Viviendas Sociales efectuadas en el Decreto N
495/2009, que creó el Programa de Regularización y Escrituración de Viviendas Sociales, deberán entenderse como referidas a la Dirección de Regularización Dominial y Fiscal, y aquéllas referidas al Ministerio de Desarrollo Social al Ministerio de Hábitat y Economía Familiar; ello, en virtud de los fundamentos expresados en los considerando de este acto.
Artículo 2- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra de Hábitat y Economía Familiar y el señor Fiscal de Estado.
Artículo 3- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO. JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR - LAURA JUDITH JURE, MINISTRA DE HÁBITAT Y ECONOMÍA FAMILIAR - JORGE EDUARDO CÓRDOBA, FISCAL DE ESTADO.

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 16/08/2023 - 1º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaysArgentine

Date16/08/2023

Page count7

Edition count4181

Première édition01/02/2006

Dernière édition18/07/2024

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